🎥🌐📝¿Es legal publicar la imagen de empleados sin su consentimiento? En el ámbito laboral, la publicación de imágenes y datos de los empleados en las páginas web de las empresas es una práctica común. Sin embargo, la normativa en protección de datos, especialmente RGPD y la LOPDGDD, exige un consentimiento claro y específico para el tratamiento de datos personales, como lo es la imagen de los trabajadores. El RGPD establece en su artículo 6.1.a) que el tratamiento de datos personales debe estar basado en el consentimiento explícito del interesado. Complementariamente, la LOPDGDD señala que dicho consentimiento debe ser libre, específico e informado. En este caso, la AEPD subrayó que la participación en actividades como sesiones de fotos no equivale a un consentimiento válido para su uso en una web corporativa. En este caso, la AEPD sancionó a un despacho de abogados por 5.000 euros debido a la falta de un consentimiento explícito por parte de un empleado cuya imagen fue publicada en la sección “Equipo” de su página web. Según el RGPD, corresponde al responsable del tratamiento demostrar que el consentimiento fue otorgado de manera inequívoca, lo que no se cumplió en este caso. Además, la Agencia aclaró que la comunicación previa por correo electrónico y la falta de oposición no pueden considerarse manifestaciones claras de consentimiento. Es imprescindible que las empresas implementen mecanismos adecuados para recabar el consentimiento de sus empleados, dejando constancia documental de este proceso. La publicación de imágenes de empleados sin su consentimiento expreso constituye una infracción de la normativa de protección de datos. Las empresas deben actuar con diligencia para cumplir con los principios de legalidad, transparencia y responsabilidad proactiva que exige la legislación vigente, garantizando así los derechos de sus trabajadores. https://lnkd.in/dWGe-gpv
Letslaw
Despachos de abogados
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Sobre nosotros
LETSLAW is a Digital Business Law Firm founded in 2012, that provides 360º legal and financial advice, both nationally and internationally, aimed at small and large companies that are immersed in the entrepreneurial ecosystem: innovative companies, startups and tech companies. LETSLAW areas of expertise are: Corporate and M&A Law, IT/IP Law, Fintech Law, Computer and Audiovisual Law and the protection of intangibles (intellectual and industrial property, image rights, copyright, trademarks, and domain names). At LETSLAW we believe in and are committed to the entrepreneurial ecosystem. Therefore, we offer legal advice and solutions to investment funds, business angels, startups and technology companies, accompanying them throughout their development process, regardless of the stage they are in. We get actively involved in all the issues that may be of concern to our clients, with the aim of helping them to achieve their goals. Our legal team is made up of highly qualified and experienced professionals in the Tech sector and the entrepreneurial ecosystem. We strive to know in detail the specific needs of each client, in order to offer integral and personalized legal advice, in order to ensure their legal security and that they meet their business objectives. We are a law firm committed to excellence and innovation.
- Sitio web
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- Sector
- Despachos de abogados
- Tamaño de la empresa
- De 11 a 50 empleados
- Sede
- Madrid, Community of Madrid
- Tipo
- Empresa propia
- Fundación
- 2012
- Especialidades
- Derecho Mercantil/Commercial Law, Derecho digital /IT LAW, Asesoramiento Fiscal /Tax Advise, Derecho Procesal/Procedural Law, Propiedad intelectual e industrial/ Intellectual and Industrial property, Protección de datos/Privacy and data protection, startups y rondas de inversion
Ubicaciones
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Principal
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A, 10th floor
Madrid, Community of Madrid 28046, ES
Empleados en Letslaw
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Alberto Herrera
Director Área Jurídico-laboral
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MÁRCIO COTS
Partner & Attorney-at-law at COTS Advogados
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Belén Berkeley
Adm y Comunicación en LETSLAW & LETSFINANCE. Coordinadora El Club del Emprendimiento. Relaciones Institucionales ESDEN Business School. Dir…
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Sergio Poza Martínez
Manager del Departamento de Derecho Digital en Letslaw. Cuido de tu tecnología para hacerte mejor.
