📜 6 de diciembre: Día de la Constitución Española 🇪🇸 Hoy, desde nuestro despacho profesional, reflexionamos sobre el impacto del artículo 133 de la Constitución Española, que regula la potestad tributaria en nuestro país. 💡 ¿Por qué es relevante para las empresas? -El Estado tiene potestad originaria exclusiva para crear tributos, asegurando uniformidad y evitando conflictos entre diferentes niveles administrativos. -Las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales cuentan con potestad tributaria derivada, limitada por la legislación estatal, lo que garantiza la coordinación y evita duplicidades fiscales. -Todo beneficio fiscal sobre tributos del Estado debe establecerse mediante ley, promoviendo transparencia y cumplimiento del principio de legalidad. 🌟 Esta regulación no solo garantiza estabilidad y seguridad jurídica para las empresas, sino que también equilibra las necesidades territoriales con un sistema fiscal cohesionado. 🔍 En sectores como la hostelería, construcción, industria, agricultura y comercio, el conocimiento profundo de este marco legal es clave para optimizar la carga tributaria y cumplir con las normativas. 👉 Desde nuestro despacho, te ayudamos a navegar este complejo sistema, asegurando un cumplimiento eficaz y aprovechando todas las ventajas legales disponibles. Contacta con nosotros. 💻hola@gestoriaorejana.com 📞 921 43 15 11 #DíaDeLaConstitución #Artículo133 #Tributos #FiscalidadEmpresarial #AsesoríaPymes
Publicación de OREJANA Gestión emprendedora.
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No puedo estar más de acuerdo con la apreciación sobre el uso de técnicas legislativas que, no por lícitas y constitucionales, quizá sean las más convenientes para aprobar las normas. Hemos pasado del uso y abuso del Real Decreto Ley al más que discutible empeño en introducir normas fiscales de calado vía enmiendas parlamentarias. Lo sorprendente, además, es que son presentadas por los grupos que forman parte del gobierno, con lo que una buena técnica legislativa sería presentarlo como proyecto de ley. Además así contaríamos con dictámenes de órganos consultivos y técnicos que, a buen seguro, enriquecerían el texto. En general, el proceso de creación de la norma es algo que debe seguir un camino y a veces tomar atajos no es lo más conveniente, sobre todo si esas leyes son las que afectan al bolsillo de los contribuyentes...
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El Gobierno de La Rioja suma al Grupo de expertos fiscales al proceso de elaboración de Ley de Medidas Fiscales de 2025 👇 https://ow.ly/hitJ50TmN1g Nuestro delegado provincial en La Rioja, José Carlos León Aguinaga, ha asistido a la segunda reunión del Grupo de expertos fiscales, junto a David Mena, nuevo director general de Tributos, Ernesto Gómez Tarragona del Colegio de Economistas de La Rioja, Alfonso Gochicoa Rubio del Colegio de Gestores Administrativos de Aragón y La Rioja, Fernando Berganzo de Pablo del Ilustre Colegio de Abogados de la Rioja y empleados públicos de la Dirección General de Tributos del Gobierno de La Rioja. El Gobierno de La Rioja constituyó el pasado mes de mayo este comité de expertos fiscales, que liderado por la Consejería de Hacienda y la Dirección General de Tributos, tiene como finalidad prevenir el fraude y reforzar la seguridad jurídica. ¡Gracias por contar con nosotros! #GrupoExpertosFiscales #LaRioja #medidasfiscales #fraudefiscal #seguridadjuridica #AEDAFLaRioja #AEDAFAragonLaRioja #tax #Hacienda #DGT #AEDAFDemarcaciones #actualidadfiscal #AEDAF #asesoresfiscales
El Gobierno de La Rioja suma al Grupo de expertos fiscales al proceso de elaboración de Ley de Medidas Fiscales de 2025
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#EventoBDO | 📢Foro Fiscal: Perspectivas y Reflexiones. 🎤 Flavio Sánchez ha compartido escenario con Ascensión Maldonado García-Verdugo, Inspectora de Hacienda del Estado en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en un enriquecedor encuentro. Durante la sesión, Ascensión nos ofreció su visión experta sobre temas clave como: ✅ La implementación del Pilar 2 ✅ Los desafíos actuales en precios de transferencia ✅ Los avances en procedimientos amistosos ¡Una oportunidad única para profundizar en los retos y oportunidades de la fiscalidad internacional! 🌍 #ForoFiscal #BDO #Fiscalidad #Eventos
