En el día de la adopción Los niños, niñas y adolescentes de nuestro país deberían crecer siempre en un ambiente familiar que los acoja, en un clima de amor y comprensión para que puedan desarrollar armónicamente su personalidad. El Estado y la sociedad, en general, deberían velar por que cada familia pueda criar, educar y corregir a sus hijos e hijas y ayudarlos en los problemas y en situaciones de necesidad. Sin embargo, a veces los padres no pueden hacerse cargo responsablemente de ellos y manifiestan su voluntad de entregarlo en adopción a extraños, modificando radicalmente la estructura familiar. En otras, los niños se encuentran en situación de desamparo, uno o ambos progenitores se encuentran inhabilitados física o moralmente; los han desatendido afectiva o económicamente, los han entregado a instituciones de protección o bien los han abandonado. El Estado tiene la obligación de protegerlos y asistirlos. En Chile, esto se concreta por medio del acogimiento familiar, la adopción y la permanencia en una institución. Las cifras a enero de 2024 indican que 9115 niños han sido atendidos en programas de familias de acogida; 4853 en programas de cuidado alternativo residencial; 25761 atendido en oficinas de protección de derechos. Estas cifras nos conducen a preguntarnos cómo podemos ayudar a nuestros niños. Ellos están expuestos a condiciones adversas y de amenaza por desamparo o institucionalidad prolongada, requieren de una familia a su alrededor para recuperar la confianza en si mismos y en los demás. El proceso se inicia al momento que es separado de su familia de origen, continua con su inserción en la familia adoptiva que le otorga un espacio de vinculación confiable y la posibilidad de recuperar su historia personal. Esta es la posibilidad que brinda la adopción “un camino hacia la reparación y la construcción de una vida”. En este día del niño que esta por nacer y la adopción podemos valorarla, ya sea en su variante de entrega o desamparo, como aquella que permite incorporar como hijo a un niño, niña o adolescente, en una familia que satisface sus necesidades espirituales y materiales, si no pueden ser proporcionadas por su familia de origen. Yasna Otarola Directora de Estudios Instituto de Ciencias de la Familia UANDES
Publicación de Instituto Ciencias de la Familia UANDES
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DIA MUNDIAL DE LA ADOPCION. 9/11/2024 Desde el año 2014 cada 9 de noviembre se celebra el Día Mundial de la Adopción, con el fin de generar conciencia y promover el derecho a que todos los niños puedan crecer en un entorno familiar. La adopción busca siempre el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, es decir, la satisfacción integral de sus necesidades y el pleno ejercicio de sus derechos. Cuando puede ser adoptado? Cabe destacar que una niña, niño o adolescente pueden ser adoptados cuando un juez declara su “situación de adoptabilidad”, esto es el resultado de un proceso judicial que comienza cuando se determina que un niño, niña o adolescente no puede seguir viviendo con su familia de origen, ya sea porque representa un riesgo para su integridad, porque fue abandonado, porque la familia manifestó su deseo de no hacerse cargo, como un sin numero de situaciones que se vislumbran en cada caso particular.- La voluntad de afrontar el camino de la adopción es una decisión trascendental. Las estadísticas que se difunden advierten que la mayoría de los inscriptos en los distintos registros como aspirantes a guarda con fines de adopción apuntan a adoptar a un niño o niña de hasta de 1 año a 3 años de edad. Esta preferencia que se advierte desde siempre, nunca guarda relación con la situación real de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en situación de adoptabilidad ya que un porcentaje muy reducido son niños/niñas de uno a tres años, mientras que nos encontramos con muchos casos de grupos de hermanos, o niños, niñas y adolescentes de mayor edad o que presentan alguna discapacidad o enfermedad. Por lo tanto, es imprescindible que la voluntad adoptiva se extienda a otras edades para garantizarle a cada niño que pueda vivir en el marco de una familia, con el objetivo de garantizar sus derechos que les son reconocidos en los tratados internacionales, específicamente en la Convención de los Derechos del Niño.-
