En los últimos años, la ocupación de viviendas ha sido un tema candente en España. Muchos propietarios se preguntan hasta qué punto un okupa puede beneficiarse de derechos que parecen contradictorios con la propiedad privada. En Solfinc no solo somos expertos en la gestión de propiedades y administración de fincas, sino que también ofrecemos seguros para protegerte ante este tipo de situaciones. Según la normativa actual, cualquier residente de una vivienda tiene derecho a empadronarse, incluso si es un okupa. Esto no otorga derechos de propiedad, pero puede complicar el proceso de desalojo. Un okupa tan solo necesita demostrar que reside en la vivienda, por ejemplo, mediante una factura de servicios. Si un okupa se empadrona en tu vivienda, es crucial iniciar lo antes posible los trámites legales para recuperar tu propiedad. En Solfinc, entendemos lo frustrante que puede ser este proceso y estamos aquí para ofrecerte el asesoramiento y los servicios de seguros necesarios para proteger tu hogar. No dejes tu vivienda desprotegida. Asegúrate de tener un seguro que te cubra ante cualquier eventualidad. En Solfinc, puedes encontrar soluciones a medida para gestionar y proteger tus propiedades. Si necesitas ayuda o más información, visita nuestro sitio web y descubre todo lo que podemos ofrecerte. Para más detalles, visita: https://lnkd.in/dnd3sxi9
Publicación de Grup Solfinc
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LA LEY DE VIVIENDA Y LA AUTOFAGIA | Dicen los biólogos que las serpientes de esculapio practican la autofagia o autocanibalismo, desarrollando un comportamiento que les lleva a comerse a si mismas La Ley de Vivienda en España, después de ya unos meses desde su aprobación, experimenta este mismo proceso. Se está comiendo a si misma. No voy a dar datos pues se pueden consultar en muchos portales inmobiliarios, pero es evidente que esta ley ha conseguido justamente lo contrario para lo que fue pensada, y por tanto, es una mala ley, que debería ser derogada de inmediato. Han subido exponencialmente los precios del alquiler, se han eliminado inmuebles de alquiler del mercado, se han puestos restricciones para acceder al alquiler, etc... y el Gobierno de España no actúa frente a un sindiós que no favorece ni al propietario ni al inquilino. El populismo, y en su momento electoralismo, de esta Ley ha llevado a poner en solfa uno de los principio básicos de nuestra Constitución, que es el derecho a la vivienda. La inacción frente a tal situación clama al cielo. Nunca la izquierda ha estado tan desnortada en nuestro país por culpa de unos "líderes" que solo piensan en cómo mantenerse en su poltrona. La izquierda es muy necesaria, pero esto no es la izquierda ni el progresismo. Al menos, la que yo quiero. Me pregunto, si a estas alturas, la ciudadanía debe conformarse con todo lo que estamos viviendo, y si ante tanto sinsentido, no deberíamos movilizarnos de manera general. Y esto no significa ir a las manifestaciones de la oposición, sino revelarse contra quien no sabe ni puede dirigir una nación. Herramientas para ello existe, otra cosa es que queramos utilizarlas. Reflexión a raíz de una noticia que me llamó la atención hoy publicada en La Voz de Galicia.