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📜 Sentencia Tribunal Supremo 1527/2024: Competencias Tributarias entre AEAT y Diputación Foral de Bizkaia 👨💼 Posición de la Diputación Foral de Bizkaia (DFB): La DFB impugnó el punto segundo de la resolución de la Junta Arbitral que otorgaba a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) la facultad de hacer valer su criterio en procedimientos inspectores relativos a las obligaciones tributarias de su competencia, sin la intervención de la DFB. La DFB argumenta la necesidad de su participación en dichos procedimientos para garantizar la correcta aplicación de las normas fiscales, evitando la sobreimposición y conflictos entre administraciones. Además, destaca que para ejercicios anteriores al 2018, se debería aplicar por analogía el artículo 47 ter del Concierto Económico, introducido por la Ley 10/2017, que establece la coordinación entre administraciones en procedimientos inspectores. 🏢 Posición de la Administración (AEAT): La AEAT defiende su derecho a actuar unilateralmente en la comprobación de las operaciones de obligados tributarios de su competencia, basándose en principios de cooperación y subrogación establecidos en el Concierto Económico. Argumenta que las actas únicas son el mecanismo adecuado para encauzar las relaciones entre ambas administraciones, incluso en ausencia de un mecanismo específico previo a la reforma de 2017. La AEAT sostiene que, aunque no se dio participación a la DFB en el procedimiento inspector, se actuó conforme a los acuerdos y prácticas administrativas existentes. ⚖ Conclusiones: El Tribunal Supremo estima en parte el recurso presentado por la Diputación Foral de Bizkaia. Resalta la importancia de la colaboración y coordinación entre administraciones tributarias para garantizar una aplicación efectiva y equitativa de las normas fiscales, evitando conflictos y sobreimposición. El Tribunal hace énfasis en la necesidad de aplicar los principios de buena administración, especialmente en lo relativo a la colaboración entre la AEAT y la DFB en los procedimientos inspectores. Aunque reconoce la validez de los argumentos de la AEAT respecto al uso de actas únicas como mecanismo de coordinación, subraya que esto no excluye la necesidad de una colaboración efectiva que permita a ambas administraciones ejercer sus competencias de manera armónica y respetuosa. #SentenciaTribunalSupremo #AEAT #DiputaciónForalBizkaia #ColaboraciónAdministrativa #CompetenciasTributarias #BuenaAdministración #ConciertoEconómico
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ACTUALIDAD LEGISLATIVA || La semana pasada, estuvo marcada por importantes avances y anuncios legislativos entorno a la regulación tributaria en nuestro país. Por ello, hoy inauguramos esta nueva sección en nuestro Feed. ¡Les invitamos a seguirnos, para estar actualizados! -- Para revisar en detalle el proyecto de ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias, les recordamos que su número de boletín es 16621-05 y ya se encuentra en segundo trámite constitucional. -- #ToroyCíaAbogados #AbogadosyConsultores #ActualidadLegislativa
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🆕 El nuevo Reglamento del Régimen Fiscal Especial de Baleares despeja las dudas de aplicación de los beneficios fiscales El Reglamento pretende despejar potenciales dudas interpretativas de aplicación del Régimen fiscal especial de Baleares, permitiendo una aplicación lo más eficaz y sencilla posible, y dotando de seguridad a los operadores jurídicos, concretando algunos conceptos ya definidos en la normativa sustantiva autonómica o en la normativa tributaria o contable. 🔴 Más info #CISSFiscal 👉 https://ow.ly/y5fn50QUbVF
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🚨 España, Chipre, Polonia y Portugal ante el Tribunal de Justicia de la UE por no transponer la Directiva sobre el Pilar Dos 🚨 La Comisión Europea ha decidido llevar a estos países, entre ellos España, ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber notificado a tiempo las medidas de transposición de la Directiva (UE) 2022/2523. Esta directiva es clave para implementar un nivel mínimo global de imposición para los grandes grupos empresariales multinacionales y nacionales, dentro del marco del Pilar Dos de la reforma fiscal internacional del G20 y la OCDE. 