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Es nula la Resolución de Multa emitida por la Sunat que omite tipificar una infracción e inaplica el concurso de infracciones

(CS, Cas. 6879-2014-Lima, 3/2/2017 )Cuando la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) en la Resolución de Multa omite tipificar una infracción (en el caso, la prevista en el numeral 2 del artículo 178 del Código Tributario); y asimismo, inaplica lo previsto en el artículo 171 del referido código, donde se define el procedimiento a llevarse a cabo en caso ocurra el concurso de infracciones, corresponde declarar la nulidad de la Resolución de Multa para que la Sunat pueda proceder según le corresponde hacerlo de acuerdo a las facultades conferidas, más aun si los valores emitidos por la misma deben cumplir con los requisitos de validez y no incurrir en causales de nulidad. (S. S. Vinatea Medina)

Noticia generada en ene. 16/19 (08:18 am) 

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