¿Sabías que el derecho bancario es una rama del derecho que regula las relaciones entre las entidades financieras y sus clientes? Desde MMJ Abogados, queremos compartir contigo la importancia de entender tus derechos y obligaciones en este ámbito. El derecho bancario abarca una amplia gama de temas, desde la apertura de cuentas y la contratación de productos financieros, hasta cuestiones más complejas como los préstamos, las hipotecas y las reclamaciones por cláusulas abusivas. Es fundamental que como cliente de una entidad bancaria conozcas tus derechos y cómo protegerlos en caso de conflictos o situaciones adversas. En muchas ocasiones, los consumidores pueden encontrarse en desventaja frente a las grandes instituciones financieras, pero contar con el asesoramiento adecuado puede marcar la diferencia. Como abogada especializada en derecho de familia, comprendo la importancia de tener una situación financiera estable para el bienestar de tu familia. Por ello, estoy aquí para ofrecerte mi asesoramiento experto en cuestiones relacionadas con el derecho bancario. Ya sea que necesites ayuda para resolver un problema con tu entidad bancaria o desees asesoramiento preventivo antes de realizar una operación financiera, estoy aquí para ayudarte. Recuerda que conocer tus derechos es el primer paso para proteger tus intereses y los de tu familia. Si necesitas asesoramiento legal en cuestiones de derecho bancario, no dudes en ponerte en contacto conmigo. Estoy aquí para ayudarte a navegar por el complejo mundo de las finanzas y garantizar que tus derechos sean respetados en todo momento. #DerechoBancario #Finanzas #ProtecciónLegal #AsesoramientoJurídico #AbogadoDeFamilia
Publicación de MMJ ABOGADOS DE FAMILIA
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🏛️ Derecho Bancario: Un Área en Constante Evolución que Requiere Experiencia Especializada En un contexto donde la regulación financiera avanza a gran velocidad y los derechos de consumidores y entidades bancarias están en constante revisión, contar con el respaldo de abogados expertos en derecho bancario es esencial para garantizar una protección integral y soluciones efectivas. En BBS Abogados Asociados, contamos con más de 30 años de sólida experiencia en derecho bancario y financiero, brindando representación tanto a particulares como a empresas en una amplia variedad de asuntos, tales como cláusulas abusivas, productos financieros complejos, hipotecas multidivisa, comisiones indebidas, entre otros. 📍 ¿Por qué elegir abogados especializados en derecho bancario? ✅ Profundo conocimiento de la normativa vigente y de las últimas reformas. ✅ Experiencia en litigios bancarios, logrando sentencias favorables para nuestros clientes. ✅ Asesoría personalizada que atiende las particularidades de cada caso y objetivo del cliente. 📌 Ya sea para revisar contratos, reclamar condiciones abusivas o asesorarte en productos financieros, estamos aquí para apoyarte con la experiencia y compromiso que nos caracteriza. #Abogados #Derecho #Bancario #Banco #Financiero #España #Catalunya #Abogado #Sentencia #BBS
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En nuestro bufete especializado en derecho bancario, sabemos que la transparencia en las prácticas financieras es clave. Si te enfrentas a una comisión de apertura injusta en tu hipoteca, estamos aquí para brindarte asesoramiento legal experto. No dudes en contactarnos para proteger tus derechos como consumidor. #derechobancario #transparenciafinanciera #casa #hogar #hipotecas #estabilidadfinanceira #inversion #ahorro #tipsfinancieros #finanzas
