LA CONSTITUCIÓN DE 1978

LA CONSTITUCIÓN DE 1978

Los viernes, solemos hablar sobre libros. Llevamos unos meses recordando a los pensadores y teóricos de la Historia. Hoy, 6 de diciembre, me ha parecido oportuno hacer una pausa, y publicar sobre ese "libro" que es la Constitución Española de 1978.

Seguramente, la C.E. es el libro jurídico más leído por los españoles (junto con el manual del Código de Circulación que estudiamos para el carnet de conducir); ya que la mayoría solemos elegir lecturas más amenas que los textos legales. (Al menos, personalmente, no leo más leyes que las que me atañen profesionalmente o me sirven para algún tema particular concreto).

En España, ha habido muchas constituciones. Tal vez, la primera sea la más fácil de recordar: La Constitución de Cádiz en 1812. Sin embargo, existen bastantes más; prácticamente, toda la España del siglo XIX vivió bajo regímenes constitucionales. Pero, solo mencionaré la Constitución de 1876 que estuvo vigente hasta 1931; porque Miguel Primo de Rivera suspendió la Constitución en 1923, pero no la derogó.

Una constitución es una ley que establece quiénes son los poderes políticos, cómo se ejerce el poder y cómo se regulan las relaciones entre los poderes y los ciudadanos. Como no tengo preparación académica jurídica, solo añadiré que se parece mucho a un código, a unas reglas que enmarcan, limitan y amparan a todas las demás leyes.

Las constituciones, también la actual, se basa en la soberanía nacional, que corresponde al pueblo español, se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles.






Gracias por compartir Óscar!!

Gracias por compartir Enrique, José, José Agustín!!

Pedro Seco Varón, el problema de nuestra Constitución no es de calidad, aunque como todo sea mejorable, sino de inaplicación y boicoteo desde dentro. Y, en particular, la desafección y el desapego que sentimos los ciudadanos hacia los poderes públicos (gobierno y Administraciones; Parlamento -hoy convertido en mera prolongación del Ejecutivo-; y -en menor medida- Tribunales), no es culpa de la Constitución, sino de su incumplimiento por parte de sus responsables que juraron cumplirla y hacerla cumplir. La Constitución de Cádiz tenía un artículo 13 que, aunque nos quede lejano, merece ser recordado: “el objeto del gobierno es la FELICIDAD de la nación, puesto que el fin de toda sociedad política no es otro que el bienestar de los individuos que la componen”. Que tu, querido Pedro, y tus sagaces lectores, tengáis un estupendo puente de la Constitución.

Enrique Herrero Parral

De vuelta al mundo laboral.

6 días

Perfecta explicación de nuestra actual Constitución. De forma genérica. El único pero es que creo que la mayor parte de nuestros gobernantes ni se la han leído. Y además creo que somo el único país que se permite acoger a gobernantes que acceden al cargo sin acatarla. O lo que es lo mismo, renegar de ella por asuntos que solo ellos saben.

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