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Adopción Hace mucho quiero hablar de este tema pero teniendo en cuenta que es muy amplio y que seguramente surjan dudas o inquietudes voy a enfocarme en el proceso de adopción Teniendo la posibilidad posteriormente de seguir ampliando 🫶🏼😊 Qué es la vinculación? Antes de la guarda, existe un período llamado de vinculación entre la niña, niño o adolescente y lxs seleccionados por el juez como posibles adoptantes para que se conozcan, teniendo un primer acercamiento y evaluando la transferencia que se genere entre ambas partes. La frecuencia y duración de la vinculación depende de cómo se vaya construyendo ese vínculo, estás deberían de ser supervisadas por el hogar, servicio local o profesional ineherente en la materia Si la vinculación resulta fructífera se dictamina la Guarda provisoria con fines adotivos Qué es la guarda? Es el período de 6 meses en el que conviven quien aspira a adoptar y el posible adoptado antes del juicio de adopción, este periodo es vital importancia porque implica que el niñx y adolescente comienza a residir en la casa de los posibles adoptantes siendo un momento crucial para trabajar en mayor profundidad el vínculo y los roles en la familia El juez tiene en cuenta las características y necesidades de la niña, niño o adolescente que se encuentra en situación de adoptabilidad y lo que expresó la persona que aspira a la guarda al momento de inscribirse, evaluando junto al equipo en pos del bienestar del niñx y la fomentación de sus derechos Es por ello que se sugiere que los niñxs durante este periodo transcurran a un espacio de terapia en donde trabajan el rol y vínculo paterno y materno filial como así también realizar un intento por elaborar las vivencias que dieron lugar a la medida de abrigo en primer instancia. Les comparto el link para saber los requisitos que se solicitan al momento de postularse https://lnkd.in/e2VNF22t https://lnkd.in/eDVeR7Rn
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Existen situaciones que limitan que las niñas y niños que acogemos temporalmente regresen a su familia de origen. En estos casos la adopción se convierte en la forma de garantizar que crezcan en un entorno familiar lleno de amor, garante y protector. Para lograr esto nuestros esfuerzos se concentran en fortalecer familias adoptivas que los amen, respeten, protejan y acompañen el resto de su vida desde el reconocimiento de su historia, sus características y necesidades. La Fundación Chiquitines, hace parte de este bloque de IAPAS (Instituciones Autorizadas para el Proceso de Adopción), que adelantan el trámite de adopción, de acuerdo al Lineamiento Técnico Administrativo del Programa de Adopciones establecido por el ICBF (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar), y la legislación colombiana e internacional en general. Con base en esto, construimos un modelo de atención para familias adoptivas, que incluyen los pasos del Lineamiento, y actividades dentro de las buenas prácticas, que favorecen el proceso de preparación, evaluación y selección de familias idóneas para los niños y niñas declarados en adoptabilidad, a fin de que se conviertan en medios óptimos, garantes de derechos, y potenciadores de desarrollo integral de niños y niñas. Si deseas conocer más sobre el proceso de adopción te invitamos a nuestra próxima charla informativa.