🔎 ¿Qué está en juego? La Directiva busca asegurar que los grandes grupos con una facturación anual superior a 750 millones de euros tributen con un tipo impositivo mínimo del 15% en todos los Estados miembros de la UE. La aplicación de estas normas es esencial para reducir la competencia fiscal desleal y evitar la erosión de bases imponibles y el traslado de beneficios a jurisdicciones de baja tributación. 📅 Plazos no cumplidos: Los Estados miembros estaban obligados a poner en vigor estas disposiciones antes del 31 de diciembre de 2023. Aunque la Comisión reconoce los esfuerzos realizados por los países implicados, España y los otros tres países aún no han notificado sus medidas de transposición. ⚖️ Próximos pasos: La Comisión Europea ya había enviado dictámenes motivados en mayo de 2024. Ahora, ha dado el paso formal de llevar el caso ante el Tribunal de Justicia, una señal de la importancia de que todos los Estados miembros cumplan con las normativas acordadas. 💡 ¿Por qué es importante? La implementación del Pilar Dos es una medida fundamental para garantizar una mayor equidad fiscal a nivel global, poniendo fin a la carrera a la baja en los tipos del impuesto sobre sociedades. Asegurar que los grandes grupos multinacionales paguen un mínimo del 15% ayudará a fortalecer los sistemas fiscales nacionales y fomentar la justicia tributaria. ¿Qué opinas de esta medida? ¿Crees que la aplicación del Pilar Dos beneficiará a los sistemas fiscales europeos? 🌍💶
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La búsqueda de fórmulas para lograr la deducibilidad del IVA que soportan las Comunidades de Regantes, por parte de los comuneros que tributan en régimen de estimación directa en IRPF e Impuesto sobre Sociedades, constituye una cuestión arraigada y de recurrente actualidad. Al hilo de lo anterior pongo en común la reciente Consulta Tributaria Vinculante V0141-24, de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de Tributos, que analiza la aplicabilidad del criterio establecido por la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de abril de 2005, HE (asunto C-25/03). La cuestión, desde luego, no se agota con esta consulta, al ser una materia controvertida. No son pocos los pronunciamientos que niegan el carácter empresarial de la actividad típica que realizan las Comunidades de Regantes (ex. art. 7.11° LIVA).
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🟣Nuestro socio director de Tax & Legal en la Comunidad Valenciana GERMAN RODRIGO CHAQUES ha participado, junto a otros fiscalistas de la Confederación Empresarial de la Comunitat Valenciana, en las propuestas para la mejora de la fiscalidad en la reestructuración empresarial. 👨💼 El documento recoge una serie de medidas que buscan reducir la litigiosidad y reforzar la seguridad jurídica de los contribuyentes respecto a las operaciones de reestructuración. 🎯 El objetivo es conocer con claridad y transparencia previa cuál es el criterio de la Administración en la aplicación del Régimen. 👨⚖️ En el informe también han participado Laura Vicente Gómez; Jaime De la Rosa González-Zayas; Luis Chinchilla Hurtado; Ana Mª Martí Sanz; Nuria Sigüenza Fernández; Rafael Fernández García; Ricardo Miralles Mayor y Amparo Martí Martí. Puedes consultar todas las propuestas aquí 👇 https://lnkd.in/dsZfeGen #GrantThornton40 #GoBeyond
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Estimada red, tengo el agrado de compartirles la publicación de la obra «Elusión fiscal y otros temas de actualidad tributaria» por Tirant lo Blanch. Es el resultado del trabajo colectivo, que contiene los siguientes artículos: 1. «Una explicación de la función y carácter deóntico de la cláusula general antielusión» escrito por Francisco Saffie Gatica; 2. «La sanción en los supuestos de elusión tributaria en la era BEPS: una visión comparada entre Chile y España», escrito por María Pilar Navarro; 3. «La dimensión internacional de la elusión: el caso de las recomendaciones de la OCDE a la luz de la experiencia comparada» escrito por Hugo Osorio Morales; 4. «Gastos tributarios y problemas actuales de interpretación», escrito por Antonio Faúndez Ugalde; 5. «El interés penal del inciso tercero del artículo 53 del Código tributario», escrito por Eduardo Irribarra Sobarzo; 6. «El derecho de los contribuyentes a obtener la devolución de impuestos oportunamente. Análisis jurisprudencial», escrito por Patricia Toledo Zúñiga. Valeria Guerra https://lnkd.in/efFWEBEp
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