Publicación de Antonio J. Albarral Borrego

🤔 Algunas reflexiones sobre el Auto del Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Barcelona sobre la piratería en el fútbol. «La justicia allana el terreno para que LaLiga pueda demandar a particulares por ver fútbol en webs piratas» o «El juez abre la puerta a LaLiga a demandar a clientes particulares por piratería» son algunos de los titulares que habrán leído en los últimos días. En mi opinión, dichos titulares se apartan burdamente de la realidad. La obligación impuesta a las teleoperadoras consistente en comunicar la dirección IP, nombre y apellidos del titular del contrato, así como su dirección postal y DNI del mismo, ha sido malinterpretada por algunos medios de comunicación. El propio gabinete de prensa del Poder Judicial ha expresado que se requiere a las teleoperadoras para que «faciliten los datos personales de quienes comparten ilícitamente sus contenidos, es decir, únicamente de los “cardsharers” que difunden a terceros la señal y obtienen un lucro con ello y no, por tanto, de los que únicamente defraudan la cuota». El Auto hace referencia a «la dirección IP asignada al usuario cuando accedió al servidor que le facilitó el compartir el contenido audiovisual de forma ilícita». Se utiliza expresamente la palabra «compartir», no haciéndose referencia al consumidor final. Por lo tanto, al menos en mi opinión, el contenido del Auto no afecta de forma directa al consumidor final, debiéndose facilitar únicamente los datos identificativos de aquellos que se lucran con la explotación de un producto que en ningún caso les pertenece.

Iván González Gómez

Estudiante en Universidade de Santiago de Compostela

8 meses

Totalmente de acuerdo. De hecho, en el FJ2° se dice que el artículo que fundamenta la solicitud es el art.256.1.11° que estipula expresamente: "mediante actos que no puedan considerarse realizados por meros consumidores finales de buena fe y sin ánimo de obtención de beneficios económicos o comerciales". Y esta no es la única alusión que se hace a qué los meros consumidores no se verían implicados en futuras reclamaciones. La verdad, no entiendo la postura de LaLiga, pues saben perfectamente que no podrán ir contra un consumidor en ningún orden jurisdiccional, solo contra los "cardsharers" que mencionas, o personas que crean las páginas de piratería. En mi opinión, todo el revuelo es una campaña mediática orquestada por LaLiga para que alguna persona que consuma ese contenido se asuste y pague la suscripción de pago. LaLiga si de verdad quiere acabar con la piratería, debe de reducir los precios a los que están actualmente los servicios para ver fútbol y no amenazar con demandar a millones de personas en España (algo que evidentemente es inviable y no van a hacer).

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