Newsletter por Sebastian M. Rossi y Sofia Camila Lopez : NOVEDADES NORMATIVAS - NUEVO GOBIERNO ARGENTINO Presentación de Declaración Jurada en el Imp. a las Ganancias y Bienes Personales - Acciones y Participaciones Accionarias - Administración Federal de Ingresos Públicos Billeteras Digitales - Banco Central de la República Argentina Resumen de las novedades normativas de referencia: (I) Impuesto a las Ganancias. Plazo especial para la presentación del Formulario 572 Web. Período Fiscal 2023. Resolución General 5514/2024 – Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). a- La AFIP ha prorrogado -con carácter de excepción- el plazo de presentación del formulario de declaración jurada F. 572 Web, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 30 de junio de 2024, inclusive. b- Esta prórroga aplica a los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 2.442 y 4.003; incluyendo actores, empleados de cargos públicos, trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados, entre otros. c- Asimismo, ha establecido que los agentes de retención practicarán la liquidación anual correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 31 de julio de 2024, inclusive. d- La presente resolución entra en vigencia a partir del 30.05.24. Más info:
Publicación de Estudio Rossi Camilión & Asociados
Más publicaciones relevantes
-
📊 ¿Qué es el SiRADIG y quiénes deben presentar su declaración a través de este sistema? 📝 El SiRADIG es el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias, una herramienta que simplifica la presentación de información tributaria para los empleados y empleadores en Argentina. Con este sistema, los trabajadores pueden transmitir electrónicamente datos importantes para su declaración de impuestos, como deducciones, percepciones y otros ingresos adicionales. ¿Quiénes deben hacer uso de este sistema? Aquí te lo explico: Por el Régimen General: Magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias, así como del Ministerio Público Fiscal de la Nación, nombrados a partir del año 2017. Titulares de cargos equivalentes a Secretario de Estado o superior, diputados y senadores del Poder Legislativo. Directores, síndicos, miembros de consejos de vigilancia de sociedades anónimas y cargos similares en otras entidades. Consejeros de sociedades cooperativas. Beneficiarios de asignaciones mensuales y vitalicias otorgadas a presidentes y vicepresidentes de la Nación según la ley 24.018. Por el Impuesto Cedular a los Mayores Ingresos: Empleados en relación de dependencia restantes, jubilados y pensionados. Actores que reciben retribuciones a través de la Asociación Argentina de Actores. Recuerda que la presentación debe realizarse antes del 31 de marzo del año siguiente al período informado. ¡Asegúrate de cumplir con tus obligaciones fiscales de manera oportuna! #SiRADIG #Impuestos #DeclaraciónDeImpuestos #FinanzasPersonales #EducaciónFinanciera #Argentina #empleados #empleadores
Inicia sesión para ver o añadir un comentario.
-
REGIMEN PERMANENTE DE FACILIDADES DE PAGOS DE LA AFIP El actual régimen permanente de facilidades de pagos de la AFIP fue dispuesto por el organismo en enero del 2023 mediante la RG 5321/2023. La tasa de interés para la financiación está vinculada con la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la presentación del plan. Dependiendo el tipo de plan y de contribuyente la tasa resultaba ser de un 90%, 95% o 100% de la tasa referida hasta enero del 2024. En enero del 2024 la tasa de interés resarcitorio pasó a ser el 5.91% mensual cuando era del 4.25% mensual desde julio del 2022. El 29.01.24 el organismo dictó la RG 5481/2024 modificando la relación del párrafo anterior con la tasa de interés resarcitorio, con el fin de fortalecer el estímulo al trabajo de las pequeñas y medianas empresas, de forma tal que la tasa de financiación sea del 50%, 60% o 100% de la citada tasa. Para el bimestre febrero-marzo 2024 la tasa de interés resarcitorio subió al 15.27% mensual, en abril-mayo 2024 la misma bajó al 12.07% mensual, y para junio-julio 2024 es del 6.41% mensual. La medida es acertada y oportuna pero también existen otras cuestiones que se deberían revisar: - Las medianas empresas Tramo II y los “demás contribuyentes” no pueden incluir en un plan de pagos el saldo de la DDJJ del IVA al momento del vencimiento del pago, ya que recién pueden hacerlo al tercer mes posterior a ese vencimiento. - En algunos casos la cantidad de cuotas del plan de pagos depende del perfil de cumplimiento del contribuyente. - La cantidad máxima de planes de pagos vigentes puede ser inferior a la cantidad máxima de cuotas. Esto puede derivar en que se deban precancelar planes para poder presentar otros, o bien incluir varias obligaciones en un solo plan para no consumir “cupos”. - Ante la caducidad de planes de pagos se reduce la cantidad máxima de planes admisibles. Estos temas deberían ser flexibilizados debido a que pueden representar una real e importante dificultad dentro de un régimen de facilidades.
