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Vemos con gran optimismo el comunicado expedido por el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), en donde proponen la revocatoria o suspensión del acuerdo No.10 del año 2023, sin embargo es muy importante que la entidad, expida cuanto antes un acto administrativo en donde de manera clara revoque el acuerdo o lo suspenda, ya que de no ser así, las empresas que han sido requeridas deberán interponer los recurso de ley, así como el medio de control de Nulidad y Restablecimiento del Derecho, en el entendido que el acto administrativo goza de presunción de legalidad, por lo tanto el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), podrá exigir la nueva cuota de aprendizaje o la monetización respectiva. Consejo de Estado de Colombia, Ministerio del Trabajo Colombia, Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), ANDI - Asociación Nacional de Empresarios de Colombia, FENALCO,COLFECAR,Fedetranscarga,Federación Nacional de Empresas de Aseo y Afines FENASEO