Facturación Electrónica 3.3

Facturación Electrónica 3.3

Creo que ya muchos están enterados del nuevo régimen fiscal impuesto por el SAT en el tema de regulación fiscal con los nuevos formatos de facturación electrónica, pero aquí te comento algunos puntos importantes a considerar.

“En este mundo solo hay dos cosas seguras: La muerte y pagar impuestos.” – Benjamín Franklin

Desde el año pasado ha habido ya algunos intentos fallidos por homologar los CFDI’s a nivel nacional, ya que hay muchas Pymes que aún no conocen este nuevo proceso de facturación y siguen con la versión anterior.

Pero, ¿Por qué esta nueva versión para emitir CFDI’s? (Contrato Fiscal Digital por Internet) Sin duda alguna este nuevo formato dará a la Secretaría de Administración Tributaria un mayor control sobre todos los movimientos fiscales (ingresos y egresos) de las empresas en México ya que con la estandarización de este sistema será más sencillo vigilar cualquier anomalía contable.

Una de las problemáticas principales de esta migración para las empresas ha sido la actualización del inventario ya que con esta nueva versión 3.3, el SAT, mediante un catálogo de productos y servicios, está pidiendo que todas las empresas lo utilicen, de manera que ya no podremos capturar el concepto a facturar de manera abierta sino que ahora debemos seleccionar desde el catálogo, la clave de producto o servicio y unidad de medida. En mi opinión creo que esta nueva medida de control es buena ya que facilitará a las mismas empresas con la captura simplificada de conceptos mediante la clave asignada.

Adicional a esto se incluyeron nuevos tipos de comprobantes fiscales como nómina y complementos de pago, por lo que si tu empresa ofrece modalidades de pago en abonos, se deberá emitir un complemento de CFDI por cada abono recibido.  Esto amplía el panorama fiscal para todos pero al mismo tiempo nos obliga a estar al día, y para esto, las empresas de sistemas que ofrecen el servicio de timbrado deberán estar muy atentas a las nuevas regulaciones que tenemos para cubrir todos los requisitos atribuidos a las empresas.

Para todo el tema de cancelaciones se extendió una prórroga hasta junio de este año, en donde una vez concluido esto será más complicado cancelar facturas y se realizarán sustitutos de factura para realizar modificaciones.

Con una descripción mucho más específica en las facturas emitidas, incluyendo el uso que se le dará al CFDI así como la forma de pago; tendremos que ser más cuidadosos con el manejo de las finanzas pero al mismo tiempo nos brindará ciertos beneficios como una mejor conciliación de pagos, información estandarizada de transacciones comerciales, evitar duplicidad de pagos, seguridad de que una vez recibida una factura, esta no podrá ser cancelada sin autorización previa de ambas partes (receptor y emisor).

En general creo que esta implementación, siempre y cuando no cambie luego de un par de años, es buena ya que de alguna manera se homologarán las declaraciones fiscales de las empresas y en un futuro facilitará a los mismos empresarios controlar el tema fiscal de una manera más amigable. 

Al final del día esto evitará muchos errores en las declaraciones ya que este nuevo sistema impide “errores de dedo” muy comunes hoy en día. Es importante estar al día en este tema tan relevante para el crecimiento y mejora de nuestra economía y ser parte activa de este proceso de transformación.

Fernando Rendón

CEO, Proyected

www.proyected.com

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