Inicia sesión para ver o añadir un comentario.
-
¿QUIÉNES DEBEN UTILIZAR EL FORMULARIO F.572 WEB? El formulario F.572 web, disponible a través del servicio con clave fiscal "SiRADIG-Trabajador", debe ser utilizado por: - Trabajadores en relación de dependencia. - Jubilados y pensionados. - Otros individuos que generen ingresos sujetos a la RG 4003/17. Esto incluye a los actores que reciban pagos a través de la Asociación Argentina de Actores, según la RG 2442/08. Su propósito es proporcionar al empleador información sobre las deducciones pertinentes y, en casos de pluriempleo, los ingresos obtenidos de otras fuentes donde el empleador no actúa como agente de retención. También te puede interesar esta noticia: https://lnkd.in/g6A2r9Zh #F572web #DeclaraciónFiscal #Trabajadores #LinkedIn
Inicia sesión para ver o añadir un comentario.
-
💻 *Preguntas frecuentes de AFIP sobre contribuyentes cumplidores en el impuesto sobre los bienes personales* ➡️ Esta guía incluye respuestas a preguntas como: quiénes califican como contribuyentes cumplidores y cuáles son los beneficios disponibles para ellos. Además, detalla cómo verificar la condición de micro, pequeña o mediana empresa, y los pasos para solicitar la caracterización como beneficiario cumplidor. 👉 Pueden acceder al contenido desde este enlace: https://lnkd.in/dPpFrbWa Thomson Reuters Argentina | LEGAL Thomson Reuters Argentina
Inicia sesión para ver o añadir un comentario.
-
📣 ¡Nueva Reglamentación de Moratoria 2024! 📌 La AFIP detalló las particularidades de la nueva moratoria impositiva, aduanera y de la seguridad social. Te compartimos los puntos clave: ☑ Cuotas del Plan: Serán mensuales y consecutivas, con vencimiento el 16 de cada mes. ☑ Importe mínimo en cada cuota: No menor a $2.000. ☑ Porcentaje de Pago a Cuenta y Cantidad Máxima de Cuotas: Los planes superiores a 36 cuotas requerirán un pago a cuenta, según el tipo de contribuyente. ☑ Refinanciación de Planes Vigentes: Opción de pago al contado o hasta 3 cuotas. Si no hay saldo a ingresar, se debe presentar el formulario F. 1242. ☑ Tasa de Interés Mensual: Variable, actualmente TEM 3,531% fijada por el BNA. ☑ Caducidad del Plan: Según el tipo de plan. 📝 ¡Para conocer más descargate el PDF de este post! 👉🏼 ¿Dudas o consultas? ¡Escribinos! En KMP Gestión estamos listos para asesorarte y aprovechar al máximo esta oportunidad. Paola Manzo Maria Santorsola Jesica Barbiero Ignacio Bermejo Ignacio Berro #kmp #kmpgestion #AFIP #auditores #consultores #moratoria #moratoria2024 #impuestos #fiscal
Inicia sesión para ver o añadir un comentario.
-
🚨 BUENAS NOTICIAS para los contribuyentes, AFIP confirmó la baja de la tasa de interés resarcitorio y punitorio a partir de JUNIO 2024. Hasta el momento las mismas eran de 12,07% y 13,93% respectivamente, y pasarán a ser de 6,41% y 7,39%. Entendemos que también bajará la tasa de financiación de los planes de pago permanentes de AFIP ya que la misma está relacionada a la tasa de interés resarcitorio, pero aun la Administración no lo confirmó. #intereses #interesresarcitorio #interespunitorio #plan #planesAFIP #AFIP #financiero #financiacion
Inicia sesión para ver o añadir un comentario.