La «niñofobia» llega al mercado inmobiliario de A Coruña: «No consigo alquilar un piso por tener un bebé de siete meses»
lavozdegalicia.es
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¿Quién sufraga los gastos de la vivienda mientras dure el uso y disfrute sobre la misma? En este caso, debemos diferencias entre los gastos ordinarios de los servicios de la casa y los gastos comunes asociados a la propiedad de la vivienda. Te aclaramos las diferencias entre ambos y quién debe abonar esos gastos, todo en nuestro blog: https://lnkd.in/eQjGkswD En Abogacía HC te brindamos un asesoramiento especializado a tu caso. #UsoyDisfruteVivienda #Gastos #AbogaciaHC #DefensaJuridica
Derecho de uso y disfrute de la vivienda familiar, ¿cuándo se extingue? ¿Quién abona los gastos de la vivienda mientras dure ese uso y disfrute? - Abogacía HC
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Los medios de comunicación se han hecho eco de las conclusiones de la jornada celebrada en COAPI de MADRID sobre los nuevos aspectos legales de la legislación de alquileres y que afectan a los desahucios. Según se destacó durante la jornada, los cambios introducidos en la legislación de los alquileres a través de la Ley 12/2023 por el Derecho a la Vivienda “han ido en detrimento del propietario y a favor del inquilino”. Este desequilibrio se observa en diferentes aspectos de la nueva legislación, que introduce el concepto de vulnerabilidad y amplía los plazos del procedimiento para el desahucio, dificultando las opciones de recuperación de la vivienda o de restitución de rentas impagadas. En este contexto, la reforma introducida por la nueva Ley de Vivienda en los desahucios “favorece la inquiokupación”. Así lo han puesto de relieve medios de comunicación como idealista La Vanguardia Servimedia Confilegal Lawyerpress - Información del sector legal entre otros
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Un grupo de escribanas de la Ciudad de Buenos Aires ha desarrollado una herramienta jurídica innovadora que permite utilizar propiedades protegidas bajo el Régimen de Protección de la Vivienda (anteriormente conocido como "Bien de Familia") como garantía en contratos de alquiler, sin necesidad de desafectar el inmueble de dicho régimen. Tradicionalmente, para ofrecer una propiedad como garantía, era necesario desafectarla del régimen de protección, lo que dejaba al inmueble vulnerable a otros acreedores. Con esta nueva herramienta, el titular del inmueble puede manifestar, mediante escritura pública, que no utilizará la protección del régimen de vivienda frente a reclamos específicos del contrato de alquiler. Esto implica que la protección no se opondrá en caso de reclamos judiciales o extrajudiciales relacionados con el contrato de locación. Esta solución facilita el acceso a la vivienda para inquilinos y propietarios, evitando la necesidad de desafectar el inmueble y manteniendo su protección frente a otros acreedores. Es especialmente útil en situaciones donde, por ejemplo, un hijo desea independizarse y la única garantía disponible es la casa de sus padres, que está protegida bajo este régimen. Con esta herramienta, ya no es necesario "desproteger" la vivienda para utilizarla como garantía en un contrato de alquiler.
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Precedentes ¿Has leído este texto: “El movimiento liberalizador de la propiedad urbana ha de atemperarse, no sólo al ritmo determinado por las circunstancias económicas del país, sino también a las exigencias ineludibles de la justicia social, que constituyen la médula y razón de ser de nuestro régimen político”? Si has pensado que es el preámbulo de la reciente Ley de Vivienda, te has equivocado. ¡Es el primer párrafo de la Ley (franquista) de Arrendamientos Urbanos de 1964! ¿Cuáles fueron las consecuencias de esa ley? 1. Convirtió a España en el país europeo con menor porcentaje de familias viviendo de alquiler. Sólo las familias que disponían de un contrato de alquiler en el momento de la aprobación de la ley siguieron en ese régimen. Eso sí, esos privilegiados mantuvieron su privilegio por muchos años y sus descendientes también. 2. El negocio y la oferta de viviendas en alquiler desaparecieron ya que su rentabilidad era prácticamente nula. 3. Las viviendas de alquiler se deterioraron y con ellos los edificios. Los propietarios no hacían arreglos ni mejoras porque lo que ingresaban no les compensaba esos gastos. Y los inquilinos tampoco, ya que hacer cambios significativos podía conllevarles la pérdida de su derecho de alquiler a precio regulado. 4. Las viviendas vacías se multiplicaron. Para no ganar casi nada era mejor dejar la vivienda vacía y evitar los trastornos que causa tener inquilinos. 5. También aumentó la oferta de venta, pero no tanto como para disminuir los precios. Entre otras razones porque la demanda creció a la par al aumentar el número de personas que debían comprar ante la virtual desaparición de las viviendas disponibles en alquiler. Así que ya tenemos experiencia sobre lo que puede acarrear la interferencia de la administración limitando arbitrariamente los precios y las condiciones de un negocio que, como cualquier otro que afecta a necesidades y derechos humanos esenciales (vivienda, salud, alimentos, energía…), debería estar controlado pero no regulado hasta su asfixia.
