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Publicación de TP Consulting Ecuador
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🚀 ¡Optimiza tus Finanzas! Procedimiento Ágil para la Devolución del IVA en Ecuador 🌐💼 Publicación: ¿Sabías que puedes simplificar y agilizar el proceso de devolución del IVA en Ecuador? La Resolución No. NAC-DGERCGC18-00000070 del Servicio de Rentas Internas (SRI) establece un procedimiento eficiente para la devolución del crédito tributario generado por las retenciones en la fuente del IVA. Esta normativa promueve la equidad y eficiencia en el sistema tributario ecuatoriano, facilitando a los contribuyentes optimizar sus recursos financieros. 📝💡 Fundamentos Legales: • Constitución de la República del Ecuador: Principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria. • Ley de Régimen Tributario Interno: Artículos 68 y 69 sobre la liquidación del IVA y tratamiento de saldos a favor. • Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno: Artículo 156 sobre el uso del crédito tributario derivado de retenciones de IVA. Procedimiento: 1. Ámbito de Aplicación: Solicitudes de devolución del crédito tributario generado por retenciones en la fuente del IVA. 2. Periodicidad: Mensual y en orden cronológico. 3. Presentación de Solicitudes: Formato especificado en el portal del SRI. 4. Requisitos Generales: • Cédula de ciudadanía y papeleta de votación. • Nombramiento del representante legal (si aplica). 5. Medios Probatorios Requeridos: • Listado digital de comprobantes de retención. • Declaraciones mensuales del IVA. • Libro mayor de la cuenta de retenciones en la fuente de IVA. Plazo para la Devolución: • Las solicitudes deben ser atendidas en un plazo no mayor a 90 días hábiles. Responsabilidad: • La exactitud de la información y documentación es responsabilidad exclusiva del solicitante. La falsificación puede dar lugar a acciones legales. Aprovecha esta oportunidad para optimizar tus finanzas y garantizar el cumplimiento fiscal. 🌟 Hashtags: #Finanzas #IVA #DevoluciónIVA #SRI #Ecuador #CumplimientoFiscal #EficienciaTributaria #OptimizaciónFinanciera #LeyTributaria #ResoluciónSRI #EconomíaEcuatoriana. 🔸 ¡Agenda tu cita ahora y te ayudaremos lo más pronto posible! 📲 Llámanos o escríbenos: itoaquiza@gmail.com
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Conteo regresivo... A sólo 10 días de dar inicio el curso especializado de impuestos diferidos (NIC 12) y posiciones tributarias con incertidumbre de hechos económicos que suscitan el reconocimiento, medición, presentación y nivel de revelación como la tasa efectiva, dentro del cual algunas entidades o compañías incumplen de los diversos sectores económicos en el Perú (Aproximadamente el 23%) y en otros países. Este curso busca también identificar y relacionar el Tax Planning (Planeamiento tributario) con los impuestos diferidos que son una base importante como consecuencia para el pago/ahorro del impuesto a las ganancias total. ¡Los esperamos!
