#NOVEDADES: **Fallo: la AFIP debe actualizar ciertos límites de impuestos para poder reclamar falta de pago** Querida red, les comparto esta nota de iProfesional.com en la cual emito mi criterio respecto al fallo que obtuvimos en el caso "Asociación Argentina de Dietistas y Nutricionistas Dietistas c/ AFIP s/impugnación de deuda" https://lnkd.in/dBdZCFkF #SeguridadSocial #DesactualizacionLimites #RegimenesImpositivos #ActoAdministrativo
Publicación de Daniel Guillermo Pérez
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#NOVEDADES: **Fallo: la AFIP debe actualizar ciertos límites de impuestos para poder reclamar falta de pago** Querida red, les comparto esta nota de iProfesional.com en la cual emitimos nuestro criterio respecto al fallo que obtuvimos en el caso "Asociación Argentina de Dietistas y Nutricionistas Dietistas c/ AFIP s/impugnación de deuda" https://lnkd.in/dBdZCFkF #SeguridadSocial #DesactualizacionLimites #RegimenesImpositivos #ActoAdministrativo
Un fallo de la Cámara de la Seguridad Social impone a la AFIP actualizar límites de regímenes impositivos
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SUELDOS DE AFIP. UN FINAL ANUNCIADO??? En mis cuarenta años de funcionario de la DGI/AFIP (1980-2020), secuencialmente se ha planteado la improcedencia que el personal de esos organismos cobrará como parte sustancial de su salario, un porcentaje de la recaudación total de Impuestos Nacionales. Es menester recalcar, que nunca se enfrentó el problema de fondo que esa situación conlleva: como puede ser objetivo un funcionario en su proceder?; ecuánime?; distinto y distante de los dos sectores en pugna?: EL ESTADO por un lado, para quien siempre es poco lo que el Organismo Recaudador allega a las arcas fiscales; y por el otro LOS CONTRIBUYENTES, para quienes siempre es excesivo el coste impositivo argentino? Como el Estado va a incentivar a los encargados de la recaudación, haciéndolos partícipes de sus resultados? No es acaso meter al zorro dentro del gallinero? Ello con total independencia de valorar la conducta de los funcionarios de la Afip, que en general es irreprochable en términos éticos. Pasa que un ESTADO DE DERECHO, UNA REPÚBLICA, una Nación con la CONSTITUCIÓN que tiene la Argentina, no puede sino apartarse de la más mínima sospecha de parcialidad. Es el CONTROL POR OPOSICIÓN, la División de Poderes, los Derechos y Garantías de los habitantes, un reaseguro de la libertad de la cual gozan. Adelanto mi crítica a sostener que la solución es que otras áreas del Gobierno Nacional, participen concurrentemente en lo que se ha llamado y se llama FONDO DE JERARQUIZACION o Fondo de estímulo. Si bien el tema “explota” por el contrapunto que se genera entre la descripción que hace el Señor Presidente de la Nación Argentina, el 17 de abril de 2024, en la nota de remisión al Señor Presidente de la HCDN ( Dr. Martín Menem) del proyecto de ley de moratoria y blanqueo, que textualmente dice “….que al proyecto de ley de medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, enmarca en el proceso de saneamiento de la dramática situación económica en la que está sumido nuestro país”, por un lado; y la desmesura de los haberes que reciben algunos funcionarios del Ente Recaudador. El título de esta reflexión en signo INTERROGATIVO, deviene de la necesidad de poner fin a la situación planteada y no denigrarlo al plano del olvido. José María Matteri.-
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📰 Con el cierre de la AFIP, ¿cómo cambiará la vida de los argentinos? En esta nota, nuestro periodista ROBERTO CACHANOSKY explica el alcance de esta histórica decisión del gobierno, que transformará la relación de los contribuyentes con el sistema tributario y plantea nuevos desafíos para la economía. Leé el análisis completo acá 👉 https://lnkd.in/dUGQhS7t #Economía #AFIP #Argentina #MDZ
Desaparece la AFIP: ¿en qué le cambia la vida a la gente?
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SIRADIG, TRABAJADOR. Sujetos obligados y mayores ingresos La AFIP en su Micrositio “Siradig” informa para la carga de los datos a ingresar en el sistema, acorde al período fiscal 2024, quienes se encuentren comprendidos en el impuesto cedular a los mayores ingresos deberán únicamente realizar la carga de los siguientes ítems: - Las deducciones en concepto de aportes a sociedades de garantía recíproca. - Pagos y contribuciones por la vigencia de relaciones laborales bajo el Régimen de Personal de Casas Particulares. - Las ganancias liquidadas por otros empleadores en casos de pluriempleo. - El beneficio por trabajo y/o residencia en zona Patagónica. - Los ajustes que puedan surgir por montos retroactivos.