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Cambios en los desahucios: ¿Cómo afecta la nueva ley a los grandes tenedores? La Ley de Vivienda redefine quién es considerado un gran tenedor y establece requisitos adicionales para iniciar un desahucio. Esta medida busca asegurar que los derechos de todos estén protegidos, pero ¿qué significa esto para los propietarios? Descubre cómo estos cambios podrían impactar en tus derechos como propietario. Visita nuestro blog: https://lnkd.in/esWq6NzA #Desahucios #LeyDeVivienda #GrandesTenedores
La Nueva Ley de Vivienda: ¿Qué dice sobre la “okupación”? - Abogacía HC
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🔒 ¿Sabías que en 2023 se registraron más de 15.000 denuncias por okupación en España? 🔒 A pesar de una ligera disminución, las okupaciones siguen siendo una preocupación real para los propietarios. 🌐 En nuestro último carrusel, te mostramos los datos más recientes, qué comunidades lideran el ranking y, lo más importante, cómo puedes proteger tu vivienda. 📉 Cataluña, Andalucía, Comunidad Valenciana y Madrid encabezan la lista de denuncias, pero en Wolo tenemos la solución para reducir al máximo el riesgo de que tu vivienda sea okupada. Alquilar tu piso no solo te asegura ingresos, sino que convierte tu propiedad en una morada protegida legalmente. 🛡️ En Wolo, nos encargamos de todo para que puedas alquilar de manera segura y sin preocupaciones. Con inquilinos seleccionados y el alquiler garantizado, te aseguramos tranquilidad total. 💼 👉 Desliza para descubrir más y proteger tu inversión con Wolo. ¡Dale a tu propiedad la seguridad que merece! #Wolo #AlquilerSeguro #Propietarios #Seguridad #Okupas #Vivienda #InversionSegura
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Un derecho que no es tomado en cuenta pero que tiene gran importancia en estos tiempos.
¿Tener derecho a una vivienda significa que el Estado te regala una casa? No exactamente… El derecho a la vivienda significa tener un lugar seguro y adecuado donde vivir y evitar la situación de calle. Pero no obliga a los Estados a darle una casa a cada persona. ¿Entonces cuáles son las obligaciones de los Estados? Primero que nada, tienen que respetar el derecho a la vivienda, por lo que no pueden interferir arbitariamente en la casa de una persona. Por ejemplo, si un policía quema una vivienda se estaría violando la obligación. Además, los Estados deben tomar medidas para garantizar este derecho, como tener leyes que regulen el arrendamiento y las plataformas de alquiler turístico como Airbnb, fomentar viviendas accesibles para compra o alquiler y ofrecer opciones de préstamos accesibles. Para conocer más sobre el tema te dejo este blog post en donde te explico donde está regulado el derecho a la vivienda en el derecho internacional https://lnkd.in/eetde6d3
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Hoy la Ley de la Vivienda cumple un año. Una ley que traspasa la responsabilidad de las administraciones a los particulares privados. Una ley que ha provocado subidas de precio generalizadas en todo el territorio, obligando a los más vulnerables a alquilar una habitación en lugar de un piso. Una ley que ha generado una incertidumbre política que ha obligado a muchos particulares privados a retirar sus propiedades del mercado o a exigir a los inquilinos niveles de solvencia inalcanzables para los más vulnerables. A ver cuándo celebramos el aniversario de su derogación y las administraciones verdaderamente asumen su responsabilidad de facilitar, o al menos posibilitar, una vivienda digna a todos los ciudadanos.
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Los medios de comunicación se han hecho eco de las conclusiones de la jornada celebrada en COAPI de MADRID sobre los nuevos aspectos legales de la legislación de alquileres y que afectan a los desahucios. Según se destacó durante la jornada, los cambios introducidos en la legislación de los alquileres a través de la Ley 12/2023 por el Derecho a la Vivienda “han ido en detrimento del propietario y a favor del inquilino”. Este desequilibrio se observa en diferentes aspectos de la nueva legislación, que introduce el concepto de vulnerabilidad y amplía los plazos del procedimiento para el desahucio, dificultando las opciones de recuperación de la vivienda o de restitución de rentas impagadas. En este contexto, la reforma introducida por la nueva Ley de Vivienda en los desahucios “favorece la inquiokupación”. Así lo han puesto de relieve medios de comunicación como idealista La Vanguardia Servimedia Confilegal Lawyerpress - Información del sector legal entre otros
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