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TINKTAX NEWS 💡 Informe tributario y de gestión | Cuarto trimestre 2023 El SAT publicó el Informe tributario correspondiente al último trimestre de 2023, en donde se expresaron los ingresos tributarios del año pasado: 📈 En el periodo enero-diciembre de 2023, los ingresos tributarios alcanzaron 4 billones 517 mil 730 millones de pesos, un incremento en 12.3% real anual que representa 705 mil 210 millones de pesos más en términos nominales, respecto al mismo periodo del año anterior, resultado de mayores pagos por concepto del ISR, IVA e IEPS. 📍Se recaudaron 1 billón 366 mil 583 millones de pesos por concepto de IVA. 🌍 Por operaciones de comercio exterior se obtuvieron ingresos del IVA por 851.5 mil millones de pesos. 📍Se recaudaron 327 mil 569 millones de pesos más que el año anterior por concepto de IEPS. 🌍El IEPS obtuvo un incremento del 229.2%, correspondiente a la recaudación por contribuciones de comercio exterior. 📥 Consulta completa: https://lnkd.in/eqZxtzZN Hablemos… TINKTAX Firma especializada e independiente en servicios legales y fiscales en materia aduanera y de comercio exterior enlace@tinktax.com +52 554 500 9121 | +52 442 127 8706 +52 333 815 3998 #Comercio #ComercioExterior #InformeTributario #IVA #IEPS
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#InformeSUNAT Estimada comunidad, Les compartimos, el segundo Informe SUNAT en materia tributaria del presente año. INFORME SUNAT N° 000010-2024-SUNAT/7T0000 📌 Consulta: Se consulta si para efectos de la determinación del impuesto a la renta, las rentas de fuente extranjera obtenidas por una empresa industrial domiciliada en el Perú por concepto de intereses derivados de un préstamo otorgado a favor de una empresa vinculada no domiciliada, y los dividendos recibidos en calidad de accionista de esta última deben imputarse al ejercicio gravable en que se perciban conforme a lo previsto en el inciso d) del segundo párrafo del artículo 57 de la Ley del Impuesto a la Renta. 📌 Conclusión: Para efectos de la determinación del impuesto a la renta, las rentas de fuente extranjera obtenidas por una empresa industrial domiciliada en el Perú por concepto de intereses derivados de un préstamo otorgado a favor de una empresa vinculada no domiciliada, y los dividendos recibidos en calidad de accionista de esta última deberán imputarse al ejercicio gravable en que se perciban conforme a lo previsto en el inciso d) del segundo párrafo del artículo 57 de la Ley del Impuesto a la Renta, en la medida que no provengan del ejercicio de una actividad empresarial en el exterior. Publicado el día jueves 29 de febrero del 2024. Fuente: https://lnkd.in/eKTB76KK
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Si has pagado impuestos fuera del país, es importante que conozcas cómo aplicar correctamente el descuento tributario por impuestos pagados en el exterior. Según los artículos 254 y 259 del Estatuto Tributario, este beneficio te permite descontar el impuesto sobre la renta extranjero en el mismo año o en periodos posteriores. ¿Qué debes tener en cuenta? 1. Certificados fiscales: Asegúrate de contar con los documentos necesarios emitidos por las autoridades tributarias para respaldar tu solicitud. 2. Límites legales: El descuento no puede exceder el impuesto básico de renta que te corresponde en Colombia. ¡No pierdas este beneficio! Accede al contenido del concepto completo. Obtén una demo gratuita y mantente actualizado con nuestras soluciones jurídicas y tributarias. 🌐 https://lnkd.in/evnK8hRh #noticieroficial #DIAN #tributario #contable #impuestos #colombia
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Hicimos un eBook sobre el Impuesto Sustitutivo de Impuestos Finales (ISIF) 📖🌏 El abogado Rodrigo Benitez y el auditor tributario Ángelo González Salazar desarrollaron este material con las claves de este nuevo beneficio, cuáles son los requisitos para acogerse, cómo se pagará, en qué moneda podrá declararse, cuáles son las ventajas, etc. Es un regalo que te queremos dar por formar parte de esta comunidad, ¿lo lees y nos cuentas qué tal? 👀 Enlace: https://lnkd.in/eUHdKjXU #SWChile #Abogados #Obligacionestributarias #Impuestos #Impuestosfiscales #Impuestosustitutivo #ISIF
