Jesús Rodríguez Márquez analiza el plazo máximo de resolución de la tasación pericial contradictoria, así como las consecuencias derivadas de su incumplimiento. Todo ello, con una revisión crítica de la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la materia. https://lnkd.in/dREjd6AJ
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💡 Analizamos la reciente #sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) número 1.574/2024, de 9 de octubre, ponencia de la #magistrada Esperanza Córdoba Castroverde. 🤔 Según explica el #tribunal, las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para formar jurisprudencia en este casos consisten en determinar si, una vez interpuesto recurso contencioso-administrativo contra un acto desestimatorio presunto, por silencio administrativo, de la reclamación formulada ante un #órgano revisor económico-administrativo, este último puede dictar resolución expresa, de forma extemporánea (tardía), declarando la inadmisibilidad de la reclamación cuando constate la superación del plazo máximo para interponerla. ✍️ Lee el artículo de Ana Belén Gómez Díaz, doctora en Derecho por la UCM y profesora asociada de derecho administrativo de la misma comunidad.
Resolución expresa tardía del TEAC declarando la inadmisibilidad por extemporaneidad de una reclamación económico-administrativa
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🟡 No se puede denegar una prórroga del plazo de alegaciones por el mero hecho de que su concesión suponga la superación del plazo máximo de duración del procedimiento inspector con la consiguiente prescripción, pues lo contrario supondría un vicio de falta de motivación. ⚖ Así lo ha expresado el Tribunal Supremo después de conceder, a través de una reciente sentencia que marca jurisprudencia, que la Administración debe justificar adecuadamente la denegación de dicha prórroga. #sentencia #jurisprudencia #agenciatributaria #tribunalsupremo #derecho #judirico #legal #abogados #procuradores #servicioslegales https://lnkd.in/dwhFaJn5
No se puede denegar una prórroga del plazo de alegaciones por superar el plazo máximo de tiempo permitido
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Muy interesante la reciente sentencia de la Sala de lo Contencioso – Administrativo del Alto Tribunal en el que resuelve sobre el siguiente interés casacional objetivo relativo a la tasación pericial contradictoria: ▶ «Determinar si la falta de depósito de honorarios del tercer perito y que supone, conforme el artículo 135.3,párrafo 4º, de la Ley General Tributaria, la aceptación de la valoración realizada por el perito de la otra parte impide o limita de algún modo los motivos de impugnación que el contribuyente puede alegar en la vía judicial respecto de la valoración y que, por tanto, deben ser examinados por el órgano judicial”. 👉 Gracias a Economist & Jurist por contar con la opinión de Administrativando Abogados sobre esta interesante cuestión. https://lnkd.in/d59TAnEY
Los honorarios de la tasación pericial contradictoria
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Entradas y registros tributarios 📰 Artículo en el que nuestro Socio-Director, Antonio Benítez Ostos, reflexiona acerca de la Sentencia de 1 de marzo de 2024, de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, referida a dos cuestiones: 1. Consentimiento para la entrada 2. Pruebas obtenidas en los registros Durante un procedimiento inspector🕵️ Puedes leerlo en el siguiente link:
A propósito de las entradas y registros en el ámbito tributario
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INTERESANTE fallo de la Corte de Apelaciones de La Serena que rechaza el recurso de casación en la forma deducido por el contribuyente fundado en las causales del artículo 768 Nº4 y 5 del Código de Procedimiento Civil, y asimismo rechaza el recurso de apelación confirmándose en consecuencia íntegramente la sentencia definitiva dictada por el Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero Región de Coquimbo En resumen, rechaza el recurso de casación de forma fundado en el vicio de nulidad contendido en el artículo 768 Nº4 Código de Procedimiento Civil, esto es, “en haber sido dada -la sentencia- ultra petita, y el vicio contenido en el artículo 768 N°5 en relación al artículo 170 N°4, ambos del Código de Procedimiento Civil, esto es, “en haber sido pronunciada -la sentencia- con omisión de cualquiera de los requisitos enumerados en el artículo 170”; causal que la relaciona con el numeral 4: “Las consideraciones de hecho o de derecho que sirven de fundamento a la sentencia”. Respecto del recurso de apelación, el presente considerando resume la pretensión del contribuyente : DÉCIMO SEXTO: Que, como se desprende de lo alegado por la recurrente, sobre la base de los que identifica como errores graves del fallo, lo que se reprocha es la convicción que arribó el tribunal de base, respecto a que no se cumplieron cada uno de los requisitos legales para que sea procedente autorizar la corrección de errores propios como vía de permitir la devolución de los PPUA, todo lo anterior al no efectuar un adecuado examen y valoración de la prueba.
