Publicación de maria isabel egaña bacarreza

Ley 21.440 y deber de lealtad en corporaciones y fundaciones La Ley 21.440, promulgada en abril de 2022, introduce cambios significativos en la regulación de corporaciones y fundaciones al establecer exigencias para resguardar el buen uso de recursos donados. Específicamente, destaca el deber fiduciario de lealtad, que busca prevenir prácticas abusivas en operaciones con partes relacionadas. El artículo mencionado establece las siguientes exigencias y prohibiciones para las entidades inscritas en el registro: i) prohibición de remunerar servicios de sus integrantes, asociados, directores, ejecutivos o personas relacionadas de éstos “a valores superiores a los normales de mercado o de los que normalmente se cobren en convenciones de similar naturaleza, considerando las circunstancias en que se realiza la operación”; ii) obligación del integrante, asociado, director o ejecutivo que contrata con la entidad donataria, o sus relacionados, de abstenerse de la celebración o autorización del acto o contrato respectivo; y iii) obligación de cumplir los mismos requisitos y condiciones con ocasión de cualquier otro beneficio económico que obtengan las personas antes indicadas. El incumplimiento de dichas prohibiciones y obligaciones conlleva la eliminación de la organización del registro, y la imposibilidad de solicitar nuevamente la inscripción, por un plazo de dos años

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Osvaldo Garay

Abogado ejercicio libre en Osvaldo Gara

6 meses

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