Juergen B. Donges. Catedrático Emérito de CCEE de la Universidad de Colonia (Alemania). Separatismo e Ignorancia Alemana
Cuando a media mañana del domingo, día 25 de marzo, tuve conocimiento de que Carles Puigdemont había sido detenido por la policía alemana me quedé muy asombrado. Pensé que el destituido presidente de la Generalitat no había calculado el riesgo que correría si organizaba su segunda fuga de la Justicia española, esta vez desde Finlandia una vez que fue informado sobre la orden europea de detención dictada por el juez Llarena, precisamente a través de Alemania. Pues el marco legal relevante del caso es muy parecido entre ambos países, sobre todo en el orden constitucional, y en principio también en el ámbito penal.
La Constitución germana no permite bajo ningún concepto la sedición de un Estado federado (artículo 79.3). La unidad territorial del país es inviolable. Por eso nuestro Tribunal Constitucional, en diciembre de 2016, ni siquiera admitió a trámite un recurso de amparo presentado por el Partido de Baviera (nacionalista, sin representación parlamentaria alguna) para poder celebrar un referéndum territorial sobre la separación de este Land de la República Federal de Alemania. Lo mismo ocurriría en caso de que en el Estado de Sajonia-Anhalt (en el este del país) el partido ultraderechista y eurófobo AfD, que actualmente es la segunda fuerza en el parlamento regional (detrás del CDU), se hiciera en unas próximas elecciones con el poder, lo cual es posible, y formulara objetivos secesionistas. Y recientemente la Oficina Federal de Inteligencia ha puesto bajo observación el movimiento de los llamados ciudadanos del Reich, de ideología nazi, que no reconocen el Estado alemán actual y son activistas fanáticos e inherentemente violentos.
Con todo esto se corresponden perfectamente las decisiones que en España había tomado el Tribunal Constitucional sobre la ilegalidad de las dos leyes de desconexión (de septiembre de 2017) y la convocatoria de un referéndum el 1 de octubre. Como tampoco era compatible con el Estado de Derecho la Declaración Unilateral de Independencia de Cataluña, expresada por Puigdemont ante el pleno del Parlamento catalán el 10 de octubre de 2017 y firmada por los diputados soberanistas de Junts pel Sí y la CUP. Se trataba en toda regla de un golpe contra el sistema legal democrático estipulado por la Constitución española y el Estatut. Algo como el procés secionista sería en Alemania absolutamente intolerable y obligaría al Gobierno Federal a intervenir con arreglo al artículo 37 de la Constitución. En él se inspiraron en su día los autores del artículo 155 español. Más congruencia entre ambos países en esta materia, imposible. Pero la Audiencia Territorial de Schleswig-Holstein (OLG, en sigla alemana), que tiene que tramitar la euroorden del juez Llarena, se lo ha pasado por alto.
En lo penal, la analogía también parece bastante firme respecto al delito de rebelión, que la Justicia española imputa a Puigdemont (y a otros líderes independendistas, fugados o encarcelados). En Alemania hablamos de alta traición contra el Estado (artículo 81 del Código Penal Alemán), que es castigada con fuertes penas de prisión. Como lo son también actos que atenten contra la unidad nacional del país (artículo 92). Ahora bien, tiene que haber un alto grado de violencia que debilite notablemente al Estado. Esto es un término ambiguo, porque la autoridad judicial encargada del caso puede definirlo con arreglo a los criterios que considere oportuno. Y la conclusión puede incluso ser absurda, pues si el Estado no claudica, como es el caso, todo supuesto de violencia queda en la irrelevancia. Es lo que ha ocurrido: la Fiscalía de Schleswig Holstein admitió la equivalencia del delito español de rebelión con el alemán de alta traición, mientras que el OLG lo desestimó, y con una celeridad innecesaria.
