¿Cómo facturar a Público en general? Con y sin factura global de por medio
Según las reglas de juego:
Cuando se realice una factura a RFC’s genéricos Público en general (XAXX010101000) o Extranjero (XEXX010101000) en los comprobantes de tipo: Ingreso, Egreso y Traslado…
Sobre el tipo de persona y régimen
Deben de ser Tipo de persona: Física y su Régimen fiscal: 616 (Sin obligaciones fiscales) con uso del CFDI S01 (Sin efectos fiscales) Lo anterior de acuerdo a la guía de llenado, catálogo de claves y matriz de validaciones vigentes.
Esto aplica para facturación global y a RFC genérico de público en general.
Para las facturas globales
Además, para el caso de las facturas globales, debe incluir el nodo InformacionAdicional donde se incluye la periodicidad de las operaciones que ampara el comprobante (solo para operaciones globales con operación a público en general).
En los conceptos de este CFDI debe incluir la lista de los tickets a público en general, con sus importes, del período indicado. Lo anterior de acuerdo a la guía de llenado para un CFDI global, catálogo de claves y matriz de validaciones vigentes.
Si se contempla un listado de artículos en lugar del listado de operaciones, se considerará incorrecto o con información incompleta.
Recomendado por LinkedIn
Como dato: Microsip contempla estas disposiciones del fisco, en el módulo de Punto de Venta, así que las facturas emitidas del tipo o simulando ser globales desde otros módulos no serán válidas.
De acuerdo a la guía de llenado para un CFDI global 4.0 se establece lo siguiente:
Venta público en general (sin efecto global)
Se considera CFDI a PUBLICO EN GENERAL «no global» a todas aquellas operaciones que sean emitidas al RFC genérico nacional o extranjero, sin la necesidad de informar a la autoridad su periodicidad o información adicional, en cuyo caso solo se emite un comprobante al cliente con RFC genérico para efectos de garantía y comprobación de entrega de mercancía, servicios o materiales.
Lo anterior es la razón por la que ya no es posible utilizar el nombre «PUBLICO EN GENERAL» en operaciones a clientes eventuales.
Este nombre queda de uso exclusivo en facturas globales y por regla se valida que se incorpore el nodo de «InformacionAdicional».
Entonces, para facturas a clientes eventuales, se podrá seguir utilizando el RFC genérico para público en general «XAXX010101000», sin embargo, se deberá utilizar un nombre diferente al que ya está definido para el CFDI global. Es decir, se podrá utilizar tal cual el nombre de la persona a la que se le factura, «Público en general», «PUBLICO EN GRAL.», etc.; cualquier otro nombre diferente al de un CFDI global.