Acceso a la justicia con perspectiva de género, el reto del litigio en Colombia.
Anika Huizinga

Acceso a la justicia con perspectiva de género, el reto del litigio en Colombia.

La política pública de prevención de violencias, parece no arrojar resultados aún en las cifras de disminución de las violencias en contra de mujeres, niños y población diversa. Dentro del proceso de transición natural, de asimilación normativa, capacitación de funcionarios públicos, concientización social y articulación intersectorial, aún resta, en mi concepto, más de una década para que podamos decir que la perspectiva de género produzca resultados relevantes en la jurisprudencia colombiana y en la vida de miles de mujeres que acceden a la justicia con la esperanza de ver resarcidos sus derechos. Irónicamente, el trabajo es trascendental en la política pública, pero si no encontramos abogadas/os que entiendan la necesidad de incorporar el enfoque de género en el litigio, la mecánica del proceso fallaría por ausencia de argumentación adecuada y un hilo conductor estructurado sobre la base de la normativa de género y estudio del caso.



Aún encontramos abogados penalistas que consideran que en un delito un acceso carnal violento no juega ningún papel la perspectiva de género, o de aquellos que frente la evidencia contundente de violencia económica en contra de mujeres dentro de un divorció, no lo argumentan y se siguen ajustando a las causales generales de divorcio contencioso sin incorporar la perspectiva de género. 




Nos enfrentamos también a un tema cultural en el ejercicio del derecho, tradicionalmente patriarcal. Las normas que aún están en vigencia fueron hechas por hombres que defendían la estructura familiar tradicional con una cabeza visible masculina, en donde las formas de conductas eran impartidas por esa cabeza y las mujeres obedecían. Los avances en materia normativa aún no alcanzan a ser interpretados extensamente y los que propugnan por el status quo, demonizan los avances en defensa de los derechos de las mujeres, niñas y población diversa con lo que ellos denominan el rompimiento de los valores familiares y la denominada "ideología de género".




No es igual capacitar a funcionarios públicos en perspectiva de género que a litigantes; las estrategias de defensa del litigante y la forma de acceder desde el inicio del proceso con el enfoque adecuado cambia sustancialmente las resultas del proceso y por ende la expectativa de éxito para las mujeres que se someten al proceso con el anhelo de concretar justicia.




 Entender que como litigantes debemos incorporar las herramientas adecuadas para que el litigio en toda su extensión y en todas las áreas del derecho, sea impregnado de la perspectiva de género es un trabajo de los próximos años, por eso no solo necesitamos expertos en género sino en la estructura procesal, que interconecten ambas disciplinas y lo reflejen en el proceso.  




Herramientas como las medidas cautelares innominadas, las facultades extra petita del juez a las que podemos acudir dentro del proceso laboral invocando normativa con perspectiva de género, entre otras, nos pueden ir mostrando el camino de esta nueva forma de litigar.

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