Compré un auto…me lo dan cuando quieren
Las concesionarias y los plazos, una relación difícil.
Compro un auto, corro para pagar la seña y el saldo de precio, o me anoto en un plan de ahorro y finalmente salgo adjudicado, pero tardan semanas y semanas en entregarme el vehículo. Es algo tan común que parece una práctica aceptable.
Sin embargo, la ley dice otra cosa. Si hay una fecha de entrega estipulada, la automotriz o la concesionaria no pueden incumplirla, y si lo hacen tienen que abonar una penalidad o un interés por ese retardo. Tratándose de montos importantes, cada dia de retraso puede llegar a ser una suma de dinero nada despreciable. Dado que ademas de la producción en si, para las automotrices el negocio tiene un fuerte componente financiero, este retraso no suele ser un problema de logística o productivo, sino una parte del mismo negocio.
En general, el monto de la indemnización es como mínimo la tasa de interés sobre el valor del vehículo durante los días del retraso. Como es la tasa de interés activa (es decir, equivalente a lo que cobra el banco por los préstamos), es bastante elevada: por un auto de $400.000 cuya demora fue de 60 días, la automotriz debió pagar alrededor de $20.000.
Antes o después de haber recibido el auto, se puede iniciar un reclamo para cobrar la penalidad por el retraso.
Para ello, es conveniente contar con la siguiente información o documentación:
1) La factura de compra o formularios de adjudicación del vehículo
.2) Las condiciones generales de entrega (generalmente están impresas en el reverso de los formularios o la factura).
3) La constancia de la fecha en que efectivamente se entregó el vehículo (si ya ocurrió).
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