Articulo 15 Ley Federal del Trabajo
08 de febrero de 2023
Con fecha 03 de febrero de 2023 se modificaron diversas disposiciones del Acuerdo por el que se dan a conocer las reglas generales para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.
En dicha modificación se adicionan, a los requisitos ya establecidos para el registro al padrón, la entrega del último comprobante de nómina, así como el último comprobante del Sistema Único de Determinación (SUA) emitido por el IMSS. De igual manera, se adiciona el Capítulo de Vigilancia en materia del registro, el cual menciona lo que deberán verificar los inspectores de Trabajo al momento de realizar las acciones de vigilancia, así como el procedimiento a seguir en caso de notar incumplimientos a la normatividad laboral en materia de subcontratación.
El mismo Acuerdo tiene un capítulo sobre la negativa, cancelación, renovación y modificación del aviso de registro, en el cual se agregaron algunas causales por las cuales se puede modificar o cancelar el registro, al igual que los pasos a seguir para realizar la cancelación del mismo a solicitud de los contribuyentes.
Recomendamos tomar en cuenta las modificaciones mencionadas.
Para cualquier duda o comentario favor de contactar a Sandra Naveda naveda@deforest.mx