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📢 Anatocismo: ¿Sabes cómo afecta a tus préstamos? 💸 El anatocismo, o interés compuesto, es una práctica común en los contratos de préstamos que puede impactar significativamente tus finanzas. Consiste en calcular intereses sobre intereses ya acumulados, lo que aumenta el monto total a pagar de manera exponencial. 🚨 🔍 ¿Cómo te afecta? - Deudas más costosas: Puedes terminar pagando mucho más de lo que pensabas. - Intereses abusivos: En algunos casos, los bancos imponen cláusulas de anatocismo que resultan injustas. - Derechos del consumidor: ¡Es fundamental conocerlos! Están ahí para protegerte de estas prácticas. 📝 Nuestro consejo: Revisa siempre las cláusulas de interés en los contratos bancarios. Si sospechas que estás pagando de más, contacta con nosotros a través de nuestro formulario 👉 https://lnkd.in/eSRaUDeX En Abogados Legalsha, somos líderes en reclamaciones bancarias. Ofrecemos un estudio gratuito de tu caso para ayudarte a reclamar intereses abusivos. 💼 #Anatocismo #InteresesAbusivos #ReclamacionesBancarias #DerechosDelConsumidor #Legalsha #deudas #Madrid
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🔹 ¡𝐄𝐥 𝐃𝐞𝐫𝐞𝐜𝐡𝐨 𝐁𝐚𝐧𝐜𝐚𝐫𝐢𝐨! Pilar Fundamental en la Gestión Financiera y la Protección Jurídica 🔹 En el entorno financiero actual, el derecho bancario se presenta como una disciplina esencial para la adecuada regulación y gestión de las relaciones entre entidades financieras y sus clientes. En 𝐁𝐮𝐟𝐞𝐭 𝐆ó𝐦𝐞𝐳 𝐅𝐞𝐫𝐫é, entendemos la importancia de esta área del derecho y su impacto en la estabilidad económica y la protección de los derechos individuales. 📚 𝐀𝐬𝐩𝐞𝐜𝐭𝐨𝐬 𝐂𝐥𝐚𝐯𝐞 𝐝𝐞𝐥 𝐃𝐞𝐫𝐞𝐜𝐡𝐨 𝐁𝐚𝐧𝐜𝐚𝐫𝐢𝐨: 1. 𝐑𝐞𝐠𝐮𝐥𝐚𝐜𝐢ó𝐧 𝐲 𝐂𝐮𝐦𝐩𝐥𝐢𝐦𝐢𝐞𝐧𝐭𝐨: Garantiza que las instituciones financieras operen conforme a las normativas vigentes, asegurando la integridad del sistema financiero. 2. 𝐏𝐫𝐨𝐭𝐞𝐜𝐜𝐢ó𝐧 𝐝𝐞𝐥 𝐂𝐥𝐢𝐞𝐧𝐭𝐞: Salvaguarda los derechos de los consumidores frente a prácticas bancarias potencialmente perjudiciales y ofrece mecanismos efectivos para la resolución de conflictos. 3. 𝐏𝐫𝐞𝐯𝐞𝐧𝐜𝐢ó𝐧 𝐝𝐞 𝐑𝐢𝐞𝐬𝐠𝐨𝐬: Facilita la identificación y gestión de riesgos asociados a las transacciones financieras, préstamos y otros productos bancarios. 4. 𝐀𝐬𝐞𝐬𝐨𝐫𝐚𝐦𝐢𝐞𝐧𝐭𝐨 𝐄𝐬𝐭𝐫𝐚𝐭é𝐠𝐢𝐜𝐨: Proporciona orientación especializada para optimizar las operaciones financieras y reducir riesgos legales. En 𝐁𝐮𝐟𝐞𝐭 𝐆ó𝐦𝐞𝐳 𝐅𝐞𝐫𝐫é, estamos dedicados a ofrecer asesoramiento legal integral en derecho bancario. No dude en ponerse en contacto con nosotros para cualquier consulta o asistencia que requiera. #DerechoBancario #RegulaciónFinanciera #ProtecciónJurídica #AsesoramientoLegal #BufetGómezFerré
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¿Tienes dudas sobre cómo reclamar los gastos de tu hipoteca tras la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)? Nuestra compañera Cristina Muntañola Álvarez, abogada experta en derecho bancario, ofrece un análisis completo de las principales dudas que pueden surgir a los consumidores en su último artículo publicado en RED ABAFI. En este artículo encontrarás información sobre: ✅ Documentación a presentar ✅ Cantidades que se pueden recuperar ✅ Qué hacer si el banco no te responde o no te da una respuesta satisfactoria ➕ Lee el artículo completo en la sección de noticias de la web de Red Abafi Abogados y Economistas: https://lnkd.in/dN6XJXQP #gastoshipotecarios #hipoteca #TJUE
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👉 En este artículo, nuestra compañera Lola Jiménez Guerrero, abogada especializada en Derecho Bancario analiza una sentencia del Tribunal Supremo en la que declara válida la cláusula suelo al intervenir un abogado en representación de los prestatarios. ⚖️ La sentencia da la razón a la entidad bancaria defendida por RocaJunyent - Gaona, Palacios y Rozados Abogados ya que los prestatarios contrataron el préstamo hipotecario a través de un representante con competencias técnicas y conocimiento del sector, por lo que considera superado el control de transparencia. Artículo completo en nuestro blog ➡ https://lnkd.in/dsjshV55