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🥁Compartimos las novedades de la semana 🔔 ✅ DEVOLUCIÓN DE PERCEPCIONES: AFIP ha comenzado a aprobar devoluciones por percepciones, con pagos acreditados en tres días hábiles tras la aprobación de las solicitudes. Al mismo tiempo, se está evaluando un nuevo recargo al dólar tarjeta mediante un incremento en las percepciones de Ganancias o Bienes Personales, para prevenir que la eliminación del Impuesto PAIS genere una mayor salida de divisas. ✅ NUEVO PACTO FISCAL: El Poder Ejecutivo ha decidido extender los plazos de las diferentes etapas del régimen de blanqueo para la regularización de activos. Con esta prórroga, las personas que deseen exteriorizar dinero en efectivo tendrán la oportunidad de depositar dichos fondos en un banco hasta el 31 de octubre, inclusive. A partir del 1° de noviembre, podrán retirar el dinero depositado. Esta medida busca facilitar el proceso de regularización y fomentar la declaración de activos no informados. ✅ REFORMAS LABORALES: La Ley de Bases N.º 27742 en Argentina reforma el ámbito laboral al regularizar relaciones no registradas y condonar deudas a la seguridad social, incentivando la formalización de empleos. Introduce un sistema de cese sin indemnización, lo que reduce la protección laboral, y amplía el período de prueba para nuevos empleados a 6 meses. Estas medidas buscan modernizar el mercado laboral y equilibrar la flexibilidad para las empresas con la protección de los derechos de los trabajadores. ✅ EMPLEADORES: AFIP lanzó el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (Resolución N.º 5577/2024) para regularizar relaciones laborales no declaradas hasta el 24 de diciembre de 2024. Los empleadores podrán beneficiarse con condonaciones de hasta el 90% de deudas por aportes a la seguridad social y condonación total de deudas relacionadas con el Sistema Nacional de Seguro de Salud. Deben ingresar al sistema “Simplificación Registral” de AFIP y presentar declaraciones juradas. También pueden optar por pagar deudas no condonadas al contado o en cuotas. Los trabajadores regularizados tendrán derechos para acceder a beneficios de seguridad social. ✅ PARITARIAS DE COMERCIO: Se acordó un incremento salarial del 8%. El Sindicato y las Cámaras acordaron un aumento salarial no remunerativo del 8% para septiembre y octubre: 4,25% en septiembre y 3,75% en octubre, calculado sobre los salarios de agosto de 2024. Además, se reunirán en noviembre de 2024 para revisar las escalas salariales y ajustes según la situación económica. ✅ ANSES: La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ha informado que a partir de octubre habrá un aumento del 4,17% en las asignaciones familiares y universales, alineándose con el incremento de las jubilaciones y la inflación registrada en agosto, tal como establece la Resolución 840/2024. Federico Dominguez María Sofía Cassotto
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📢 SIRADIG: La AFIP extiende el plazo hasta el 31 de mayo para deducciones anuales 📅 La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha prolongado el período para que los trabajadores en relación de dependencia y jubilados informen sus deducciones anuales mediante el Formulario 572 Web (SIRADIG). 🗓️ Nuevo plazo: El Organismo Fiscal otorga plazo para la presentación del SIRADIG hasta el 31 de mayo, ampliando así el periodo de tiempo para cumplir con esta obligación fiscal. 📜 La extensión busca proporcionar seguridad jurídica en la liquidación del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2023. Dicho impuesto ha sido modificado por decretos anteriores, por lo que el Poder Ejecutivo envió un proyecto al Congreso de la Nación para conceder jerarquía legal a dichas modificaciones. 💡La Resolución General AFIP 5507 permite esta nueva extensión del plazo, ampliando la anterior disposición que había extendido el lapso hasta el 30 de abril según la Resolución General AFIP 5494/2024. 📋 Recuerda presentar el Formulario 572 Web antes del 31 de mayo para evitar inconvenientes con el Impuesto a las Ganancias. #AFIP #SIRADIG #Formulario572 🗓️💻