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ADOPCIÓN EN COLOMBIA CON ORIENTACIÓN EXPERTA ¿Sabías que el proceso de adopción puede ser complejo, pero con la orientación adecuada, puede llevar a un resultado exitoso tanto para el niño como para la nueva familia? Los abogados de familia desempeñan un papel crucial en la navegación de los requisitos legales y asegurando una transición sin problemas. Para asegurar una adopción exitosa, es importante: 1. Entender el proceso legal 2. Trabajar con abogados de familia experimentados 3. Prepararse para los estudios y entrevistas en el hogar 4. Ser paciente y mantenerse comprometido Recuerda, la adopción es una hermosa manera de expandir tu familia y proporcionar un hogar amoroso a un niño necesitado. Si necesitas ayuda o orientación en el proceso de adopción, ¡no dudes en comunicarte con nuestro equipo de abogados de familia hoy! #abogado #abogados #abogadosdefamilia #familia #abogadoscolombia #abogadosdivorcio
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ADOPCIÓN EN COLOMBIA CON ORIENTACIÓN EXPERTA ¿Sabías que el proceso de adopción puede ser complejo, pero con la orientación adecuada, puede llevar a un resultado exitoso tanto para el niño como para la nueva familia? Los abogados de familia desempeñan un papel crucial en la navegación de los requisitos legales y asegurando una transición sin problemas. Para asegurar una adopción exitosa, es importante: 1. Entender el proceso legal 2. Trabajar con abogados de familia experimentados 3. Prepararse para los estudios y entrevistas en el hogar 4. Ser paciente y mantenerse comprometido Recuerda, la adopción es una hermosa manera de expandir tu familia y proporcionar un hogar amoroso a un niño necesitado. Si necesitas ayuda o orientación en el proceso de adopción, ¡no dudes en comunicarte con nuestro equipo de abogados de familia hoy! #abogado #abogados #abogadosdefamilia #familia #abogadoscolombia #abogadosdivorcio
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Todo lo que debes saber sobre la adopción y el acogimiento en España: requisitos, pasos y jurisprudencia En España, la adopción y el acogimiento son dos herramientas legales fundamentales para garantizar el bienestar de menores en situación de vulnerabilidad. Aunque ambos procedimientos buscan proteger a los niños, sus características y finalidades son distintas. La adopción establece un vínculo irrevocable y definitivo, mientras que el acogimiento es una medida temporal. Además, el interés superior del menor es siempre el eje central en ambos procesos, tal como establece la legislación y lo refuerzan varias sentencias judiciales. La adopción: un compromiso de por vida La adopción implica la creación de un vínculo legal y permanente entre el menor y los adoptantes, quienes asumen todos los derechos y deberes de la patria potestad. Esto significa que el niño adquiere los mismos derechos que un hijo biológico, como el uso del apellido o los derechos hereditarios. Sin embargo, el proceso de adopción no es sencillo ni rápido. Según el Código Civil, los adoptantes deben cumplir ciertos requisitos. Por ejemplo, deben ser mayores de 25 años y tener una diferencia de edad con el menor de al menos 16 años, con un máximo de 45 años. Además, es obligatorio que los Servicios Sociales emitan un informe de idoneidad que evalúe aspectos como la estabilidad emocional, la capacidad económica y las motivaciones para adoptar. Desde el punto de vista judicial, el Tribunal Supremo, en su Sentencia de 15 de junio de 2021, subrayó la importancia de garantizar el interés superior del menor durante todo el proceso. Según el alto tribunal, esto implica que los jueces deben priorizar siempre el bienestar del niño por encima de cualquier interés de los adoptantes. Seguir leyendo en https://lnkd.in/dUQQnwWH