Actualizaciones
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🌐💰💳 Ciberseguridad en las plataformas cripto y la entrada en vigor de MiCA En Europa, la industria de las criptomonedas está a punto de implementar el Reglamento MiCA a finales de diciembre 2024. A través del mismo, se busca unificar la regulación del mercado cripto en la Unión Europea, garantizando mayor transparencia y protección para los inversores. Sin embargo, el debate sobre la obligatoriedad de auditorías de ciberseguridad, propuesto por la ESMA, ha generado tensiones con la Comisión Europea, que argumenta que dichas exigencias exceden el marco legal establecido por MiCA. En un informe de 2024, la ESMA destaca que la naturaleza descentralizada y digital de los criptoactivos expone al sector a diversos y significativos riesgos como ciberataques o pérdida de datos. Se propone a las empresas que sometan sus sistemas a auditorías externas, pruebas de penetración y evaluaciones de vulnerabilidades. Por su parte, la Comisión Europea ha rechazado esta propuesta de auditorías obligatorias, indicando que deben respetarse los límites normativos de MiCA. La normativa técnica de la ESMA debe alinearse con el reglamento y no imponer cargas adicionales. No obstante, se ha planteado la posibilidad de que dichas auditorías sean opcionales, permitiendo a las empresas demostrar proactivamente su nivel de ciberseguridad. Este debate pone en evidencia las tensiones entre la necesidad de robustecer la seguridad del ecosistema cripto y la carga regulatoria que enfrentan las empresas, y muestra el necesario equilibrio de la protección frente a riesgos y la carga regulatoria para empresas. https://lnkd.in/dsxiZ_6t
El supervisor europeo choca con Bruselas a cuenta de la ciberseguridad de las plataformas de criptos
cincodias.elpais.com
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🍪🚗❌ Seat utiliza las cookies de los usuarios sin su consentimiento La AEPD ha sancionado a SEAT por incumplir el artículo 22.2 de la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSI). El artículo establece que el uso de cookies requiere el consentimiento informado y previo del usuario, salvo que se trate de cookies técnicas necesarias para la prestación del servicio. En este caso, se constató que las cookies no esenciales, como las de segmentación y funcionalidad, se instalaban antes de que los usuarios otorgaran su consentimiento válido, vulnerando esta disposición. El derecho de revocación del consentimiento también se vio vulnerado, de acuerdo con la AEPD. Las cookies no esenciales seguían activas aun después de que el sitio web ofreciese el enlace para modificar las preferencias y se seleccionase la opción de “rechazar cookies”, lo que supone una contradicción con la obligación de los prestadores de garantizar la revocación del consentimiento. La normativa exige informar al usuario del uso de las cookies antes de obtener su consentimiento. Implantar las cookies no esenciales sin informar previamente al usuario, se considera una infracción grave del artículo 38 LSSI, con multas de hasta 20 mil euros según el artículo 39. El procedimiento incluye la posibilidad de que SEAT reconozca su responsabilidad, lo que permitiría una reducción del 20% de la multa, aplicable según el artículo 39 bis de la LSSI. Esto reduciría la sanción a 16.000 euros, destacando un enfoque normativo que busca incentivar la corrección voluntaria de las irregularidades. Este caso resalta la relevancia del principio de consentimiento informado y revocable, cuya vulneración constituye una infracción grave. Además, subraya la importancia de garantizar mecanismos efectivos para la revocación del consentimiento, destacándose la proporcionalidad del régimen sancionador establecido en el artículo 39. https://lnkd.in/dY9sB6Au
La agencia de protección de datos sanciona a Seat por utilizar las 'cookies' de los usuarios de su web sin su consentimiento
abc.es
