Nulidad de Traslado de régimen pensional


Según se pudo advertir del anterior recuento, las AFP, desde su creación, tenían el deber de brindar información a los afiliados o usuarios del sistema pensional a fin de que estos pudiesen adoptar una decisión consciente y realmente libre sobre su futuro pensional. Desde luego que con el transcurrir del tiempo, el grado de intensidad de esta exigencia cambió para acumular más obligaciones, pasando de un deber de información necesaria al de asesoría y buen consejo, y finalmente al de doble asesoría. Lo anterior, es relevante, pues implica la necesidad, por parte de los jueces, de evaluar el cumplimiento del del deber de información de acuerdo con el momento histórico en que debía cumplirse, pero sin perder de vista que este desde un inicio ha existido”.

Argumento que permite reiterar la postura respecto de la necesidad de una asesoría veraz y efectiva por parte de las AFP al momento de solicitar el traslado de régimen de prima media al régimen de ahorro individual.  

Texto completo Sentencia SL-1452 de 2019 Rad. 68852

Alicia Fayad

Gestión Humana| Relaciones Estratégicas | Derecho Corporativo | Derecho Laboral | Organizaciones Saludables y Bienestar |

5 años

Excelente Dr Guerrero!!!

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