Comparto con vosotros el post que hemos publicado hoy en nuestra página web de Devesa, en el que analizo una de las cuestiones que más nos están planteando nuestros clientes, referente al asesoramiento jurídico en cuanto a las actuaciones a llevar a cabo por parte de la empresa cuando se solicita por las personas trabajadoras el ejercicio de un #derecho de #conciliación #laboral. En el post damos respuesta a cuestiones como en qué casos se puede denegar la solicitud de reducción o adaptación de la #JornadaLaboral, o qué diferencias existen en la tramitación de las solicitudes de adaptación o reducción de jornada. Espero que os resulte interesante pero todavía más que me trasladéis vuestros comentarios al respecto. https://lnkd.in/genjZp4A
Publicación de José Luis Valverde Moreno - Manzanaro
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El titular de mi compañero LUIS SAN JOSÉ GRAS siendo el adecuado, me hace pensar que el peligroso ejercicio del exceso de control por la administración e Inspección de Trabajo, pretendiendo evitar el fraude empresarial, genera una prueba irrefutable del fraude de asistencia puntual de los empleados, quedando identificadas públicamente sus ausencias y sus retrasos puntuales y continuos, así como las salidas anticipadas al su fin de jornada, y provocando que, aquellas situaciones de retrasos y salidas toleradas o que pasaban desapercibidas, queden absolutamente evidenciadas. Al margen de la posible ilicitud de la medida, ya que puede tratarse de una injerencia excesiva de la administración al conocer a esta datos de la esfera privada e íntima del empleado, sin conflictos y de forma generalizada, como es la hora de entrada y salida del trabajo. Hasta ahora el Estado ese dato no lo conocía y se abren importantes reflexiones. A mi entender, derogado por este gobierno el artículo 52, d del ET, que permitía la objetividad del abuso en el incumplimiento del horario establecido, aún justificado, que daba lugar a un despido objetivo en relación con el absentismo, se potencia curiosamente un control con un registro objetivo irrefutable que evidenciará el abuso en las faltas de rigor horario de los empleados, que obligara a la empresa a aplicar sanciones y despidos disciplinados por faltas de puntualidad reiteradas e injustificadas. La justicia suele establecer que, el parámetro de demoras de más de 20 minutos en el ingreso o salida previa al fin de la jornada laboral, durante más de 10 días, califique el despido como procedente, y por debajo de este umbral, los Convenios establecen el rango de gravedad de las faltas y sanciones disciplinarias por ausencias menores. De igual modo, la justicia establece como despido procedente, las salidas anticipadas del puesto de trabajo, que sobrepasan la tolerancia empresarial incumpliendo las advertencias; así como, las reiteradas faltas de puntualidad que, sin ser consecutivas, no pueden considerarse esporádicas. El art. 54.2. a) del Estatuto de los Trabajadores considera justa causa para que el empresario pueda extinguir el contrato de trabajo por despido disciplinario, las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo. Aqui dejo mi lectura práctica de las consecuencias de la obligación, que gobierno y sindicatos deberían tener en cuenta, “cuanto más control se ejerce sobre una parte, más control se ejercerá sobre todas”. Me parece que se han metido en un lío que va a perjudicar a quien teóricamente favorece.
Abogado Laboralista. Profesor de Derecho en el Grado de RRLL de la UNIR - Profesor de Derecho Laboral y Habilidades en el Master Universitario de la abogacía y procura Universidad Internacional de La Rioja. UNIR
✏️✏️ 📆📆 🧐🧐 Fichar con papel y boli la jornada laboral en España y con los clásicos cuadrantes de entrada y salida para que el trabajador los rellene al iniciar y acabar su turno, es uno de los métodos que hasta ahora se ha utilizado en muchas empresas en España pero que próximamente dejará de ser una opción válida.