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📄 Ley N° 21.716: Importantes ajustes en la Ley de Cumplimiento Tributario 📄 Compartimos la reciente publicación de la Ley N° 21.716, que modifica y amplía los plazos establecidos en la Ley N° 21.713 para asegurar un adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias. Esta actualización incluye una extensión de las fechas límite de varias disposiciones clave, brindando más tiempo para su implementación efectiva. A modo de resumen: 📌 Se amplía el plazo hasta el 31 de diciembre de 2024 para poder reconocer activos, bienes o divisas no declarados en el país, según el artículo undécimo transitorio (que vencía el 30 de noviembre). 📌 Se amplía el plazo hasta el 31 de diciembre de 2024 para poner término anticipado a juicios tributarios, según el artículo duodécimo transitorio (que vencía el 30 de noviembre). 📌 Se extiende por 90 días desde la publicación de la presente ley la posibilidad de solicitar ante el Servicio de Tesorería convenios de pago de hasta 48 cuotas, con condonación de intereses y multas y sin pie, establecido en el artículo decimotercero transitorio (que vencía el 31 de octubre). Este plazo fue extendido a solicitud de la Comisión de Hacienda de la Cámara, al ser una norma de especial importancia para las Pymes. 📌 Establece una norma especial de vigencia para el artículo 16, de forma que la modificación de la partida arancelario 00.23 entre en vigencia en el mismo plazo que las modificaciones de IVA contenidas en el artículo 3 de la Ley N° 21.713. Los invitamos a leer el documento completo para conocer todos los detalles sobre estos ajustes. #Impuestos
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𝐄𝐥 𝐍𝐮𝐞𝐯𝐨 𝐕𝐚𝐥𝐨𝐫 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐔𝐈𝐓 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐞𝐥 𝟐𝟎𝟐𝟓 𝐒𝐞𝐫𝐚́ 𝐝𝐞 𝐒/ 𝟓,𝟑𝟓𝟎 El día de hoy, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo N° 260-2024-EF, que establece el nuevo valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el año fiscal 2025. A partir del 1 de enero del próximo año, la UIT tendrá un valor de S/ 5,350, lo que representa un incremento de 3.88% (S/ 200 soles) con respecto al monto actual. Este ajuste en el valor de la UIT, dispuesto por el Gobierno Central, tendrá implicaciones en diversos aspectos tributarios, ya que la UIT se utiliza como referencia para calcular impuestos, multas y otras obligaciones fiscales establecidas por la legislación nacional, de cumplimiento obligatorio para los administrados. #UIT2025
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¡Cambios Tributarios Clave para 2025! 📢 El 1 de enero de 2025 entran en vigor importantes modificaciones a la Ley del Impuesto a la Renta en Perú. Aquí lo más relevante: 🔸 Aplicación retroactiva de Acuerdos Anticipados de Precios (APA): La SUNAT podrá aplicar estos acuerdos a ejercicios anteriores, ofreciendo certeza tributaria a contribuyentes nacionales y extranjeros. 🔸 Nuevos métodos de precios de transferencia: Se podrán usar métodos como el flujo de caja descontado y múltiplos en casos donde los métodos tradicionales no sean aplicables, siempre que cuenten con un informe técnico previo. Para conocer todos los detalles, te invitamos a leer nuestro boletín completo o contacta a uno de nuestros especialistas: Francisco Arballo, Oscar Cruz y Brenda Minaya Aponte ¡No te lo pierdas! #ReformasTributarias #PreciosDeTransferencia #LeyImpuestos
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🚨 Cambios en materia de Precios de Transferencia en Perú para 2025 🚨 A partir del 1 de enero, la SUNAT podrá aplicar retroactivamente los Acuerdos Anticipados de Precios (APA) y se permitirán nuevos métodos de precios de transferencia, como el flujo de caja descontado y múltiplos, con respaldo técnico. #Tributación #ReformaTributaria #PreciosDeTransferencia #GrupoConsultorEFE
¡Cambios Tributarios Clave para 2025! 📢 El 1 de enero de 2025 entran en vigor importantes modificaciones a la Ley del Impuesto a la Renta en Perú. Aquí lo más relevante: 🔸 Aplicación retroactiva de Acuerdos Anticipados de Precios (APA): La SUNAT podrá aplicar estos acuerdos a ejercicios anteriores, ofreciendo certeza tributaria a contribuyentes nacionales y extranjeros. 🔸 Nuevos métodos de precios de transferencia: Se podrán usar métodos como el flujo de caja descontado y múltiplos en casos donde los métodos tradicionales no sean aplicables, siempre que cuenten con un informe técnico previo. Para conocer todos los detalles, te invitamos a leer nuestro boletín completo o contacta a uno de nuestros especialistas: Francisco Arballo, Oscar Cruz y Brenda Minaya Aponte ¡No te lo pierdas! #ReformasTributarias #PreciosDeTransferencia #LeyImpuestos
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