Interesante asunto sobre el revisor fiscal.
Publicación de Mauricio Romero
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Hoy queremos hablarles de un tema fundamental: La Revisoría Fiscal #revisoresfiscales #revisoríafiscal #auditoría
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Concepto 68 CTCP de 2024 ¿Cuánto tiempo debe durar la Revisoría Fiscal en una misma entidad?. Concepto 68 CTCP de 202. https://lnkd.in/gns7pJxe
Concepto 68 CTCP de 2024
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WEBINAR | La función del revisor fiscal en PH Marlen Tocarruncho Puentes y Ofelia Barros García nos brindaron una capacitación detallada sobre la figura del revisor fiscal en la PH. Durante esta sesión, abordaron las preguntas más frecuentes en la gestión de copropiedades: 🔹¿Cómo se origina y se define esta figura? 🔹¿Cuáles son sus principales responsabilidades? 🔹¿Qué reportes son fundamentales para llevar a cabo la auditoría? Escucha la charla completa 👉 https://lnkd.in/dgz72caA
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💡 El papel de la independencia en la Revisoría Fiscal: Reflexiones clave según el Concepto CTCP 398 de 2024 💡 En el ejercicio de la Revisoría Fiscal, uno de los pilares fundamentales es la independencia del profesional contable, tanto en apariencia como en sustancia. El reciente Concepto CTCP 398 de 2024 resalta la importancia de este principio al analizar las implicaciones de contratar a un ex revisor fiscal para revisar estados financieros del periodo en que ejerció su rol. 🔍 Puntos clave del concepto: 1️⃣ Contratar al ex revisor fiscal para analizar los estados financieros de un periodo en el que ejerció sus funciones genera una amenaza de autorrevisión, vulnerando el cumplimiento del Código de Ética. 2️⃣ Esto compromete la imparcialidad y objetividad, lo que podría derivar en un conflicto de interés. 3️⃣ La responsabilidad de revisar o reexpresar los estados financieros recae en el actual revisor fiscal, garantizando la transparencia en la información presentada. 📜 Reflexión profesional: Este concepto nos invita a fortalecer los controles éticos y legales en nuestras prácticas profesionales. Como contadores, debemos priorizar la confianza pública y asegurar que nuestras actuaciones reflejen integridad y objetividad. 🚀 En FJ Partners Consultores, entendemos la importancia de mantener altos estándares éticos. Por eso, nos comprometemos a aplicar las mejores prácticas contables y fiscales, protegiendo los intereses de nuestros clientes y respetando el marco normativo. ¿Qué opinas sobre los retos éticos en la Revisoría Fiscal? 💬 ¡Comparte tus comentarios y experiencias! Juntos construimos una profesión más sólida y confiable.
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Conflicto de interés en la elección del revisor fiscal: requisitos y análisis normativo https://lnkd.in/eNrYmZNs Antes de asumir el encargo como revisor fiscal, y durante su desempeño, el contador público debe evaluar si existen inhabilidades (previas al encargo) o incompatibilidades (que surgen durante su ejercicio) que comprometan el cumplimiento de las normas éticas. Estas evaluaciones deben identificar y analizar amenazas que puedan surgir, para aplicar salvaguardas destinadas a eliminarlas o reducirlas a niveles aceptables. Si las salvaguardas no logran mitigar las amenazas, el contador tiene el deber ético de no aceptar el encargo o renunciar al mismo. Este enfoque asegura que se cumpla con los estándares de independencia e integridad profesional.