Adiós a fichar: habrá multas y sanciones económicas para las empresas que no registren así a sus trabajadores
elespanol.com
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La implantación de un sistema de fichaje no puede dejar sin efecto los 15 minutos de cortesía de entrada contemplados en un acuerdo de empresa TS, Sala Cuarta, de lo Social, S 410/2024, 5 Mar. 2024, Rec. 143/2021 https://lnkd.in/e27rCexG
FUNDAMENTOS DE DERECHO
laleydigital.laleynext.es
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En la recta final a la implementación de la entrada en vigencia de la #Leyde40ras. Como ya todos saben, este viernes 26 de abril entra en vigencia la ley y la @DireccióndelTrabajo, apoyada por el @MinisteriodelTrabajo, a solo 5 días no dejan de sorprender. En efecto, el pasado viernes, la Dirección del Trabajo emitió un polémico dictamen que era completamente contradictorio el emitido la semana anterior en cuanto a como implementar la reducción de la jornada.. Evidentemente, ello va en contravención a la ley y la última interpretación en cuanto a la forma en que empleadores y trabajadores podían convenir la forma de reducir de la jornada laboral. Demasiada intromisión, excesiva interpretación que va más allá del espíritu de la ley. Resulta evidente que están intentando solucionar aspectos de la ley que con los cuales algunos sectores no quedaron conformes. Como si ello no fuera suficiente, recién este sábado, se publicó en el Diario Oficial el reglamento que determina los limites y parámetros de distribución de los sistemas excepcionales de jornadas. Llega bastante tarde, se ve bastante improvisación en todos esto y, finalmente quienes se ven afectados son los empleadores, sobre todo de las #Pymes que llevan meses intentando dibujar como realizar sus nuevas jornadas de trabajo en sus empresas, pero con tanta interpretación confusa y tardía, todo ello se entorpece y dificulta. En lugar de contribuir daña. Esperamos que para la próxima ley, su vigencia esta pospuesta, y que corresponde a #LeyKarin, las cosas fluyan de manera mas armónica. Les dejo la publicación del reglamento de las jornadas especiales.
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◾️¿Cómo va a impactar en los bufetes de abogados la reducción de la jornada laboral? En una profesión como esta es complicado. Los clientes precisan servicios que a menudo requieren inmediatez, hay problemas y necesidades que hay que abordar a la mayor brevedad, además de los requerimientos de juzgados y de organismos oficiales que hacen que tengas que estar cuando se precisa. ◾️¿Será posible reorganizar el trabajo y hacer lo mismo en menos horas? En principio, esa es la clave de la productividad en términos económicos, pero no siempre es aplicable a todas las realidades empresariales. No al menos en un sector con las características intrínsecas de los despachos de abogados. ◾️Tal y como apunta Luis Jiménez-Arellano Larrea, nuestro responsable del área laboral del Bufete Mas y Calvet, actualmente no es posible firmar contratos temporales para afrontar un pico de trabajo, por lo que los despachos de abogados sólo podrían compensar esa reducción de horas mediante contratos indefinidos. ◾️En el Bufete Mas y Calvet la máxima es la calidad del servicio y la personalización. Nuestro equipo está creciendo y continuará ofreciendo un servicio único, siempre mirando la excelencia. Las personas y sus asuntos son nuestra prioridad. Visita nuestra Web #BufeteMasyCalvet: https://lnkd.in/e_dhsMs 📍Interesante artículo de Ilier Navarro para LA LEY titulado: “El impacto profundo de la jornada de 37,5 horas en los bufetes pequeños”. ¡Gracias por invitarnos a dar nuestra opinión! ➡️ https://lnkd.in/dbdyce-u #reducciónjornada #impactoprofundo #bufetesabogados #IlierNavarro #PYMES #LaLey #soluciones #calidad #servicio #inmediatez #BufeteMasyCalvet #clientes
El “impacto profundo” de la jornada de 37,5 horas en los bufetes pequeños
diariolaley.laleynext.es
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Las #empresas se preparan ante una previsible avalancha de r#eformas en materia de #empleo ➡Los cambios normativos relativos al #tiempo de #trabajo son los que más dudas generan Con el inicio del nuevo curso se han anunciado importantes #reformaslaborales. La reducción de la jornada legal máxima, la eliminación de la extinción automática del #contrato en caso de #incapacidadpermanente, la trasposición de la directiva sobre condiciones laborales transparentes y previsibles, o los planes de #movilidadsostenible son algunos de los temas destacados de la agenda laboral para este otoño. ✍🏻 Irene Ruiz de Valbuena https://lnkd.in/dtdU85Et
Las empresas se preparan ante una previsible avalancha de reformas en materia de empleo
