Bienes Personales: Vence el Plazo para Declarar Bienes Personales
El 30 de septiembre marca una fecha clave para todos los empleados en relación de dependencia: es el último día para presentar la declaración jurada informativa de Bienes Personales ante la AFIP. Originalmente, esta fecha era el 30 de abril, pero fue postergada debido a los trámites relacionados con la reforma tributaria (Ley 27.743).
La obligación de presentar esta declaración recae sobre aquellos que, en el transcurso de 2023, hayan tenido un sueldo bruto igual o superior a $15.917.863,58. Los empleadores ya debieron informar a la AFIP sobre los empleados que superaron este monto.
La declaración jurada que se debe presentar es de carácter informativo y está destinada a proporcionar un conjunto de datos sobre el patrimonio de los empleados. Aunque se trata de un impuesto patrimonial, es importante resaltar que no es necesario informar las deudas. Por lo tanto, esta declaración no debería generar un saldo a pagar. Si, por alguna razón, el resultado arroja un saldo a favor de la AFIP, el empleado deberá inscribirse formalmente en el impuesto y cumplir con las fechas de vencimiento correspondientes.
¿Quiénes están obligados a declarar?
Entre las actividades que están obligadas a presentar la declaración se incluyen:
• Funcionarios públicos de todos los niveles (nacionales, provinciales, municipales y de CABA).
• Empleados en relación de dependencia.
• Beneficiarios de jubilaciones, pensiones o retiros que estén sujetos al impuesto.
• Socios de cooperativas de trabajo que perciban ingresos por sus servicios.
• Actores que reciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores.
Para determinar si se supera el tope anual, se deben considerar todos los conceptos que integran la remuneración (sueldo básico, horas extras, aguinaldo, entre otros). Es crucial incluir todos los ingresos ordinarios y extraordinarios, independientemente de su sujeción al impuesto a las ganancias.
La declaración se debe confeccionar utilizando el servicio Bienes Personales Web de la AFIP, donde deberás ingresar con tu número de CUIL y clave fiscal. Recuerda que la presentación de la declaración jurada informativa se podrá realizar hasta el 30 de septiembre de 2024, y este año la AFIP eliminó la obligación de presentar la declaración informativa del impuesto a las ganancias junto con la de Bienes Personales.
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El umbral que determina quiénes deben presentar la declaración ha ido evolucionando en los últimos años. Aquí te compartimos un breve resumen:
2022: $6.600.000
2021: $3.700.000
2020: $2.500.000
2019: $2.000.000
2018: $1.500.000
2017: $1.000.000
2016: $500.000
2015: $200.000
Si tu patrimonio supera el monto mínimo, es crucial liquidar correctamente el impuesto sobre los Bienes Personales, con la asistencia de un contador. La declaración debe incluir todos los bienes en el país y en el exterior, incluyendo inmuebles y vehículos. Además, los saldos en cuentas de ahorro y otras inversiones no están gravados, pero se suma un 0,5% sobre los bienes del hogar.
La fecha límite se aproxima, y es fundamental que todos los empleados en relación de dependencia que cumplan con los requisitos se preparen para presentar su declaración de Bienes Personales.
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3 mesesEmmanuel Oscar Abregu