COMENTARIOS A UN COLEGA

Precisamente, estimado José María, tengo en marcha un proyecto de tesis doctoral, que se titula "Precios de Transferencia, Paraísos Fiscales e Independencia de los Auditores".

Como bien sabes; un planteamiento primario, el de la "igualdad" (repartir el coste de lo público entre el conjunto de la población de manera iggualitaria), otro, tal vez, más avanzado, es el de la "proporcionalidad" (se fija un tipo de gravamen y cada sujeto paga el mismo tipo de gravamen de conformidad a su nivel de renta, de manera proporcional a su capacidad), si el tipo de gravamen es el 25%, quien gana 100 u.m, paga 25 u.m, quien gana 1.000, paga 250 u.m.. El segundo paga 10 veces más que el primero por que gana 10 veces más que el primero. Esto tiene motivos para considerarse "justo"; se correspondería, tal vez, el más acorde al concepto de "justicia", de conformidad al criterio del Santo de Hipona, "dar y exigir a cada uno lo que le corresponde".

El vigente, en los países de la OCDE, es el "progresivo". Que rompe la igualdad y la proporcionalidad. Cuando nace el concepto de "progresividad" y lo recogen la mayoría de las constituciones de los Estados de la OCDE, ¿se exige y da a cada uno, lo que le corresponde? 

Probablemente, con justificación argumental racional, los conceptos de "justicia", "proporcionalidad" y "progresividad" resulten difíciles de conjugar en orden a la referida delimitación del concepto de razón.

Quien más gana, más paga. Esto podría llamarse "justicia" y/o "proporcionalidad"; pero, ¿lo es la progresividad?

Forzando el concepto de "justicia"; ¿puede un hombre pagar más a la sociedad (50%) de lo que retiene para él mismo?

¿Puede volver a pagar un año tras otro, sobre la aplicación de una renta previamente tributada en años anteriores (I.Patrimonio, Sucesiones y D.) por el simple hecho de no haberlo gastado en su totalidad en el ejercicio correspondiente? 

Tal vez, como he dicho, el concepto de "confiscación" se sitúe justo en el límite en que uno entrega a la cosa pública más de lo que se queda para él mismo. Contando, eso sí, con la suma de conceptos de lo que entrega a la cosa pública por cualquier título, por todos los conceptos de naturaleza tributaria, incluidas el conjunto de cargas sociales observadas en su conjunto, a excepción de las tasas y contribuciones especiales por su especial naturaleza.


Entiendo qué, en a medida en que los distintos tributos, obliguen a pagar más del 50% de lo que ganas (dar/entregar a lo público), se trata de trabajar para los demás, "lo público", no para tí, es confiscar en su sentido más abyecto.

De ahí, se toleran y guardan, la autonomía y supervivencia de "microestados" que sortean su supervivencia amparados por el "poder y salvaguarda" de Estados de la OCDE que advierten y aceptan la traslación de rentas y beneficios a su ajeno favor, simplemente para mantener la localización de estructuras industriales, financieras, servicios, y nivel de empleo en su territorio propio.

Probablemente, lo que encuentran en su estado de origen, no sea "justicia" sino "confiscación"

Un tema interesante.

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