El GAFI se reúne con Panamá otra vez en 2022.
El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) tiene previsto reunirse con las autoridades panameñas este enero para revisar los avances que ha hecho el país en su plan para salir finalmente de la lista gris.
Panamá ha gozado por años de facilidades en la normativa financiera y comercial, lo cual permitió el ambiente para que fuese un hub bancario internacional con un crecimiento económico mayor que muchos de sus países vecinos en determinado momento. Sin embargo, fue incluida por primera vez en el 2014 en la lista gris del GAFI de países que presentan “deficiencias en la lucha contra el blanqueo de capitales y el financiamiento del terrorismo”. Logró salir en el 2016 tras la creación de la ley 23 de 2015 que “adopta medidas para prevenir el blanqueo de capitales, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva”. La misma obliga a los Sujetos Obligados Financieros y No Financieros a cumplir con reportes periódicos mucho más rigurosos que en tiempos anteriores, entre otras exigencias.
También se creó la ley 21 del 2017 que “establece las normas para la regulación y supervisión de los fiduciarios y del negocio del fideicomiso”, lo cual afortunadamente trajo resultados benéficos a la economía del país toda vez que la actividad fiduciaria entró bajo el paraguas regulatorio de la Superintendencia de Bancos de Panamá, otorgando así mayor seguridad jurídica al negocio fiduciario.
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No obstante, al GAFI le resultó insuficiente tal avance después de un tiempo y Panamá fue reinsertada a la lista gris en junio de 2019, clasificando al país en “países de alto riesgo que presentan deficiencias estratégicas”; allí sigue. En un intento de salir de la lista gris al año siguiente, se promulga la la ley 129 de 2020 que crea el sistema privado y único de beneficiarios finales de personas jurídicas. Adicional, se crea la ley 254 de 2021 que introduce adecuaciones en materia de transparencia fiscal y prevención de blanqueo de capitales. De manera general, dichas leyes se traducen en exigencias rigurosas de debida diligencia que finalmente desembocan en la responsabilidad del agente residente de una institución financiera o una sociedad mercantil.
Ahora el GAFI y las autoridades de la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) y el resto de la Comisión Nacional contra el Blanqueo de Capitales se reunirán en enero de 2022 para revisar los avances legislativos. ¿Qué debemos esperar? Probablemente, como el ciclo de los hechos sugiere, recomendaciones para la creación de más leyes con requerimientos burocráticos en nombre de la prevención del blanqueo de capitales y que atribuyen aún más responsabilidades a la figura del agente, además de un recordatorio advirtiendo sobre la fecha límite para el cumplimiento de las 15 recomendaciones acordadas a cumplir en 2019 so pena de ingresar a la lista negra, la lista para las “jurisdicciones de alto riesgo”.
Desde un punto de vista, sutilmente esta organización internacional sin jurisdicción sobre suelo panameño hace “recomendaciones” sobre leyes panameñas y nos dice cómo prevenir el blanqueo de capitales y otros delitos financieros bajo pena de clasificar al país en listas grises o negras ante el incumplimiento de las mismas. Aún anuentes de la realidad de un comercio globalizado y de la influencia de los pactos internacionales sobre los países ratificantes, estamos a favor de poner peso del otro lado de la balanza y establecer límites que protejan los intereses de los ciudadanos panameños aunado con la colaboración internacional. Vale la pena cuestionar si realmente se trata de recomendaciones en efecto o si son imposiciones internacionales. De todos los paraísos fiscales, por qué Panamá es la protagonista mayormente en los periódicos internacionales cuando el GAFI juega el papel de supervisor y evaluador? Vale la pena cuestionar si otros paraísos fiscales como Bermudas, Islas Caimán, Países Bajos, Suiza, Singapur, Irlanda, Luxemburgo, Curazao, Hong Kong, Islas Vírgenes Británicas entre otros, reciben exigencias de tal índole por parte del GAFI como lo recibe Panamá, y si no, por qué estos ostentarían la libertad de ejercer su soberanía con las normativas que ellos, no el GAFI, consideren convenientes al inversionista, al agente residente y a otras figuras sujetas a supervisión en el sector financiero? Cabe resaltar que muchos de ellos gozan de una flexibilidad legislativa envidiable. A las cuántas evaluaciones se termina de saturar la jurisdicción panameña con leyes burocráticas para lograr finalmente salir de la lista gris?