cincodias.elpais.com
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En 2016, desde el Grupo Oregon sacamos al mercado Control Laboral para el registro de la jornada ⌚. Una herramienta de desarrollo propio con la que nos convertimos en referentes en el sector. Éramos conscientes de esta nueva necesidad que tendrían las #empresas, y pudimos ofrecerlas a tiempo una solución segura y cómoda. Sabíamos que el futuro de las compañías sería digital, y no nos equivocábamos. Las medidas para ese registro horario se han ido intensificando. Tras su obligación, el endurecimiento de las multas o la prohibición de los medios biométricos, ahora las noticias anuncian que será necesario disponer de un sistema de 𝗰𝗼𝗻𝘁𝗿𝗼𝗹 𝗵𝗼𝗿𝗮𝗿𝗶𝗼 𝗱𝗶𝗴𝗶𝘁𝗮𝗹 💻. Y se espera que ya dentro de unas semanas sea una realidad, lo que supone que las empresas tendrán que adaptarse a una nueva demanda del Gobierno. Nuestro sistema de registro horario digital cuenta con todas las garantías para las empresas 👍, y ofrece tranquilidad y la posibilidad de destinar recursos en otras tareas. Después llegarán nuevas obligaciones que tendrán que enfrentar las empresas, y el gran equipo con el que contamos seguirá atento para tener preparadas las herramientas que puedan protegerlas 🛡️, y para seguir ofreciendo las mejoras que faciliten las tareas de gestión con empleados. #controlhorario #registrohorario
Las empresas deberán dejar de registrar la jornada con papel y boli y pasarse al digital
elperiodico.com
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RUIDO EN LA ECONOMIA En estos días a estado en polémica la formula que deja al empleador con libertad de ajustar jornada laboral, indicado en la ley, la que puede ser promocional en la jornada, esto a falta de consenso. Ahora cual es la polémica planteada por la ministra, básicamente y en una síntesis simple, es que la reducción debería ser en un día concreto, ya sea al ingreso o en la salida, objeto beneficiar la vida personal. Si bien esto debe estar aclarado para mañana 26 de abril, en que inicia esta nueva norma laboral, pudiendo en caso contrario que ante una fiscalización el criterio del fiscalizador estará alineado a las indicaciones desde el ministerio, teniendo facultad para cursar multa administrativa, la cual si bien es apelable, no deja de crear ruido y agotamiento, pudiendo esto haber quedado resuelto desde su salida del congreso. Si bien estamos acostumbrados a tener que arreglar la carga en el camino a raíz de no contemplar o no ser estudiada en profundidad los impactos a cambios importantes y que involucran a personas y su entorno. Este escenario es ruido para la economía, especialmente entre el empresariado que a la fecha no tienen resuelto o lo tenia en razón a lo que dice la nueva norma. La incomodidad de la incerteza es un enemigo de la claridad y buena convivencia Gobierno y Empresarios. No podemos dejar sin mencionar que también existe un grupo no menor de empresas que su jornada es menor a las 45 horas desde hace mucho tiempo, lo que no afecta en su gestión en especial cuando esta fue desde el acuerdo entre el empleador y los trabajadores. Importante es que toda reducción de jornada no afecte la cantidad y calidad de la producción, donde el trabajo previo desde Recursos Humanos en especial Desarrollo Organizacional haya trabajado de manera estratégica para mejorar competencias y habilidades, en virtud de amortizar el tiempo que se reduce la jornada, este punto es vital, ya que ambas parte se necesitan y deben salir fortalecidos entre sus intereses. #economia #chile #jornada40horas #puertomontt #puertovaras https://lnkd.in/gbSpiygB
40 horas: Gobierno reafirma interpretación que limitó que la reducción de jornada se distribuya en minutos | Diario Financiero
df.cl
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Hoy sale una nueva edición de "Actualidad Laboral" de Fraternidad-Muprespa, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 275 Entre otras noticias encontramos esta, que a mi personalmente me ha parecido muy interesante. 🔹 EL TSJ DE MADRID ABORDA CONTROVERSIA SOBRE LIMITES EN ADAPTACIÓN DE JORNADA POR MOTIVOS FAMILIARES 🔹 El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha resuelto recientemente el recurso de suplicación nº 994/2023, que pone de relieve una cuestión crítica en el ámbito laboral: la adaptación de jornada por motivos familiares no es un derecho absoluto y automático. En este caso, una trabajadora solicitó una segunda adaptación de su horario laboral apenas una semana después de que su primera petición fuera aceptada. La empresa no respondió a esta segunda solicitud, lo que llevó a la trabajadora a presentar una demanda, argumentando la vulneración de sus derechos según el Estatuto de los Trabajadores y varias normativas de igualdad. 