APROBADO EL NUEVO REGLAMENTO EUROPEO DE PROTECCION DE DATOS
D&C Consulting tenemos la mirada puesta en el 25 de mayo de 2018, las empresas especializadas en LOPD seguimos dando respuesta a las preguntas que nos transmiten clientes sobre si ¿Habrá muchos cambios con el nuevo Reglamento?, ¿Cuáles serán?, ¿Estoy obligado a adaptarme?, ¿La LOPD dejará de estar vigente?, ¿Por dónde empiezo?
La aplicación del Reglamento General de la UE de Protección de Datos (RGPD) cambia el panorama de la Protección de Datos, dado que tendrá un alcance general y será obligatorio en todos sus elementos y aplicable directamente en cada Estado miembro. Las disposiciones de la LOPD y su reglamento de desarrollo no serán completamente derogados, podrán aplicarse cuando regulen cuestiones que no estén cubiertas por el Reglamento y en la medida en que no sean contradictorias con éste. La norma esencial de aplicación será el RGPD, que introduce modificaciones y nuevas obligaciones.
Todas las empresas y aútonomos están obligadas a cumplir el Reglamento en materia de protección de datos. A la hora de tratar los datos personales se realizará de manera transparente, proporcionando una mejor información, más completa y sencilla. Asimismo, el consentimiento para poder tratar los datos de carácter personal ha de ser inequívoco, libre y revocable.
¿Quiénes son sujetos obligados de LOPD?
- Autónomos
- Profesionales Liberales que ejerzan su actividad como persona física o jurídica, (abogados, economistas, gestores administrativos, asesores fiscales, laborales, agentes inmobiliarios, graduados sociales, agencias de publicidad...)
- Sociedades Limitadas
- Sociedades Anónimas
- Sociedades Cooperativas
- Comunidades de Bienes
- Colegios Profesionales
- Cámaras de Comercio
- Organismos que integran la Administración Central, Autonómica y Local
- Comunidades de Propietarios
- Universidades y Centros de Enseñanza
- Fundaciones
- Asociaciones sin ánimo de lucro
INFRACCIONES Y SANCIONES
La Agencia Española de Protección de Datos tiene potestad para sancionar a organizaciones y particulares que incumplan la normativa de Protección de Datos de carácter personal. En la actualidad, estas sanciones están divididas en tres niveles: leves, graves y muy graves, y pueden oscilar entre los 900 y 600.000 euros por cada dato mal tratado.
El nuevo Reglamento General de Protección de Datos mantiene el poder sancionador de la Agencia, pero, además, endurece las multas. A partir de mayo de 2018, las sanciones cambian y aumentan considerablemente. Ya no estan tipificadas en niveles, sino que se separarán en dos rangos, dependiendo de los artículos del Reglamento que las contengan. Las más bajas serán 10 millones de euros o el 2% del volumen negocio total anual del ejercicio financiero anterior (la cifra que sea de mayor cuantía). Por su parte, las más elevadas ascenderán a 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocio total anual de ejercicio financiero anterior, también la que sea de mayor cuantía.
El nuevo Reglamento incluye, además, la posibilidad de qe los Estados miembros asocien las infracciones y sanciones administrtivas con sanciones penales. Por lo que, aquel que cometa algún tipo de incumplimiento de este tipo, puede verse penalizado tambien por via penal.
El nuevo Reglamento (RGPD) recoge una serie de conductas susceptibles de ser sancinadas administrativamente, pero no están categorizadas.
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Técnico comercial bodegas en AVANZARE INNOVACION TECNOLOGICA S.L.- OENOGREEN
7 añosPara quien lo desee o tenga que recurrir a alguien en este campo, karen sanchez quiñones es especialista en Protección de Datos