Ayudas para los autónomos más afectados por la pandemia y empresas no financieras

Ayudas para los autónomos más afectados por la pandemia y empresas no financieras

Que hayan perdido al menos un 30% de su facturación en 2020, para satisfacer la deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, así como para costes fijos devengados entre el 01/03/2020 y 31/05/2021 procedentes de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.

El BOE del sábado 13 de marzo publica medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial que consisten en ayudas directas a las empresas y autónomos, mediante subvenciones, reducción de costes y refuerzo de su capital.

Los requisitos para poder beneficiarse de las ayudas directas son:

  • pérdidas de al menos un 30% en 2020;
  • mantener la actividad hasta el 30/06/2022;
  • estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social;
  • tener una actividad incluida en alguno de los CNAE 09 que dan derecho a la ayuda; (VEASE ENLACE A LA RELACION DE ACTIVIDADES INCLUIDAS)
  • no tener domicilio fiscal en un paraíso fiscal;
  • no repartir dividendos ni subir los salarios de sus equipos directivos en un plazo de 2 años;
  • no estar incurso en un procedimiento concursal;
  • no haber cesado en su actividad en el momento de la solicitud;

Las ayudas directas se gestionarán por las comunidades autónomas, previéndose que en algo más de un mes pueda iniciarse su solicitud.

Su importe será de hasta 3.000 € para autónomos en módulos y para el resto de empresarios o profesionales estarán entre los 4.000 y los 200.000 €, según la caída del volumen de operaciones y el número de empleados.

Además de las ayudas directas, se establecen otras dos líneas de ayuda:

  1. reestructuración de deuda financiera;
  2. recapitalización de empresas;

Finalmente, se prevén otras medidas de apoyo:

  • ampliación de plazos de ejecución y justificación de proyectos industriales beneficiarios de ayudas;
  • moratorias y medidas concursales;
  • juntas telemáticas durante 2021;
  • aplazamientos de deudas tributarias con plazo de presentación entre el 1 y el 30 de abril de 2021.

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