🔍 Cómo realizar la aprobación de cuentas anuales 🔍

🔍 Cómo realizar la aprobación de cuentas anuales 🔍

En todas las sociedades, la formulación y aprobación de cuentas anuales al cierre del ejercicio es una obligación fundamental. Aquí te explicamos el proceso:

Formulación de las cuentas anuales 📊

Los administradores son responsables de formular las cuentas anuales en un plazo máximo de tres meses desde el cierre del ejercicio social. Este paso es crucial para garantizar la transparencia y la responsabilidad financiera.

Aprobación de las cuentas anuales 📅

La aprobación de las cuentas anuales recae en los socios o accionistas durante la junta general ordinaria convocada específicamente para este fin. Esta aprobación debe llevarse a cabo dentro de los seis meses posteriores al cierre del ejercicio social. En sociedades que cierran con el año natural, esto implica que la aprobación debe realizarse antes del 30 de junio.

Una vez aprobadas, las cuentas deben ser depositadas en el Registro Mercantil dentro del mes siguiente. Por este motivo, muchas sociedades realizan este depósito en julio.

Competencia de la junta general ⚖️

La junta general tiene la competencia de deliberar y acordar la aprobación de las cuentas anuales, la aplicación del resultado y la aprobación de la gestión social (Art. 160 de la Ley de Sociedades de Capital).

Convocatoria de la junta general 📢

La junta general debe ser convocada por los administradores o liquidadores de la sociedad. La convocatoria debe realizarse con al menos un mes de antelación en sociedades anónimas y quince días en sociedades de responsabilidad limitada (Art. 176).

Para garantizar la recepción de la convocatoria, es habitual que los estatutos establezcan que se realice por procedimientos de comunicación individual y escrita. Si los socios residen en el extranjero, deben haber designado un lugar en el territorio nacional para recibir notificaciones.

Si los estatutos no indican otra cosa, la junta general se convocará mediante anuncio en el “Boletín Oficial del Registro Mercantil” y en la página web de la sociedad. Además, puede publicarse en un diario de mayor circulación en la provincia del domicilio social.

La convocatoria debe incluir el nombre de la sociedad, la fecha y hora de la reunión, el orden del día, y el cargo de la persona que realiza la convocatoria (Art. 174 LSC).

Lugar de celebración de la junta 🏢

Salvo disposición contraria de los estatutos, la junta general se celebrará en el término municipal del domicilio social. Si no se especifica el lugar en la convocatoria, se entenderá que la junta se celebrará en el domicilio social (Art. 175 LSC).

Junta universal 🌍

Sin necesidad de previa convocatoria, si está presente o representada la totalidad del capital social y los asistentes aceptan por unanimidad la celebración, la junta general puede constituirse válidamente en cualquier lugar del territorio nacional o del extranjero (Art. 178 LSC).


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