El día de hoy (27 de mayo del 2024), en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se publicó información relativa a la Norma Oficial Mexicana (NOM) NOM-043-SCT-SEMAR-ARTF-2023. Esta NOM establece los requisitos para el documento de transporte de mercancías peligrosas y sustituye a la NOM-043-SCT-2003. En la Norma Oficial Mexicana, se establecen los requisitos para el Documento de Transporte de Mercancías Peligrosas, aplicable a expedidores, transportistas y destinatarios en las vías terrestres, aéreas y marítimas. Además, se menciona que se pueden utilizar documentos en papel o técnicas electrónicas. La publicación detalla condiciones para embalaje, transporte de sólidos, sustancias infecciosas, material radiactivo, entre otros. También se especifica la conservación de la información y se hace referencia a documentos internacionales relevantes. La NOM entrará en vigor 180 días después de su publicación en el DOF, por lo que su aplicación será obligatoria para finales de noviembre del presente año. #Tansporte #NOM #México #AshleyMoreno
Publicación de Ashley Moreno
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🚛✨ ¡Atención transportistas! La nueva Norma Oficial Mexicana NOM-043-SCT-SEMAR-ARTF-2023 ya está aquí y traerá importantes cambios para el transporte de materiales peligrosos en México. 🔍📜 Esta normativa, publicada por la SICT junto con Semar, ARTF y AFAC, busca elevar la seguridad y estandarizar procedimientos para el manejo adecuado de estos materiales. Sustituye a la NOM-043-SCT/2003 y se alinea con las regulaciones de la ONU, mejorando la seguridad en vías federales y facilitando el comercio internacional. 🔐🚛 Esta NOM proporciona uniformidad y certeza para los transportistas sobre la naturaleza de las sustancias transportadas, sin que ellos deban llenar los documentos. ¡Más seguridad y tranquilidad para todos! 🌱📦 Además, se enfoca en la seguridad ambiental, asegurando el embalaje correcto y una identificación precisa de las sustancias, lo que es crucial en caso de emergencias. 🛫✈️ Esta norma también impactará en la gestión de carga aérea en AICM y AIFA, asegurando un manejo más seguro y eficiente. ⏳📅 Tienes 180 días para implementarla, con aplicación efectiva a finales de este año. ¡Prepárate y cumple con la nueva normativa para un transporte más seguro y estandarizado! 🚛✨ #TransporteSeguro #Normativa2023 #SeguridadPrimero #ComercioInternacional #ComercioExterior
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La actualización del #ADR en 2025 traerá cambios significativos en el etiquetado y placas que las empresas deben adoptar para garantizar el cumplimiento y, sobre todo, la seguridad en el transporte de productos químicos peligrosos. En nuestro blog podrás conocer: 🔴 ¿Cuáles son los cambios más relevantes en el etiquetado ADR para 2025? 🔴 ¿Cómo adaptarse a estos cambios? Sigue leyendo. 🔗
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¿Sabías que existen más de 12.000 sustancias catalogadas como mercancías peligrosas? ✈️ Ya sea por vía aérea, 🚢 marítima o 🛣️ terrestre, el transporte de estos productos requiere cumplir con normativas internacionales. A continuación, te mostramos los aspectos clave: > Identificación y clasificación: Cada sustancia tiene una etiqueta única y medidas de seguridad específicas. > Embalaje: Asegura la protección desde el punto de origen hasta su destino final. > Marcado y etiquetado: Información vital para una manipulación segura. ¿Quieres saber más? No te pierdas nuestro próximo vídeo en YouTube. https://lnkd.in/eZ9cmKS8 #MercancíasPeligrosas #RegulacionesInternacionales #TransporteInternacional
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SICT actualiza norma para el transporte de sustancias y materiales peligrosos La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) ha publicado la actualización de la Norma Oficial Mexicana NOM-002-1-SCT-SEMAR-ARTF/2023, listado de sustancias y materiales peligrosos (mercancías peligrosas); norma que tiene como objetivo establecer las instrucciones y uso de envases y embalajes, para el transporte de sustancia quimicas peligrosas. Entiendase que esta norma hace referencia a los recipientes intermedios para graneles (RIG), grandes envases y embalajes, cisternas portátiles, contenedores de gas de elementos múltiples y contenedores para graneles a efecto de determinar; además de que considera las características de peligrosidad de las mercancías y las condiciones de seguridad que se beben cumplir para contener y transportar estas sustancias. Esta actualización se distingue por estar alineada a la 22ª Edición de la Reglamentación Modelo para el Transporte de Mercancías Peligrosas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). En adición, la actualización de esta norma otorga especificaciones técnicas para la adecuada selección de los envases y embalajes, a efecto de dar seguridad y certeza jurídica a los involucrados este tipo de operaciones. Cabe mencionar que esta norma es de aplicación obligatoria para los expedidores, transportistas y destinatarios de mercancías peligrosas que transitan por las vías generales de comunicación terrestre, marítima y aérea. De hecho, precisa que los prestadores del servicio de autotransporte deben; dentro de la esfera de sus responsabilidades, sólo aceptar mercancías peligrosas en embalajes/envases, recipientes intermedios a granel, contenedores y cisternas portátiles, que hayan sido seleccionados por los expedidores y destinatarios de conformidad con la normatividad. Por otro lado, esta actualizacion especifica una ampliacion respecto al metodo de su vigilancia de cumplimiento; ya que, además de la señalar que la SICT y la Guardia Nacional participará en la supervisión durante el tránsito en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, dicha secretaria tambien podrá realizar visitas de inspección, a través de los servidores públicos comisionados que exhiban identificación vigente y orden de visita. Finalmente, la NOM-002-1-SCT-SEMAR-ARTF/2023 entra en vigor 180 días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Fuente: https://lnkd.in/gujJPs2g
