⚠ Las organizaciones que hayan realizado actividades de I+D+i durante 2023 pueden solicitar hasta el próximo 25 de julio un Informe Motivado Vinculante al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y acceder sin riesgos a las deducciones fiscales previstas en la Ley del Impuesto de Sociedades para estas actividades. Para que la solicitud sea efectiva es de obligado cumplimiento presentar un certificado que demuestre que las actividades realizadas se engloban dentro del ámbito de I+D+i además de justificar la coherencia de los gastos incurridos.
📢 Aprovecha sus ventajas!!!
↪ Es un descuento directo en la cuota del impuesto de sociedades
↪ No está sujeto a tributación (a diferencia de las subvenciones)
↪ Sistema objetivo, al alcance de todas las empresas (no hay concurrencia competitiva)
↪ Tiene carácter retroactivo: posibilidad de recuperar la deducción no generada ni informada de los cinco años anteriores
↪ Se dispone de 18 años para poderlos aplicar (crédito fiscal)
↪ Compatibles con las subvenciones asociadas al mismo proyecto y pueden serlo con las bonificaciones de la seguridad social por I+D+i
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Anna M. Sánchez Granados, Josep Ramon Freixanet Casas, Montse Guardia Guell, Eduard Puig, Eva Martín Fierro, Marta P Estarellas, Victor Canivell, Anna Escoda, Pau Marí LLadó, Ignasi Cairó, Ainhoa Zamora Peralta, Josep-Ramon Ferrer Escoda, Pedro Lisbona, Jose Manuel Leceta Garcia PhD, Juan Moreno, Ester Carreras Vergés, Mònica Roca i Aparici, Josep Maria Guillén Pujol, Daniel López Fernández, Meritxell Mialdea Ribes