INDEPENDENCIA DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
La Responsabilidad Penal Y Responsabilidad Administrativa son dos vías independientes una de otra. Tanto en el Derecho Administrativo Sancionador como en el Derecho Penal, se ejerce la facultad punitiva del Estado; pero son diferentes procedimientos.
Como quedó establecido Juicio Contencioso Administrativo Núm. 9757/16-17-093/287/17-PL-02-04 resuelto por el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 25 de mayo de 2022 el cual se parafrasea; los procedimientos que determinan la responsabilidad Penal y la Administrativa pueden guardar cierta relación, sin embargo cada juzgador debe analizar por sus propios méritos y pruebas, observar las divergencias que existen entre ellos en las conductas imputadas y los hechos que dieron origen a cada uno; es decir, que ante dicha situación, se debe atender concretamente a los presupuestos fácticos, temporales y jurídicos del caso, para determinar la existencia de la responsabilidad. Por tanto, la exclusión de la responsabilidad penal no implica necesariamente la ausencia de responsabilidad administrativa, o viceversa.