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¿Crees pagar demasiados intereses a tu entidad bancaria? En ocasiones firmamos contratos sin prestar demasiada atención a la letra pequeña y luego llegan las sorpresas desagradables. En nuestro último artículo hablamos de esto. ¡No te lo pierdas! Y recuerda que si necesitas asesoramiento, contáctanos, te atenderemos de manera personalizada y eficiente. #Herencias #Sucesiones #Tarjetarevolving #ActualidadLegal #BlogJurídico #AbogadosTenerife #AsesoríaLegal #DefensaLegal #TenerifeLegal #AbogadosExpertos #AnaRebecaRodríguez #AbogadosenTenerife
Contrato ‘Revolving’ con TAE del 26,82%, es Condenado por Usura | Abogados en Tenerife | Despacho Jurídico Ana Rebeca Rodríguez
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📚 ¿Sabías que un juicio por deuda de tarjeta de crédito puede afectar tu situación financiera a largo plazo? Es esencial conocer el proceso que involucra desde la Notificación de la Demanda hasta las posibilidades de Negociación y los Derechos del Deudor. Un abogado especializado puede marcar la diferencia en cómo manejar tu caso. ¡Infórmate y protege tus derechos! Descubre más sobre este tema en nuestro artículo completo. [👉 Lee más aquí!](https://lnkd.in/eAVYS4qu)
¿Qué sucede en un juicio por deuda de tarjeta de crédito? Aspectos clave que debes conocer
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Este criterio jurídico aborda el siguiente: La obligación de los bancos de otorgar garantía cuando solicitan la retención de bienes como medida precautoria en procesos mercantiles. El artículo 1175, fracción V del Código de Comercio exige Quien solicite la retención de bienes debe proporcionar una garantía para cubrir posibles daños y perjuicios al deudor si la demanda no se presenta al tiempo o si el deudor resulta absuelto. Sin embargo, el artículo 86 de la Ley de Instituciones de Crédito exime a los bancos de otorgar depósitos o fianzas. Jerga legal. El tribunal resuelve esta contradicción aplicando el principio de especialidad. Determina que el Código de Comercio, al ser una ley especial que regula específicamente las providencias precautorias, debe prevalecer sobre la Ley de Instituciones de Crédito, que es más general y trata sobre el funcionamiento bancario. Esta decisión se fundamenta en principios constitucionales: Busca evitar que se acentué la asimilación entre bancos y usuarios de servicios financieros. Aunque los bancos ya tienen ciertas ventajas legales, el tribunal considera que no deben tener privilegios adicionales las medidas precautorias. Respeta los principios del derecho cautelar, equilibrando el riesgo del solicitante de la medida con la protección al afectado, quien no tiene audiencia previa, pero se le asegura una compensación si la medida resulta injustificada. Maximice el principio de igualdad procesal garantizado en el artículo 17 constitucional, en relación con el mandato del artículo 1o de la Constitución federal. El tribunal opta por desaplicar parcialmente el artículo 86 de la Ley de Instituciones de Crédito y aplicar la fracción V del artículo 1175 del Código de Comercio. Esto significa que los bancos, al igual que cualquier otro solicitante, deben proporcionar una garantía cuando piden la retención de bienes. Esta decisión tiene implicaciones significativas: Fortalece la posición de los deudores en procesos judiciales. Establece un precedente de igualdad procesal en el ámbito financiero. Reafirma la primacía de las leyes especiales sobre las generales en cuestiones procedimentales. Obliga a los bancos a evaluar más cuidadosamente la deuda. Solicitud de medidas precautorias, dado que ahora deben asumir un riesgo financiero. En resumen, este criterio busca equilibrar la balanza entre instituciones financieras y usuarios, asegurando que incluso entidades tan poderosas como los bancos deben seguir las mismas reglas procesales que otros actores en litigios comerciales. Esto representa un avance significativo en la protección de los derechos de los usuarios de servicios financieros y en la equidad del sistema.