-
🚨 ¿ARCA cambia tu relación con la AFIP? 🚨 ¿Ya escuchaste sobre ARCA? Es la nueva entidad que toma el lugar de la AFIP en temas de impuestos y aduana. 🏛️ 👉 Lo esencial se mantiene: tu CUIT, clave fiscal, fechas de vencimiento, y hasta el monotributo siguen igual. 🔍 Pero, ojo, ¡ARCA no elimina tus deudas ni tus planes de pago! Las obligaciones como el IVA aún están vigentes. ¿Querés saber cómo este cambio puede afectarte? 💬 ¡Escribinos y resolvé tus dudas! #ARCA #Impuestos #AFIP #Monotributo #AsesoríaFiscal #ImpuestosArgentina #ActualizaciónFiscal #servicioscontables
Inicia sesión para ver o añadir un comentario.
-
📰 Con el cierre de la AFIP, ¿cómo cambiará la vida de los argentinos? En esta nota, nuestro periodista ROBERTO CACHANOSKY explica el alcance de esta histórica decisión del gobierno, que transformará la relación de los contribuyentes con el sistema tributario y plantea nuevos desafíos para la economía. Leé el análisis completo acá 👉 https://lnkd.in/dUGQhS7t #Economía #AFIP #Argentina #MDZ
Desaparece la AFIP: ¿en qué le cambia la vida a la gente?
mdzol.com
Inicia sesión para ver o añadir un comentario.
-
# 📜 NORMAS RIMPE 📜 Estimados clientes y amigos, El Servicio de Rentas Internas ha establecido las normas para el régimen RIMPE. Aquí destacamos algunos puntos clave: 1. 🚫 Se excluyen servicios profesionales, actividades de comisión, rentas de capital y personas en relación de dependencia. 2. 🔄 Negocios que cumplan nuevas condiciones seguirán en el régimen RIME-emprendedor. 3. 🕒 Suspensión de RUC no afecta si se reinician actividades en el mismo año fiscal. 4. 📅 Declaraciones de IR tienen fechas específicas. 5. 🏢 Instituciones sin fines de lucro presentan declaraciones semestrales de IVA. 6. 🚀 Ciclo pre-operativo cuenta desde ingresos operacionales. 7. 📑 Cambios de condición requieren comprobantes electrónicos. 8. 💡 Cambios de negocio afectan la tarifa de IVA. Para más detalles, ¡estamos aquí para ayudarte! 💬 #NormasRIMPE #ImpuestosEcuador #SRI #sycoinforma
Inicia sesión para ver o añadir un comentario.
-
#AndersenNews 📝 📄 El Servicio de Rentas Internas (SRI), mediante Resolución nro. NAC-DGERCGC24-09 de marzo 15 de 2024, estableció las normas para la declaración y pago de la Contribución Temporal de Seguridad (CTS) establecida en la Ley Orgánica para Enfrenar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica, conforme lo indicado a continuación: 📌 Los sujetos pasivos obligados a declarar y pagar la CTS en los ejercicios fiscales 2024 y 2025, deberán calcular la tarifa del 3,25% de la contribución sobre el valor reportado como utilidad gravada para el cálculo del Impuesto a la Renta del ejercicio fiscal 2022. Están exentos de pagar la CTS 👀: 🏭 Microempresas de 1 a 9 trabajadores, con venta o ingreso bruto anual igual o menor de USD 300.000 🏢 Pequeñas empresas de 10 a 49 trabajadores, con venta o ingreso bruto anual de USD 300.000 a USD 1.000.000 🏚️ Sociedades legalmente canceladas antes de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica para Enfrenar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica 📑 La declaración y el pago de la CTS se realizará a través del “Formulario 124 – Formulario de Declaración y Pago para Contribuciones Temporales por el Conflicto Armado Interno (2024 – 2025) y Contribución Única y Temporal (2021 – 2022 – 2023)” 🗓️ El plazo para declarar y pagar la CTS es hasta el 31 de marzo de 2024 y 2025, respectivamente (incluyendo los contribuyentes con domicilio principal en Galápagos) 💰En caso de incumplimiento, la multa será del 3% de la obligación generada, por cada mes o fracción de mes de retraso. #contribuciones #asesorestributarios #ecuador #reformatributaria
Inicia sesión para ver o añadir un comentario.
1282 seguidores
--
5 mesesTendré en cuenta esto