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Al conocer un Recurso de Casación, el Tribunal de Casación de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, cambia una línea jurisprudencial que tiene desde 2011 aproximadamente, que establecía que si una cláusula penal no obedecía a principios de proporcionalidad y razonabilidad, a pesar de no haberse interpuesto Recurso de Objeción, su aplicación era igualmente nula. En la sentencia 000104-F-TC-2024, se establece precisamente que si no se presentó dicho recurso, opera el principio de preclusion de la materia y no puede impugnarse el contenido de la cláusula penal por su quantum, máxime cuando se aceptó expresamente la misma. Es una nueva línea que al menos a mi me parece acorde al artículo 22 del Código Civil.
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Interesantísima sentencia del Tribunal Supremo ‼️ ➡️ La prescripción -en su modalidad extintiva- de acciones o de derechos presenta una dimensión sustantiva, que no puede confundirse con la dimensión procedimental que el artículo 30 LPAC -y, antes, el art 48 de la Ley 30/1992- puede proyectar eventualmente sobre otros plazos, como, por ejemplo, los de interposición de recursos administrativos. ➡️En el escenario de la prescripción de un derecho, como el que nuestro ordenamiento jurídico tributario reconoce a la Administración para liquidar la deuda tributaria, no resulta posible defender la ampliación o extensión de dicho lapso temporal sobre la base del carácter hábil o inhábil del último día del plazo. ➡️En este contexto, un plazo de prescripción de un derecho, fijado por años, se computa de fecha a fecha, conforme al art. 5 del Código Civil, a estos efectos de aplicación supletoria, a tenor de su artículo 4.3 y del art 7.2 LGT, con independencia de que el último día del plazo sea hábil o inhábil, máxime cuando, como recuerda el apartado 2 del citado art. 5 CC, en el cómputo civil de los plazos no se excluyen los días inhábiles.
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Hola linkedisn@s, hoy les comparto un interesante fallo respecto de la legalidad del acta de denuncia.
FALLO SOBRE ONUS PROBANDI Y PRESUNCIÓN DE LEGALIDAD DEL ACTA DE DENUNCIA La Corte de Apelaciones de San Miguel, REVOCA la sentencia apelada de 28/05/2024 dictada por el Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana de Santiago que rechazó el Acta de Denuncia N°14, de 16/08/2022, y en su lugar ACOGE, con costas, la mencionada Acta de Denuncia por infracción al artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario y condena a la sociedad contribuyente por infracción a dicha norma. El fallo declara que conforme lo establecido en el artículo 3 de la Ley N°19.880, el Acta de Denuncia es acto administrativo que goza de presunción de legalidad y que en virtud de lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil, y en virtud de lo que dispone el artículo 21 inciso 1° del Código Tributario, respecto al onus probandi, señala que “el Acta de Denuncia, se basta a sí misma como acto administrativo, por lo que correspondía al denunciado, acreditar la veracidad de sus declaraciones o desvirtuar los hechos denunciados, lo que en la especie, no ocurrió” Adjunto fallo de la Corte de Apelaciones
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El TS reitera su doctrina sobre el efecto de la caducidad del procedimiento de tasación pericial contradictoria por causa imputable a la Administración que implica el levantamiento automático de la suspensión del procedimiento de inspección principal
El TS reitera su doctrina sobre los efectos de la terminación por caducidad del procedimiento de tasación pericial contradictoria
fiscal-impuestos.com
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▶ La Sentencia TS 1369/2024, 22 julio, ha abierto una nueva dimensión en la interpretación del Principio de Buena Administración, un pilar fundamental en las relaciones entre los ciudadanos y la Administración Pública. En este análisis, pretendo profundizar en los efectos de esta decisión judicial: https://lnkd.in/eutg3WdG
La denegación de la ampliación del plazo alegatorio como una actuación discrecional de la administración
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