Ley 6.468 - Economía Circular en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
La legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó esta Ley que tiene como objeto establecer lineamientos para la implementación de Programas de Economía Circular.
Esta Ley abarca todas las fases de la cadena de valor y del ciclo de vida de un bien, producto o servicio, lo cual incluye las etapas de abastecimiento, diseño, producción, comercialización y consumo.
Uno de los principios rectores de esta Ley es la Responsabilidad Extendida al Productor, que consiste en el deber de cada productor/comercializador de responsabilizarse por la gestión integral de los residuos generados en el final del ciclo de vida del producto, incluyendo el financiamiento de esta gestión.
La Ley ha previsto la conformación de Mesas Temáticas de Articulación para definir objetivos específicos por sectores de actividad, las cuales contarán con la participación de representantes de empresas, cooperativas y organizaciones de recuperadores urbanos, organizaciones ambientales, universidades, entidades académicas y centros de investigación públicos y privados.