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👥 𝗟𝗮 𝗮𝗱𝗼𝗽𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝘁𝗮𝗺𝗯𝗶𝗲́𝗻 𝗲𝘀 𝗰𝗼𝘀𝗮 𝗱𝗲 𝗺𝗮𝘆𝗼𝗿𝗲𝘀: 𝘂𝗻𝗮 𝗿𝗲𝗮𝗹𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗽𝗼𝗰𝗼 𝗰𝗼𝗺𝘂́𝗻, 𝗽𝗲𝗿𝗼 𝘀𝗶𝗴𝗻𝗶𝗳𝗶𝗰𝗮𝘁𝗶𝘃𝗮. ⚖🖐A propósito de otro antecedente judicial. Un hombre de más de 80 años adoptó a otro de más de 60 años. Cuando pensamos en adopción, solemos imaginar a niños y niñas pequeños encontrando un nuevo hogar. Sin embargo, la adopción de personas mayores de edad es una posibilidad legal y, aunque poco frecuente, tiene un impacto profundo en las vidas de quienes la experimentan. 🌱 𝗨𝗻 𝘃í𝗻𝗰𝘂𝗹𝗼 𝗾𝘂𝗲 𝘁𝗿𝗮𝘀𝗰𝗶𝗲𝗻𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗯𝗶𝗼𝗹𝗼𝗴í𝗮 La ley argentina permite la adopción de mayores de edad en casos específicos, como cuando una figura paterna o materna ha estado presente desde temprana edad y ha desempeñado ese rol sin ser el progenitor biológico. Esta forma de adopción reconoce y valora los lazos afectivos, las funciones de cuidado y el factor socioafectivo como determinante en la constitución de los vínculos 🔑 ¿𝗖𝗼́𝗺𝗼 𝗲𝘀 𝗽𝗼𝘀𝗶𝗯𝗹𝗲? El Código Civil y Comercial contempla que, por excepción, una persona mayor de edad puede ser adoptada si se trata del hijo del cónyuge o conviviente del adoptante, o bien, si se ha comprobado que existió una posesión de estado de hijo mientras era menor de edad. Estos casos permiten que los vínculos afectivos y las relaciones familiares sean formalizados legalmente, incluso en la adultez. ✨ 𝗣𝗼𝗿 𝗲𝗻𝗰𝗶𝗺𝗮 𝗱𝗲 𝗹𝗼𝘀 𝗽𝗮𝗿𝗮𝗱𝗶𝗴𝗺𝗮𝘀 𝘁𝗿𝗮𝗱𝗶𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹𝗲𝘀 La familia, en su diversidad y pluralidad, no responde a un único modelo. El derecho ha evolucionado para reconocer las distintas formas en que los vínculos familiares se construyen, permitiendo que aquellos que han generado lazos parentales basados en el afecto cumpliendo funciones de padre o madre, y siendo tratados como hijos e hijas, puedan recibir el reconocimiento que merecen, sin importar la edad de la persona adoptada. 🤔 𝗣𝗮𝗿𝗮 𝗽𝗲𝗻𝘀𝗮𝗿 En definitiva, los lazos familiares no siempre se forjan por la biología, sino por el 𝘢𝘮𝘰𝘳, 𝘦𝘭 𝘤𝘶𝘪𝘥𝘢𝘥𝘰 𝘺 𝘭𝘢 𝑝𝘳𝘦𝘴𝘦𝘯𝘤𝘪𝘢 constante. Estos vínculos, pueden tardar años en consolidarse, y como tal, merecen el reconocimiento y la protección legal que otorga la adopción. Al final, lo que importa es el afecto que define y sostiene a una verdadera familia, sin importar la edad de quienes la conforman. 🔗https://lnkd.in/dajBy6HV #VocesConMariana #adopción #derechodefamilia #derechoshumanos
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⚖👨👧𝗗𝗲𝗰𝗹𝗮𝗿𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗮𝗱𝗼𝗽𝘁𝗮𝗯𝗶𝗹𝗶𝗱𝗮𝗱: 𝗽𝗿𝗶𝗻𝗰𝗶𝗽𝗶𝗼𝘀 𝗷𝘂𝗿í𝗱𝗶𝗰𝗼𝘀 𝘆 𝘀𝘂 𝗮𝗽𝗹𝗶𝗰𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗽𝗿𝗮́𝗰𝘁𝗶𝗰𝗮 En el Derecho argentino, la declaración de adoptabilidad es una medida excepcional que prioriza siempre el interés superior del niño. Regulado en el art. 607 del Código Civil y Comercial, garantiza un entorno seguro y protector cuando no es posible su permanencia en la familia de origen o ampliada. ¿𝗖𝘂𝗮́𝗻𝗱𝗼 𝗲𝘀 𝗽𝗼𝘀𝗶𝗯𝗹𝗲 𝗱𝗲𝗰𝗹𝗮𝗿𝗮𝗿𝗹𝗮? 1️⃣ Falta de filiación o fallecimiento: Cuando no se establece la filiación o los padres han fallecido, agotando la búsqueda de familiares idóneos. 2️⃣ Consentimiento informado: Cuando los padres manifiestan su voluntad de dar en adopción, después de los 45 días del nacimiento. 3️⃣ Abandono o maltrato: Cuando existe negligencia o riesgo extremo, y fracasan las medidas de protección y reunificación familiar. 🛡️ Es el último recurso para proteger al niño, conforme al interés superior consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley 26.061. ¿𝗤𝘂𝗲́ 𝗽𝗮𝘀𝗮 𝘀𝗶 𝗹𝗼𝘀 𝗽𝗿𝗼𝗴𝗲𝗻𝗶𝘁𝗼𝗿𝗲𝘀 𝘀𝗲 𝗼𝗽𝗼𝗻𝗲𝗻? ⚖️ La oposición debe probar capacidad para garantizar un entorno adecuado. Si no se acredita, prevalece el interés del niño sobre los intereses adultos. 