Infraestructura Crítica un activo a cautelar
La infraestructura crítica de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 21542 comprende el conjunto de instalaciones, sistemas físicos o servicios esenciales y de utilidad pública, así como aquellos cuya afectación cause un grave daño a la salud o al abastecimiento de la población, a la actividad económica esencial, al medioambiente o a la seguridad del país.
Se entiende por este concepto la infraestructura indispensable para la generación, transmisión, transporte, producción, almacenamiento y distribución de los servicios e insumos básicos para la población, tales como energía, gas, agua o telecomunicaciones; la relativa a la conexión vial, aérea, terrestre, marítima, portuaria o ferroviaria, y la correspondiente a servicios de utilidad pública, como los sistemas de asistencia sanitaria o de salud.
¿Ahora cuáles serían los aportes de la tecnología para garantizar que las entidades públicas y privadas puedan prevenir, resistir y recuperarse de incidentes disruptivos no deseados? La respuesta es simple y se asocia al desarrollo de una Planificación que incluya evaluaciones de riesgo en forma permanente, la adopción de medidas concretas que mejoren la seguridad contra cualquier riesgo o amenaza y por último tener adecuados planes de recuperación de los activos.
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Hay cuatro habilidades que permiten a un sistema ser más resiliente:
Los escenarios de amenazas en contra de la IC son variados y pueden ocasionarse por amenazas físicas, desastres naturales y ahora por los riesgos Cibernéticos que han tomado mayor notoriedad por la mayor dependencia que tiene la IC de dichos sistemas . Por lo tanto, se requiere un enfoque de seguridad holístico de múltiples capas, que disuadan, monitoreen, detecten, retarden y adviertan al personal de seguridad en tiempo real cuando una amenaza pueda accionar en forma disruptiva comprometiendo con ello la continuidad de los servicios causando daños de diversa magnitud.