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Revisoría fiscal en propiedad horizontal https://lnkd.in/g-754YJ5 Requisitos para ser revisor fiscal El nombramiento de un revisor fiscal debe cumplir con ciertos requisitos legales, como lo establece la Ley 43 de 1990 y el Código de Comercio. Para ejercer como revisor fiscal en Colombia, es indispensable ser contador público, lo que excluye la posibilidad de que profesionales de otras disciplinas, como auditores sin dicha calificación, asuman este rol. Duración del mandato del revisor fiscal Respecto a la duración del mandato del revisor fiscal, una vez que la Asamblea General lo nombra, dicho nombramiento tiene un período que debe cumplirse. No existe una renovación automática de su contrato al finalizar su mandato. En caso de que el nombramiento no cumpla con los requisitos legales, se deberá convocar una nueva Asamblea para nombrar a un revisor fiscal conforme a la normativa vigente. Suplencia en la revisoría fiscal La figura del revisor fiscal suplente también es abordada por la normativa. Según el artículo 215 del Código de Comercio, el suplente del revisor fiscal asume todas las responsabilidades del titular en su ausencia, debiendo cumplir con los mismos requisitos.
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OTORGAMIENTO DE PODER GENERAL AL REVISOR FISCAL https://lnkd.in/eMDa8A_s Consulta ¿Es posible que el representante legal de una sociedad otorgue un poder general al revisor fiscal persona natural de la misma sociedad, y si dicho revisor fiscal, en el ejercicio de ese poder, puede realizar operaciones con entidades financieras, firmar pagarés y solicitar créditos, entre otras actividades? Funciones del Revisor Fiscal Las funciones del revisor fiscal deben adherirse estrictamente a lo establecido en el artículo 207 del Código de Comercio. Es crucial evitar cualquier situación que implique una coadministración por parte de este profesional, lo cual contravendría los principios del Código de Ética para profesionales de la contaduría pública, en especial el principio de independencia. Independencia del Revisor Fiscal El revisor fiscal debe mantener tanto la independencia mental como la aparente en el desempeño de sus funciones. Esto es fundamental para preservar su integridad ética y asegurar que sus actuaciones promuevan la integridad, objetividad y escepticismo profesional en todas las circunstancias relacionadas con las actividades de la entidad, según el párrafo 290.5 del Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015. Mantener esta independencia es esencial para que sus opiniones sobre los estados financieros generen confianza en sus usuarios. En resumen, el revisor fiscal no debe asumir responsabilidades administrativas en la entidad a la que presta sus servicios. Asumir tales funciones podría representar una amenaza para el cumplimiento de los principios éticos y de independencia.
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Remuneración y Responsabilidades del Revisor Fiscal Suplente https://lnkd.in/eb2kU6pF Designación y Actuación del Revisor Fiscal Suplente Artículo 215 del Código de Comercio El revisor fiscal suplente tiene como función principal asumir las responsabilidades del revisor fiscal titular en sus ausencias temporales o definitivas. Es importante subrayar que la denominación “principal” no tiene respaldo legal; la normativa se refiere únicamente al revisor fiscal y a su suplente. Esta distinción es relevante, ya que cuando el suplente asume el cargo, lo hace con todas las responsabilidades inherentes a un revisor fiscal. Derecho a la Remuneración del Revisor Fiscal Suplente El revisor fiscal suplente tiene derecho a recibir la remuneración acordada por la asamblea general para su cargo, una vez que asume las funciones del titular. Además, es posible que la asamblea, en ejercicio de sus facultades y conforme al artículo 187 del Código de Comercio, decida asignar una remuneración adicional al suplente, de manera voluntaria. Esto refleja la capacidad de la asamblea para ajustar la compensación según las responsabilidades asumidas por el suplente en el ejercicio de sus funciones. Conclusión El revisor fiscal suplente, al asumir el cargo, adquiere todas las obligaciones y derechos que corresponden al revisor fiscal titular, incluyendo la remuneración acordada. La asamblea tiene la facultad de ajustar dicha remuneración, dependiendo del alcance de las funciones que el suplente deba ejercer. Este enfoque asegura que se cumplan las disposiciones legales vigentes y que el suplente sea compensado de manera justa por sus responsabilidades.