Yo sí he constatado actos de violencia durante el procés, y los sigue habiendo. Es de conocimiento general que el concepto de violencia hoy es otro que antaño e incluye un sinfín de formas sutiles que están al orden del día en Cataluña (escraches, amenazas, acoso moral y difamación contra personas que piensan diferente, y no sólo a través de las redes sociales). Si hubieran detenido a Puigdemont en otro Land alemán, más al sur del país, el OLG de turno posiblemente hubiera decidido de forma distinta. En Alemania, las tramitaciones extraditorias son de incumbencia regional, aunque la solicitud de extradición de un supuesto delincuente proceda de un tribunal superior del país demandante, como es en este caso.
Con el otro delito incluido en la euroorden, el de malversación de fondos públicos, también podría haber diferencias de opinión entre la Fiscalía y los jueces, máxime cuando la legislación alemana es ambigua al respecto. Ni siquiera el mayor escándalo de financiación irregular de un partido político en Alemania, el del CDU y de mano del entonces canciller Kohl, ha tenido consecuencias penales. Nótese la diferencia con España respecto al tratamiento judicial de los numerosos casos de corrupción. Después de lo visto, no me atrevo a vaticinar si la petición de entrega de Puidgdemont por este delito prosperará. Conozco la mentalidad y el temperamento de la gente en Schleswig-Holstein (he vivido y trabajado allí, en la capital de Kiel, durante 20 años): el ciudadano de a pie tiende a mirar hacia el Mar Báltico (este) y hacia el Mar del Norte (oeste) y lo que ocurrre en el resto del mundo apenas le interesa. No descarto que los jueces compartan esta peculiar idiosincrasia.
La decisión del OLG habrá caído como un jarro de agua fría en los círculos constitucionalistas españoles. Pero en Alemania ha recibido una valoración benévola. El que la ministra de Justicia, Katarina Barley, en unas declaraciones públicas se haya mostrado satisfecha por la puesta en libertad (condicional) de Puigdemont y haya expresado la posibilidad de que éste finalmente no será entregado y podrá disfrutar de las ventajas de residir en un país libre como Alemania, es inaceptable; supone una intromisión política en un asunto judicial e infringe así el principio fundamental de la separación de poderes en un Estado de Derecho. Además es un despropósito insinuar que España pudiera no ser un país libre. Lo mismo cabe advertir a aquellos diputados alemanes de tercera fila que con declaraciones similares consiguieron un titular y la foto en la prensa y la televisión. El portavoz del Gobierno Federal ha desacreditado a la ministra, ésta creo que ha pedido disculpas a su homólogo español, pero a mí como ciudadano alemán y europeísta me queda un amargo sabor de boca. Si los políticos socavan la base del mecanismo de euroórdenes, que es la confianza mutua entre las autoridades judiciales nacionales, el Acuerdo de Schengen como uno de los pilares de las libertades europeas pierde su razón de ser.
En cierto modo, el comportamiento de la ministra y algunos diputados está en línea con la percepción del problema catalán que tiene una gran parte de la población alemana. Nuestros medios de comunicación, con contadas excepciones, han venido diseminando el relato completo de los independentistas: que España no quiere a los catalanes, que los expolia fiscalmente, que los expone a una Justicia central politizada y dependiente del Gobierno, que no quiere dialogar con ellos, y numerosos agravios más. Muchísimos alemanes, incluidos intelectuales distinguidos, se lo creen. Casi todos los corresponsales de la prensa, radio y televisión alemanas acreditados en España, también han comprado este relato y se han tragado todas las mentiras y tergiversaciones históricas que contiene; se conoce que no leen la prensa española pertinente. Hay que reconocer que la propaganda de los soberanistas ha sido y sigue siendo muy eficaz. Y hay que preguntarle al Gobierno de España por qué no se involucra con determinación, a nivel internacional y en la propia Cataluña, en una política de comunicación rigurosamente razonada para contrarrestar esa nefasta propaganda.
Fuente: http://www.elmundo.es/opinion/2018/04/14/5ad0bc51268e3eab058b45e1.html