🗣️𝗗𝗲𝗿𝗲𝗰𝗵𝗼 𝗮 𝘀𝗲𝗿 𝗼í𝗱𝗼 La Ley 26.061 garantiza que los niños sean escuchados según su edad y madurez. Pueden contar con un abogado del niño para asegurar sus derechos en el proceso. 📌✍Ejemplo práctico: "Un fallo reciente declaró la adoptabilidad de dos hermanos, tras agotarse las medidas de reunificación familiar. A pesar de la oposición parental, el tribunal priorizó el interés superior de los niños y dispuso la búsqueda de una familia adoptiva para garantizar su protección." (Estado Provincial (Fiscalía de Estado de la Provincia de Jujuy) vs. F., M. A. y otro s. Control de legalidad de medida excepcional (Art. 40, Ley 26061) - Recurso de inconstitucionalidad - SCJ, San Salvador de Jujuy, Jujuy; 20/11/2024; Rubinzal Online /// RC J 13391/24) 💡 Algunas reflexiones La adoptabilidad no es automática. No son casos ni historias simples. Requiere análisis interdisciplinario, un marco jurídico sólido y sensibilidad hacia las necesidades de los niños. 𝗡𝗼 𝘀𝗲 𝘁𝗿𝗮𝘁𝗮 𝗱𝗲 𝗯𝘂𝘀𝗰𝗮𝗿 𝘂𝗻 𝗵𝗶𝗷𝗼/𝗮 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝘂𝗻𝗮 𝗳𝗮𝗺𝗶𝗹𝗶𝗮. 𝗔𝗹 𝗰𝗼𝗻𝘁𝗿𝗮𝗿𝗶𝗼, 𝗲𝘀 𝗲𝗻𝗰𝗼𝗻𝘁𝗿𝗮𝗿 𝘂𝗻𝗮 𝗳𝗮𝗺𝗶𝗹𝗶𝗮 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗲𝘀𝗲 𝗻𝗶ñ𝗼 𝗼 𝗻𝗶ñ𝗮. 🔗https://lnkd.in/dajBy6HV #VocesConMariana #JusticiaConAlma #derechosdelniño #adoptabilidad
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Me están dando tanto contenido para hablar de adopción, y hacer pedagogía de la adopción que me flipa. Acabo ver este vídeo, sé como funcionan los medios muchas veces. Aunque en este video hay cosas que son bien otras me escuecen al leerlo. Llevamos años revindicando desde diferentes asociaciones que no somos objetos, que a los niños, niñas y adolescentes se les vuelve a abandonar, NO se les devuelve, No tenemos ticket de cambio. Cuando hablamos de "devolver" estamos poniendo el foco en lo que es devuelto, en este caso en los menores en vez de en la persona que ejerce este acto, me reitero a las personas adoptadas no se nos devuelve. Lo que realmente pasa es que la admnisitración retira la patria potestad de los padres al no haber sido capaces de vincular, de reparar, de cuidar, de ajustar sus expectativas, de comprender que estaban ejerciendo una maternidad/paternidad con un niño que ha sufrido experiencias traumáticas, que han llegado a retraumatizar etc Por otro lado, me encantaría que se hablase también de esas adopciones truncadas, en las que las personas adoptadas no vuelven al sistema de protección pero sí son abandonadas en centros terapéticos (no digo que no sean necesarios, pero a veces los padres y madres abandonan allí y se desentienenden de su hij@) Sé que el tiempo es limitado en estas cosas, pero siempre son ventanas de oportunidad para poder hacer pedagogía de la adopción como señalar este aspecto tan relevante, así como rebatir el "tener mérito por adoptar" que telita estas frases... Por otro lado, aunque sé que esto puede rechinar, el lenguaje en adopción importa. Mucho más de lo que pensamos lo mismo pasa con el racismo y el lenguaje racista "lista negra" es un lenguaje racista, ojo que ya nos conocemos no estoy diciendo que nadie sea racista (aunque todos lo somos un poco), ya que el negro siempre se asimila y se usa para decir que algo es malo. Valoro que sigamos teniendo estos espacios par alzar la voz y seguir construyendo una sociedad más sensible a la adopción.
¿Por qué algunas familias devuelven a sus hijos adoptados? "No se cuenta la lista negra que hay de devoluciones"
antena3.com
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👶🌟 ¿Sabías que tus derechos como trabajador/a en caso de adopción o acogimiento son los mismo que por nacimiento? Descubre más detalles en https://bit.ly/3UzipGQ Conocer tus derechos es el primer paso hacia una sociedad corresponsable. #DerechosLaborales #Adopción #Acogimiento
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