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🛩️❌💰Cinco aerolíneas sancionadas por prácticas abusivas El Ministerio de Consumo ha impuesto una sanción de 179 millones de euros a varias aerolíneas en España, incluyendo a Ryanair, Vueling y EasyJet, por prácticas consideradas abusivas. Las conductas sancionadas incluyen el cobro por el equipaje de mano y cargos adicionales por la reserva de asientos contiguos, vulnerando así la LGCU, en concreto la protección frente a las prácticas comerciales desleales y abusivas. Uno de los motivos principales de la sanción es la falta de transparencia precontractual en la información sobre el precio final de los servicios, lo que contraviene el artículo 20.1 c) LGCU que exige claridad y veracidad en la presentación de precios e información sobre posibles gastos adicionales. Además, se sancionó la prohibición del pago en metálico en la compra de billetes en los aeropuertos, lo que podría ser interpretado como una restricción injustificada de los medios de pago permitidos, violando el principio de accesibilidad y no discriminación. Las aerolíneas han respondido apelando a la normativa europea que les permite establecer tarifas libremente. Sin embargo, la normativa española impone restricciones cuando dichas prácticas afectan negativamente los derechos de los consumidores, especialmente en términos de transparencia y equidad. En definitiva, esta sanción subraya la importancia de garantizar que las empresas, especialmente en el sector de los transportes, cumplan con la normativa española de protección al consumidor. https://lnkd.in/dXdQfYBP
Consumo sanciona con 179 millones de euros a cinco aerolíneas por prácticas abusivas
elpais.com
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🚀 ¡Hoy en Letslaw queremos dar la Enhorabuena a EZ Easy Telecom por su exitosa nueva ronda de financiación! 📈 Desde Letslaw, hemos asesorado a EZ Easy Telecom en su nueva ampliación de capital de un millón de euros. Esta ronda no solo refuerza su inversión total superior a los 1.5 millones de euros, sino que también impulsa su misión de escalar su crecimiento en el mercado de la distribución y mejorar la conectividad en zonas rurales. 🌍 La compañía cuenta con más de 300 distribuidores locales y 15.000 servicios, operando bajo un modelo B2B2C que utiliza IA en la nube. La participación de Faraday Venture Partners y Fondo Bolsa Social, ambos con una inversión de 500.000 euros cada uno, demuestra la solidez y el impacto social de este proyecto. 🤝 Felicitamos a sus cofundadores, @Ángel Sánchez García, Alberto Suárez Liaño y Javier Lopez Jimeno, por su compromiso con la innovación y por contribuir a cerrar la brecha digital en zonas rurales. ¡Nos sentimos orgullosos de acompañaros en este camino! 📡✨ #Letslaw #EZEasyTelecom #LikesTelecom #Financiación #Innovación #IA #Telecomunicaciones #ZonasRurales #ImpactoSocial #M&A
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🛡️⚖️🤖 Un marco ético y seguro para la transformación legal La inclusión de la IA generativa en el ámbito jurídico está destinada a transformar significativamente la práctica legal, aportando nuevas herramientas para los abogados. Según el artículo 2 Reglamento IA, se establece un marco armonizado para el uso de la IA en la Unión Europea, asegurando que su implementación respete los derechos fundamentales, la seguridad jurídica y promueva una IA centrada en el ser humano. El Reglamento establece que los sistemas de IA deben cumplir con criterios de transparencia y fiabilidad. En el sector legal, esto significa que los abogados deben verificar la información proporcionada por la IA generativa para evitar posibles errores en la asesoría jurídica, tal como dispone el artículo 26, que destaca la necesidad de supervisión humana en el uso de estos sistemas. Además, el Reglamento regula específicamente las prácticas inaceptables en el uso de la IA, prohibiendo aquellas que puedan alterar de manera significativa el comportamiento humano o que pongan en riesgo derechos fundamentales, como la privacidad. La normativa también pone énfasis en la responsabilidad del uso de la IA generativa. El artículo 13 define las obligaciones de los proveedores y responsables del despliegue de sistemas de IA, exigiendo medidas claras de supervisión y la posibilidad de trazabilidad de las decisiones tomadas con el apoyo de esta tecnología, lo que implica implica que los abogados deben garantizar que cualquier uso de la IA esté adecuadamente documentado y justificado. En definitiva, la normativa europea crea un marco para que la IA generativa complemente éticamente la labor de los abogados, garantizando responsabilidad, transparencia y respeto a los derechos fundamentales. https://lnkd.in/d66ieEP3
Los riesgos asociados al uso de la Inteligencia Artificial Generativa en la práctica legal
diariolaley.laleynext.es