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ROL DEL REVISOR FISCAL EN PROPIEDAD HORIZONTAL https://lnkd.in/eDQ2JzUW Consulta Un propietario de un conjunto residencial bajo la Ley 675 de 2001 planteó varias inquietudes durante la convocatoria para el cargo de revisor fiscal, cuestionando la necesidad del mismo y proponiéndose para desempeñar el cargo sin costo alguno. En la asamblea del 2024, el informe del revisor fiscal no incluyó un dictamen técnico sobre los estados financieros, sino solo recomendaciones administrativas. Además, el revisor fiscal fungía simultáneamente como presidente del consejo de administración. Las preguntas específicas incluyen aspectos sobre la gratuidad de los servicios, validez del nombramiento, ausencia de contrato y dictamen técnico, y posibles sanciones por conflictos éticos y de desempeño. Prestación de Servicios sin Remuneración El CTCP ha señalado que no existe prohibición para que un contador preste sus servicios sin remuneración. Sin embargo, el revisor fiscal debe cumplir con todas las obligaciones legales y profesionales, incluso si los servicios son gratuitos. 👉 Prestar servicios sin costo no exime al revisor fiscal de cumplir con sus responsabilidades conforme al artículo 207 del Código de Comercio y la Ley 675 de 2001. 👉 El contador debe evaluar cualquier amenaza a su independencia y capacidad para cumplir con sus obligaciones. Validez del Ejercicio sin Contrato La Ley 43 de 1990 estipula que los servicios profesionales deben ser acordados por escrito. La falta de contrato y condiciones claras puede comprometer la validez del ejercicio del revisor fiscal. El artículo 46 de la Ley 43 de 1990 establece que los honorarios deben acordarse previamente y por escrito entre el contador y el usuario de sus servicios. Firma de Estados Financieros sin Dictamen Técnico La normativa contable y de auditoría exige que los estados financieros estén acompañados de un dictamen técnico que respalde su veracidad. 👉 Según el artículo 38 de la Ley 222 de 1995, los estados financieros deben ser dictaminados por un revisor fiscal o contador independiente, incluyendo su opinión profesional. 👉 No entregar un dictamen técnico expone a la copropiedad y al contador a riesgos legales y financieros. Aprobación de Estados Financieros sin Dictamen La asamblea general no debería aprobar los estados financieros sin un dictamen técnico, ya que esto compromete la validez y transparencia de la información financiera. NOTA: La falta de un dictamen técnico puede poner en riesgo a los propietarios sobre la veracidad de la información contenida en los estados financieros. Compatibilidad de Roles en la Copropiedad Un miembro del consejo de administración no debería postularse simultáneamente como revisor fiscal para el mismo periodo, debido a posibles conflictos de interés.
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FACULTADES DEL REVISOR FISCAL EN LA DETERMINACIÓN DEL QUÓRUM EN PROPIEDAD HORIZONTAL https://lnkd.in/ebUPa3wq Facultades del Revisor Fiscal en la Determinación del Quórum No es competencia del revisor fiscal anunciar si hay o no quórum en una asamblea de copropietarios o en una reunión del consejo de administración. Esta responsabilidad recae en la persona que preside la reunión o en quien lleva la secretaría de la misma, conforme a los estatutos de la propiedad horizontal. Funciones del Revisor Fiscal en la Asamblea de Copropietarios En las asambleas de copropietarios, el revisor fiscal tiene la obligación de presentar el informe y el dictamen de los estados financieros de la propiedad horizontal. Su papel es fundamental en la rendición de cuentas y en la evaluación de la gestión financiera de la administración. Participación del Revisor Fiscal en las Reuniones del Consejo de Administración Durante las reuniones del consejo de administración, el revisor fiscal cuenta con voz pero no con voto. Su participación no es decisoria, y asiste a estas reuniones únicamente si ha sido invitado previamente. La función del revisor fiscal en este contexto es brindar asesoría y asegurar que las decisiones se tomen conforme a las normas contables y legales vigentes. Conclusión En conclusión, el revisor fiscal no tiene la facultad de determinar el quórum en las asambleas o reuniones del consejo de administración de una propiedad horizontal. Su rol se limita a presentar informes financieros y a participar con voz en las reuniones del consejo de administración, siempre que se le haya invitado previamente. Este análisis se fundamenta en la información proporcionada por el consultante y en los efectos previstos por el artículo 28 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015.
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