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📢 AFIP reglamentó la moratoria que permite regularizar deudas aduaneras, impositivas y de la seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024 en cuotas y con condonación de multas e intereses. ◾ Se prevén hasta 84 cuotas para monotributistas y pequeñas empresas. Las multas se condonarán al 100%. ◾ El plan de pagos podrá confeccionarse hasta el 13 de diciembre de 2024, inclusive. Ya están habilitadas las opciones en Mis Facilidades. ◾ Obligaciones que no pueden incluirse: -Aportes y contribuciones de Obra social. -Deudas de ART. -Aportes y contribuciones de Casas Particulares. -Cuotas de seguro de vida obligatorio. -Aportes y contribuciones del RENATEA y RENATRE. -Entre otras. ✔ Esta moratoria es una de las medidas incluidas en la Ley 27.743 de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes" 📍Tenés deuda y querés realizar un plan de pago?? Contáctanos: 📞 0298-154367403 ✉️ estudiorattidominguez@gmail.com . . . . #moratoria #AFIP #plandepago #deudaafip #estudiocontable #misfacilidades
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ATENCIÓN! 👉Prórroga del SiRADIG Mediante la Resolución General N° 5519/2024 (BO 27/06/2024), la AFIP resolvió la prórroga hasta el 📆15 de julio próximo la presentación del SIRADIG. ✅Además de la nueva fecha, la normativa también contempla nuevas deducciones y plazos acotados para su correspondiente carga. "Los empleados en relación de dependencia anualmente deben presentar un formulario donde declaran la totalidad de las deducciones que corresponde descontar en la liquidación anual del impuesto a las Ganancias que realizan los empleadores (por ejemplo, gastos médicos, salarios pagados al personal de casas particulares). Esta nueva prórroga se realiza en beneficio de los trabajadores, ya que el paquete fiscal (Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes) que se encuentra en trámite parlamentario, introduce una serie de beneficios que resultan aplicables a la liquidación del impuesto a las ganancias del año pasado". Informaron desde AFIP. 🪶Si tenés alguna duda sobre esta nueva reglamentación consultanos!! Estamos para ayudarte 😁 #somosalas #alasconsultoralaboral #alaslaboral #alasconsultora #siradig
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#AndersenNews 📝 📄 El Servicio de Rentas Internas (SRI), mediante Resolución nro. NAC-DGERCGC24-09 de marzo 15 de 2024, estableció las normas para la declaración y pago de la Contribución Temporal de Seguridad (CTS) establecida en la Ley Orgánica para Enfrenar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica, conforme lo indicado a continuación: 📌 Los sujetos pasivos obligados a declarar y pagar la CTS en los ejercicios fiscales 2024 y 2025, deberán calcular la tarifa del 3,25% de la contribución sobre el valor reportado como utilidad gravada para el cálculo del Impuesto a la Renta del ejercicio fiscal 2022. Están exentos de pagar la CTS 👀: 🏭 Microempresas de 1 a 9 trabajadores, con venta o ingreso bruto anual igual o menor de USD 300.000 🏢 Pequeñas empresas de 10 a 49 trabajadores, con venta o ingreso bruto anual de USD 300.000 a USD 1.000.000 🏚️ Sociedades legalmente canceladas antes de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica para Enfrenar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica 📑 La declaración y el pago de la CTS se realizará a través del “Formulario 124 – Formulario de Declaración y Pago para Contribuciones Temporales por el Conflicto Armado Interno (2024 – 2025) y Contribución Única y Temporal (2021 – 2022 – 2023)” 🗓️ El plazo para declarar y pagar la CTS es hasta el 31 de marzo de 2024 y 2025, respectivamente (incluyendo los contribuyentes con domicilio principal en Galápagos) 💰En caso de incumplimiento, la multa será del 3% de la obligación generada, por cada mes o fracción de mes de retraso. #contribuciones #asesorestributarios #ecuador #reformatributaria
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🕖 SIRADIG TRABAJADOR. Se extiende hasta el 31 de mayo el plazo para el Formulario 572 Web ➡ La Administración Federal de Ingresos Públicos extenderá al 31 de mayo el plazo para informar las deducciones anuales por parte de los trabajadores en relación de dependencia y jubilados mediante el F572 Web. ➡Esta medida será dictada con la finalidad de otorgar seguridad jurídica a la liquidación del Impuesto a las Ganancias período fiscal 2023, modificada por sucesivos decretos que no cuentan con el correspondiente trámite parlamentario. ➡Recordamos que el Poder Ejecutivo envió al Congreso de la Nación un proyecto para otorgar jerarquía legal a dichas modificaciones y actualmente se encuentra en tratamiento de Comisión. Cabe aclarar que la Resolución General AFIP 5494/2024 había extendido el plazo hasta el 30 de abril. La normativa que establece la nueva fecha de vencimiento será publicada próximamente en el Boletín Oficial. #SIRADIG #EMPLEADOS #AFIP #impuestos #Ganancias #contadoraandrearuiz
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SOCIO en ESTUDIO BERTAZZA NICOLINI CORTI Y ASOCIADOS
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