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BCN IT HUB is an IT community in Barcelona where to enjoy networking of everybody from IT&Digital, who currently lives in Barcelona or visit it from time to time. Every 2 weeks they conduct offline-meetings, where you can meet your potential partner or client, employer or employee and just to spend a good time with interesting people from the community. 🌟 Letslaw sponsors these meetings every month to promote the ecosystem of IT companies in Barcelona and surrounding areas. Letslaw stands out for offering a comprehensive 360º legal service, providing advice in key areas such as Digital, Commercial, Tax, Labor, Financial, Compliance, Immigration, Cybersecurity, Data Protection and Trademarks. In addition, he stands out as a leader for satisfying the specific needs of investors, providing them with expert advice on the most advantageous clauses for shareholders' agreements, term sheets and letters of intent. All this offering strategic guidance during investment rounds, thus facilitating the growth and consolidation of your investments in the market. On this occasion, José María Baños, as CEO of the firm, Patricia Abad Herrera, head of the Tax Area, and Svetlana Maslova, CEO of the LETSTECH area, attended the meeting. www.letslaw.es www.letsfinance.es www.letstech.es #letslaw #letsfinance #letstech
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🌐🛍️🛑 Black Friday y los fraudes online El Black Friday es una oportunidad excelente para realizar compras online gracias a sus rebajas, pero también representa un riesgo significativo para los consumidores, quienes deben estar alerta ante posibles fraudes. La normativa española, específicamente la Ley de Consumidores y Usuarios, recoge en sus artículos la protección de los derechos de los consumidores frente a prácticas comerciales desleales, y fraudes en el comercio electrónico. Para prevenir estafas, el artículo 8.b) LCU protege los intereses económicos de los consumidores de las prácticas desleales que pueden surgir durante eventos de alta demanda como el Black Friday. La ley también obliga a proporcionar información clara y transparente sobre los productos y servicios ofertados. El artículo 20 establece que cualquier oferta comercial debe incluir datos precisos y no engañosos, lo que implica la necesidad de verificar la autenticidad de la URL y el diseño de la página web antes de realizar una compra. Además, utilizar métodos seguros de pago y revisar las críticas de otros consumidores pueden ser estrategias efectivas para protegerse. Se permite la reclamación por daños, además del derecho de reparación del perjuicio económico en caso de haber sufrido un fraude. Además, cabe derecho de desistimiento en compras realizadas online para que el consumidor pueda cancelar la transacción en un plazo determinado. En definitiva, , aunque ofrece oportunidades de ahorro, también implica riesgos inherentes asociados a fraudes online. Es fundamental que los consumidores se informen adecuadamente y adopten medidas preventivas, como verificar la autenticidad de los sitios web y utilizar métodos de pago seguros. https://lnkd.in/dEcsWJGC
Cómo evitar estafas al comprar online en Black Friday: los mejores consejos y trucos
lavanguardia.com
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🌐🤖🧠 El impacto regulatorio y ético de la IA La IA ha generado intensos debates, como el suscitado por la carta del Future of Life Institute en 2023, que pedía una moratoria en el desarrollo de modelos más avanzados que GPT-4. Frente a estas preocupaciones, el Reglamento de IA de la Unión Europea establece un marco jurídico sólido para gestionar riesgos y proteger derechos fundamentales. Este reglamento prohíbe prácticas de manipulación psicológica y explotación de vulnerabilidades y descarta cualquier posibilidad de una IA autónoma en detrimento del control humano. En su lugar, prioriza la transparencia, la supervisión humana y la gestión de riesgos actuales, como los sesgos algorítmicos, con criterios estrictos para los sistemas de alto riesgo. Con este enfoque, la Unión Europea fomenta una IA innovadora y centrada en el ser humano, demostrando cómo la regulación puede abordar los desafíos éticos y promover una tecnología segura y confiable. https://lnkd.in/dsN6VPU9
La inteligencia artificial no es como la bomba atómica
eldiario.es