El Ministerio consigue más tiempo para tramitar las solicitudes de PAC
Ha llegado la orden esperada y este jueves, 30 de abril, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha publicado la Orden que amplia el plazo de presentación de la solicitud única de las ayudas directas de la Política Agraria Común para el año 2020. El nuevo plazo se alarga hasta el 15 de junio en toda España y representa la segunda ampliación porque este plazo ya fue ampliado hasta el 15 de mayo.
Un mes más representa una ventaja dadas las complicaciones que afronta el sector con motivo de la pandemia por el COVID 19, y es de justicia señalar que se ha conseguido porque desde el Ministerio han presionado a la Comisión Europea para que ceda en sus exigencias porque la CE estimaba como tope para presentar estas peticiones el 15 de mayo.
Así las cosas, los agricultores y ganaderos tienen todavía dos meses por delante para tramitar las ayudas que les corresponden.
Asimismo, y según fuentes ministeriales "en determinados casos, como en un cambio en el plan de siembra, los solicitantes de las ayudas podrán presentar hasta el 30 de junio una modificación de su solicitud única" También cabe señalar que será ese mismo 30 de junio cuando concluya el periodo para presentar las comunicaciones de cesiones de derechos de pago básico y es la fecha que se toma como referencia para el cumplimiento de algunos requisitos de las ayudas directas, como el de la obligación de tener a su disposición las parcelas por las que se solicitan las ayudas.
El Ministerio también informa sobre reducción de los controles y casos de fuerza mayor
A solicitud de España, la Comisión Europea ha aprobado un reglamento que permitirá reducir los controles sobre el terreno que se realizan en cada régimen de ayuda al pasar del 5% de los expedientes al 3%. Esto permitirá evitar retrasos en estos controles y que las ayudas de la PAC lleguen en los plazos establecidos.
Aquellos productores que no hayan podido cumplir todas las condiciones establecidas para el cobro de estas ayudas por razones derivadas de la crisis sanitaria que estamos viviendo, podrán librase de penalización si los organismos pagadores estudian su caso de forma individual y le aplican a su solicitud la consideración de caso de fuerza mayor.
El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) publicará en breve los detalles de cómo gestionar estos casos de fuerza mayor, pero podemos avanzar las opciones que ha hecho públicas el MAPA:
- Los ganaderos que hayan sido beneficiarios de las ayudas asociadas al ovino y caprino en campañas anteriores y en 2020 incumplan el requisito del umbral mínimo de producción, en el caso de explotaciones que hayan visto afectada su capacidad de comercializar su producción como consecuencia de la COVID-19.
- Los ganaderos que tengan necesidad de utilizar para el pastoreo de sus animales las superficies de barbechos considerados como superficie de interés ecológico en el marco de la ayuda a las prácticas beneficiosas para el clima y el medio ambiente ("greening"), siempre y cuando estas explotaciones se hayan visto afectadas por la COVID-19 debido a la dificultad para trasladar a sus animales a pastos temporales o a los incrementos del censo ganadero en la explotación por la dificultad para comercializar terneros, corderos o cabritos.
Cuando se detecte el incumplimiento en alguno de estos dos casos, la Administración revisará las bases de datos de registro, identificación y movimiento de ganado para verificar que dicho incumplimiento obedece a la reducción de movimientos derivada de la crisis sanitaria y, en ese caso, no se penalizará al ganadero en sus ayudas directas.