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La mercancía IMO se refiere a las mercancías peligrosas que están reguladas por el Código IMDG (Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas) de la Organización Marítima Internacional (IMO, por sus siglas en inglés). Estas mercancías son sustancias o artículos que, debido a sus propiedades físicas, químicas o biológicas, pueden representar un riesgo para la salud, la seguridad o el medio ambiente cuando se transportan por mar. El Código IMDG clasifica las mercancías peligrosas en nueve clases principales: Explosivos: Sustancias y artículos que tienen la capacidad de detonar o deflagrar, produciendo un efecto expansivo. Gases: Sustancias que se encuentran en estado gaseoso a temperatura y presión normales, o que tienen una presión de vapor superior a 300 kPa a 50°C. Líquidos inflamables: Líquidos o mezclas de líquidos, así como líquidos que contienen sólidos en suspensión o solución, que emiten vapores inflamables a temperaturas no superiores a 60°C. Sólidos inflamables: Sustancias sólidas que se inflaman fácilmente o que pueden causar o contribuir a un incendio por fricción. Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos: Sustancias que, aunque no sean necesariamente combustibles, pueden, generalmente liberando oxígeno, causar o contribuir a la combustión de otras materias. Sustancias tóxicas e infecciosas: Sustancias que pueden causar la muerte o lesiones graves, o que son perjudiciales para la salud humana si se ingieren, inhalan o entran en contacto con la piel. Materiales radiactivos: Materiales que contienen radionucleidos con una actividad específica superior a 70 kBq/kg. Sustancias corrosivas: Sustancias que, por acción química, causan lesiones graves a los tejidos vivos con los que entran en contacto, o que pueden causar daños a otras mercancías o al buque si se produce una fuga. Mercancías peligrosas varias: Sustancias y artículos que presentan un peligro durante el transporte, pero que no están incluidos en ninguna de las otras clases. El Código IMDG establece regulaciones detalladas para el embalaje, etiquetado, documentación, estiba y segregación de las mercancías peligrosas durante el transporte marítimo. Su objetivo es garantizar la seguridad de la vida humana en el mar, la protección del medio marino y la prevención de daños a los bienes. Si necesitas transportar mercancías peligrosas estamos a tus órdenes!!
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📌 Entra en vigor la enmienda 41-22 del Código IMDG: descripción general La industria marítima está siendo testigo de cambios significativos con la introducción de las enmiendas 41-22 al Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG). Estas enmiendas, ya son obligatorias a partir del 1 de enero de 2024, presentan ajustes cruciales para mejorar la seguridad y la regulación de las mercancías peligrosas transportadas por mar. Las enmiendas se alinean con las Recomendaciones de las Naciones Unidas sobre el transporte de mercancías peligrosas, aportando claridad al etiquetado, las definiciones y las disposiciones especiales. 👉Se anima a las partes interesadas a mantenerse informadas y consultar las fuentes oficiales para obtener información precisa y actualizada. Noticia completa en nuestra web 💻 https://lnkd.in/dSnZSwdV #IMDG #industria #maritima #mercancias #peligrosas
Entra en vigor la enmienda 41-22 del Código IMDG: descripción general
siam-it.com
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🔴 ¿Importación Temporal a la vista y no sabes de qué va? 🖐 No pases por alto esta entrada > ¿Qué es IT? Introducir mercancías no UE para determinados usos, con exención total o parcial de los derechos y gravámenes de importación siempre que estén destinadas a ser reexportadas, sin modificación alguna, en un plazo dado > ¿Aduaneramente? Es un Régimen Especial de Destino Especial que requerirá autorización de la autoridad aduanera en la que indicará las condiciones en que se permite su uso, exención total o parcial de derechos, plazo de reexportación > ¿Exige garantía? Generalmente, sí, pues no se puede conceder el levante de una mercancía para régimen especial si no se ha constituido una garantía por el importe de la deuda aduanera potencial y, en su caso, de otros gravámenes Exención cuando se pueda hacer oral o por acto presunto, cuando sea material identificable de compañías postales, marítimas, aéreas o ferroviarias, envases vacíos con marcas indelebles o ya declaradas en IT por un titular anterior > ¿Solicitud? En general, con datos adicionales, una declaración en aduana se considerará