📋 Detalles del caso: Situación: La trabajadora, cajera polivalente con una jornada semanal de 30 horas y madre de una niña nacida en 2019. Solicitudes: Dos opciones de adaptación horaria propuestas y una tercera solicitud posterior. Respuesta de la empresa: Aceptación de la segunda opción inicialmente propuesta y no respuesta a la tercera solicitud. ⚖️ Decisión del TSJ: El TSJ de Madrid consideró que: La empresa actuó dentro de la legalidad al no atender la nueva petición, ya que se había concedido una adaptación reciente y no había cambios significativos en las circunstancias familiares. El derecho a solicitar la adaptación de jornada debe ser razonable y proporcionado, sin implicar una obligación continua para la empresa de reorganización. No se encontraron indicios de discriminación por razón de sexo en la decisión empresarial. Esta resolución subraya la importancia de un equilibrio entre las necesidades de adaptación laboral por motivos familiares y las capacidades organizativas de las empresas. Un recordatorio de que, aunque se promueve la conciliación, este derecho tiene límites y debe ejercitarse con responsabilidad y justificación adecuada. 💬 Reflexión: ¿Cómo creéis que debería gestionarse la adaptación de jornadas laborales para asegurar un equilibrio justo entre trabajadores y empleadores? https://lnkd.in/diedRdgJ #DerechoLaboral #ConciliaciónFamiliar #TSJ #Madrid #Igualdad #AdaptaciónDeJornada #LegislaciónLaboral
El TSJ de Madrid aborda controversia sobre limites en adaptación de jornada por motivos familiares
fraternidad.com
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Las #empresas en México deben adaptarse a los cambios legislativos de la jornada de #trabajo y a procurar a sus #trabajadores, de lo contrario, habrá sanciones. Para ello, Grupo Expansión sugiere en reportaje que para no verse afectadas, las #empresas pueden buscar una reestructuración que alcance los objetivos, además de estudiar la #productividad y #eficacia. De igual manera analizar el impacto positivo en #prestaciones y beneficios, en el que las #empresas ofrezcan beneficios flexibles que sean competentes para los trabajadores, entre otros rubros
Adaptarse o sanción: Retos de las empresas por los cambios a la jornada laboral
expansion.mx
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👨🏼⚖️🧑🏻⚖️👩🏽⚖️ #juRHídico - Lecciones prácticas Compartimos el interesante post de Alberto Sánchez González de Cuena & Gómez Aguilera donde relata su experiencia vivida en primera persona en la gestión inicialmente en la empresa y posteriormente en los tribunales de lo social de una adaptación de jornada. Sin conclusiones son muy interesantes. #conveRHsaciones no es saberlo todo 🦉pero es aprender de las buenas prácticas y anotar las lecciones aprendidas para ser mejores
Adaptación de jornada. ¿Derecho absoluto?. 🏛️ Hace apenas unas semanas representamos a un cliente el los Juzgados de lo Social de Madrid por un procedimiento en el que un trabajador solicitaba la adaptación de su jornada laboral. ⏲️ El trabajador tiene una jornada de trabajo en turnos rotativos (mañana, tarde y noche). Solicita un turno fijo de mañana para la conciliación de su vida personal y laboral y el cuidado de sus hijos menores. 🤝 En el periodo de negociaciones, la empresa le propuso no coincidir nunca con los turnos de su mujer (también trabajadora en turnos rotativos de otra mercantil) y, de este modo, que siempre alguno de los progenitores pudiera atender las necesidades de los hijos comunes. ❌ La oferta fue rechazada por el trabajador por lo que acudimos a sede judicial. 👨⚖️ En la Sentencia, el Juzgado de lo Social señala muy acertadamente la acreditación por parte de la empresa de las consecuencias organizativas negativas que supondría la adjudicación a un turno fijo de mañana del trabajador, haciéndose mención expresa a la buena voluntad de la empresa de tratar de solventar el problema en vía extrajudicial. Asimismo, la Sentencia refiere la actitud poco "predispuesta" del trabajador a la hora de buscar una solución pacífica y a la falta de acreditación de este de las necesidades conciliadoras por las que solicitó dicha adaptación de jornada. ✅ A modo de conclusión, en este tipo de procedimientos, la empresa deberá acreditar muy bien la imposibilidad de conceder un turno fijo de trabajo (por ejemplo, acreditando que el otorgar a un trabajador un turno fijo de mañana supondría la modificación sustancial de los horarios de otros trabajadores que prestan servicios a turnos) así como su predisposición a la hora de buscar un acuerdo beneficioso para ambas partes.
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