Actualización de la guía de publicidad de medicamentos de la Generalitat de Catalunya
El Departament de Salut de la Generalitat de Catalunya actualiza la guía para la publicidad de medicamentos de uso humano.
Desde su primera edición en 2003, la Sección de Vigilancia y Publicidad de Medicamentos del Servicio de Ordenación y Calidad Farmacéuticas del Departament de Salut de la Generalitat de Catalunya ha publicado esta guía sobre la publicidad de medicamentos de uso humano. Pese a no ser una norma vinculante, la guía sintetiza e interpreta con un enfoque práctico los aspectos clave de la normativa estatal sobre publicidad de medicamentos, de ahí su relevancia.
Pues bien, el pasado 29 de febrero la Sección hizo pública la nueva versión de la guía (la quinta), que reemplaza la última edición publicada en 2016.
Entre las novedades más destacadas de esta nueva edición se encuentra el desarrollo exhaustivo de la sección titulada “Publicidad de medicamentos en el entorno digital”. Esta sección fue introducida de manera pionera en la versión de 2016, pero ahora ha sido ampliada de forma exhaustiva. En particular, la sección compila y cristaliza los criterios que venía estableciendo la Generalitat en sus recurrentes boletines de publicidad de medicamentos. Así, la nueva guía especifica la normativa aplicable a la publicidad de medicamentos de uso humano según los distintos canales digitales por los que los laboratorios farmacéuticos emitan sus comunicaciones comerciales, organizándolos de la siguiente manera:
La guía detalla las distintas características y funcionalidades de cada sistema de comunicación digital, invitando a elegir el más adecuado según el proyecto, la audiencia y el objetivo que pretendan los laboratorios farmacéuticos al realizar las comunicaciones comerciales, formativas e informativas. Asimismo, explica las obligaciones del laboratorio como responsable de los materiales promocionales y formativos, e indica las normas de uso y comportamientos apropiados.
Además, la guía incorpora un nuevo apartado segundo, destinado a las definiciones, con el que pretende aportar una mayor concreción a los términos que utiliza, al tiempo que suprime el apartado sobre publicidad de medicamentos dirigida al público, por quedar contenido de forma más detallada en otras guías.
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Por otro lado, y como era de esperar, la parte de la guía dedicada al marco normativo ha sido actualizada conforme a los cambios legislativos de los últimos ocho años. En particular, conviene llamar la atención sobre el hecho de que se actualiza la referencia al uso de códigos QR en los materiales promocionales, incorporando a la guía la reciente Nota informativa de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del SNS y Farmacia sobre el uso de códigos QR, tema que ha sido abordado en el pasado en nuestros Apuntes de Salud (disponibles a través de este y este enlace). Cabe recordar que el uso de estos códigos QR fue aprobado para proporcionar determinada información en los materiales publicitarios de los medicamentos de uso humano a profesionales sanitarios. En concreto, se permite su uso en sustitución de parte del contenido de la ficha técnica del medicamento requerida por el artículo 10.1.a) del Real Decreto 1416/1994. Esta autorización se limita únicamente a los materiales en papel y siempre y cuando el código QR conduzca directamente a la ficha técnica del medicamento publicada en el CIMA.
Adicionalmente, la nueva guía ofrece a los laboratorios farmacéuticos sujetos al control del Departament de Salut de la Generalitat de Catalunya una serie de nuevos procedimientos que se encuentran a su disposición en materia publicitaria. De entre ellos, destacan los trámites para la comunicación de materiales, cuyo objeto es notificar actividades publicitarias de medicamentos de uso humano, y el índice anual, que permite recibir compensaciones económicas mediante la minoración del porcentaje de participación en los márgenes de las dispensaciones de medicamentos de uso humano fabricados industrialmente y dispensados con fondos públicos.
Por último, la guía culmina con dos anexos que detallan las características principales a tener en cuenta al distribuir comunicaciones en el entorno digital. El primero de ellos resume las restricciones aplicables al contenido publicitario según el tipo de publicidad (insertada o dirigida). El segundo anexo especifica el tipo de contenido permitido en función de la red social escogida. Ambos anexos ofrecen una visión general que permite adaptar la estrategia de comunicación digital al canal escogido, facilitando así el cumplimiento de la normativa aplicable.
En conclusión, aunque esta actualización de la guía, en principio, no suponga una novedad significativa respecto a su anterior versión, se presenta como un recurso útil y didáctico para el sector farmacéutico tanto en Cataluña como en el resto de España, ofreciendo una interpretación actualizada, exhaustiva y pautada de la normativa estatal aplicable a la publicidad de medicamentos.
El texto íntegro de la guía en castellano se encuentra disponible en el siguiente enlace.
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