una solicitud de autorización salvo exigencia formal por la aduana e implicará la llevanza de registros para la vigilancia del régimen > ¿Siempre con DUA? Pueden usarse el convenio ATA (Admission Temporaire / Temporary Admission) para determinadas mercancías en general o Cuadernos CPD (Carnet de Passages en Douanes) para vehículos a motor > ¿Podré mover la mercancía? Las mercancías incluidas en el régimen IT podrán circular entre distintos lugares TAU sin formalidades aduaneras, solo con datos de su ubicación e información sobre su circulación > ¿Puedo usar equivalentes? Solo podrán utilizarse mercancías equivalentes cuando la autorización con exención total de derechos de importación se conceda para palés, contenedores y sus piezas, adquiriendo condición no UE > ¿Y qué pasa con los animales? Los animales nacidos en el TAU de animales en IT, que tengan valor mayor a 100 euros, serán considerados no UE e incluidos en el régimen de IT > ¿Cómo se ultima la IT? Reexportando las mercancías fuera del TAU. Vinculando a otro régimen aduanero, como la importación a libre práctica o a consumo. Destruyendo totalmente las mercancías bajo control aduanero © Fernando J. Navas Oñate 🖖 Divulgación sin efectos legales Si lo reproduces, cita la fuente ¿ok? Consulta normativa vigente de fuentes originales 👍 Recomienda, comenta y comparte 😊 🚀 Para no perderte nada Contáctame. Sígueme+🔔 ⚽ Únete a Aduana Profesional Telegram: https://bit.ly/3QtxRAR WhatsApp: https://bit.ly/474elSn Gracias por tu apoyo y participación. ¡Un saludo! Fer. 🖖 #aduanaprofesional #adunautas #aduanas #customs #import #export #comerciointernacional #comex #internationaltrade #cadenadesuministro #supplychain #transport #transporte #transportes #transporteterrestre #logistica #logística #productividad #software #europeanunion #estrategia Imagen propia por IA
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Buen día. Hoy se publicó en el DOF: 📌NORMA Oficial Mexicana NOM-002-1-SCT-SEMAR-ARTF/2023, Listado de substancias y materiales peligrosos (mercancías peligrosas)-Instrucciones y uso de embalajes/envases, recipientes intermedios para graneles (RIG), grandes embalajes/envases, cisternas portátiles, contenedores de gas de elementos múltiples y contenedores para graneles para el transporte de mercancías peligrosas. 🔹Esta NOM es de aplicación obligatoria para los expedidores, transportistas y destinatarios de mercancías peligrosas que transitan por las vías generales de comunicación terrestre, marítima y aérea. 🔹Con la entrada en vigor de la presente Norma Oficial Mexicana, se cancela la NORMA Oficial Mexicana NOM-002/1-SCT/2009 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2010. 🔹La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor 180 días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, 26 de febrero de 2025. Consulta en la siguiente liga: https://lnkd.in/eJwA8mjr
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El ADR aborda una amplia gama de temas, desde la clasificación de sustancias peligrosas hasta los requisitos de embalaje y etiquetado, pasando por la formación obligatoria para conductores y personal de manejo de carga. Cada detalle está diseñado para minimizar el riesgo y garantizar que las mercancías peligrosas se transporten de manera segura y eficiente. A medida que avanza la tecnología y cambian las necesidades, el ADR se actualiza regularmente para mantenerse al día con los últimos avances y riesgos emergentes. Esto garantiza que el transporte de mercancías peligrosas siga siendo seguro y confiable en un mundo en constante evolución. Si bien cumplir con los requisitos del ADR puede representar desafíos logísticos y financieros, también ofrece oportunidades para la innovación y la excelencia en el transporte. Las empresas que priorizan la seguridad y la conformidad no solo protegen a su personal y al medio ambiente, sino que también construyen una reputación sólida en la industria. El ADR no es solo un conjunto de regulaciones; es un compromiso con la seguridad y la responsabilidad en el transporte de mercancías peligrosas. En un mundo donde los riesgos son inevitables, el ADR nos recuerda que la seguridad siempre debe ser una prioridad 🌍 🚚
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📜La Ley Aduanera considera a los sujetos obligados del cumplimiento de las disposiciones que regulan la entrada y salida de mercancías📦 del territorio naciononal🇲🇽 y de los hechos o actos que deriven de esto🛃, a aquellos mismos que son quienes introducen dichas mercancías al territorio nacional o las extraen del él, que pueden ser los propietarios👩🏽💼, poseedores, tenedores👷🏻, consignatarios👩🏼✈️, destinatarios🧔🏿♂️, remitentes👩🏼🦰, apoderados👨🏽💼, agentes aduanales👩🏻💼, agencias aduanales🏛 o cualesquiera personas que tengan intervención en la introducción, extracción, custodia, almacenaje, manejo y tenencia de las mercancías, incluyendo a las autoridades aduaneras👮🏽👮🏼♀️. ☝️Sin embargo, tambíen participan otros actores que si bien no son mencionados en la Ley Aduanera, la naturaleza de sus actividades les permite tener cierta influencia en el comercio exterior🌎 y el despacho aduanero👥️👤. 📌En esta infografía puedes conocer algunos de esos sujetos🔍. 🔹️Conoces algún otro❓️ 🔹️Consideras que alguno de estos no debe formar parte de ésta lista❓️ ¡Coméntalo❗️
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