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La legislación europea exige que los prestamistas ejerzan un mínimo de prudencia al otorgar créditos, ya sea evaluando el historial económico del deudor, su solvencia o su capacidad de pago. Sin embargo, esto no debe liberar al prestatario de la obligación de ser también prudente y razonable al endeudarse. No debemos asumir como normal que el deudor sea por naturaleza irresponsable y acepte cualquier préstamo sin considerar su capacidad de devolución. Aunque en muchos casos pueda ser así, no es justificable de ninguna manera. Sería equivalente a decir que en tiendas con poca seguridad es normal que la gente hurte y culpar al comerciante por incitar al robo en lugar de al ladrón. Estoy de acuerdo con que la responsabilidad del crédito se comparta entre el prestamista y el prestatario, y esta sentencia sigue esa dirección. Pienso que el excesivo proteccionismo de la normativa de la UE hacia el consumidor, liberándolo de responsabilidad como si fuera un niño o un analfabeto incapaz de comprender lo que firma, solo sirve para fomentar una sociedad dócil e incapaz de asumir la responsabilidad de sus actos, necesitada de protección constante. Quizás eso sea lo que buscan estas políticas paternalistas. Me gustaría que cuando algún "jeta", de esos que todos hemos tenido que sufrir alguna vez, venga a mi oficina buscando acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, poder negarme con la certeza de que otros despachos también lo harán, porque ningún juez permitirá que los de siempre tengan que pagar por la irresponsabilidad de otros. Al final, alguien tiene que pagar, y seguro que no será el banco.
Interesantima sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante, de fecha 19 de julio de 2024, que rechaza la exoneración de pasivo insatisfecho al no ser un deudor de buena fe por su endeudamiento temerario o negligente. Llamo la atención sobre la apreciación que efectúa en torno a que la falta de práctica por el banco de la evaluación de solvencia del deudor, no implica que haya actuado este diligentemente. ➡️ Si los ingresos permanecen estables, y sin la menor expectativa de aumento (salvo la correspondiente actualización vía presupuestos del Estado), resulta negligente incrementar de manera considerable los compromisos de deuda, al no tener capacidad de reembolso. ➡️ Comportamiento económico de asunción de pasivo del que se omite dar explicación alguna. ➡️ Si bien en el proceso incidental de oposición a la EPI, al ser el acreedor el que lo insta, le corresponde probar, por aplicación del art 217.2 LEC, que el deudor está incurso en el comportamiento del art 487.1.6º TRLC, ello no significa que no se deba tener presente en esa valoración la disponibilidad y facilidad probatoria, como contempla el art 217.7 LEC. ➡️ En este caso, el que no se pueda concretar con más precisión las fechas del endeudamiento bancario no es ajeno al deudor, que omite cualquier información sobre el particular, pues perfectamente podía haber sido aclarado por la deudora, sin especial esfuerzo, con indicación de la fecha e importe de la deuda contraída en cada caso ➡️De lo aportado no se puede predicar que en la fecha de solicitud de los préstamos el deudor fuera capaz de atenderlos. ➡️ Se ignora si fue practicada evaluación de solvencia por los prestamistas, pues el que esté prevista tal evaluación ( art 14 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, completado en el artículo 18.2 de Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, modificado, con efectos de 27 de julio de 2021, por el art. 3.3 de la Orden ETD/699/2020, de 24 de julio) no significa que efectivamente se haya llevado a efecto. ➡️IMPORTANTE: Pero es que el dato de que la entidad financiera no actuara correctamente no significa automáticamente que el comportamiento económico del concursado resulte diligente. ➡️ En las concretas circunstancias antes expuestas, cualquier persona debía ser consciente de que el encadenamiento de préstamos unido a la generación de una importante deuda por sanciones administrativas, implicaba irremediablemente la imposibilidad de pago, sin que se dé explicación alguna de ese comportamiento. ➡️ En consecuencia, ese volumen excesivo de deudas en las circunstancias concurrentes es por razones imputables a la voluntad de la deudora, que ha actuado sin la prevención mínima exigible, y que nos permite confirmar la sentencia, al no superar la concursado el estándar de buena fe en que se asienta el instituto que analizamos, dado que el endeudamiento temerario e irresponsable está excluido de la exoneración en el sistema legal diseñado por la Ley 19/2022. 👇👇👇 interesantísima #concursalaznar
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