¿Por qué las urnas no pueden elegir jueces?

¿Por qué las urnas no pueden elegir jueces?

En los últimos días asistimos, una vez más, a los intentos del oficialismo de avanzar con un plan sistemático para cambiar el funcionamiento de la Justicia contemplado en nuestra Constitución Nacional. El mencionado plan no es novedoso, ya que se viene insistiendo con el mismo desde hace varios años desde las usinas ideológicas afines al grupo gobernante. Dos pilares argumentativos justifican la supuesta necesidad del cambio en el Poder Judicial, estos son: la supuesta democratización de la Justicia y la consecuente elección popular de los magistrados. Deseamos alertar sobre la gravedad que entraña para la democracia argentina la elección popular de los jueces.

En primer lugar, se invoca de manera errónea, que en la actual forma de designación de jueces no participa la voluntad popular. Esto es falso, ya que tanto el poder ejecutivo, como el legislativo, participan de la designación de jueces, ya que el primero debe seleccionar con acuerdo del Senado, los jueces postulantes de una terna que le eleva el Consejo de la Magistratura.

En segundo lugar, debemos preguntarnos por qué los jueces no son electos por el voto popular y duran en sus funciones mientras observen un buen comportamiento.

Si los jueces fuesen electos de manera análoga a los legisladores y funcionarios del poder ejecutivo, la justicia quedaría presa de las mayorías circunstanciales que los procesos electorales generan. El Poder Judicial, bajo el esquema republicano instaurado por la Constitución, nos protege de la tiranía de las mayorías.

La tarea fundamental de la justicia es lograr la convivencia pacífica en un marco democrático, a partir del cual las mayorías circunstanciales no aplasten los derechos y libertades de las minorías también circunstanciales. Y como en todo proceso de elecciones democráticas, las opciones ganadoras son cambiantes, las mayorías de hoy pueden ser minorías en el mañana. De forma tal que, un sistema judicial como el actual, facilita la convivencia entre mayorías y minorías, resguardando a estas últimas de los abusos que puedan estar tentadas de cometer las primeras.

Si algo debe asegurar la justicia es la convivencia pacífica de la sociedad, administrando de manera imparcial y objetiva, el sistema de normas que la sociedad ha decidido darse en un momento histórico determinado. Si con el pretexto de democratizar la justicia, alteramos la actual forma de designación y permanencia en los cargos de los jueces, la justicia lejos de sembrar la armonía social, puede convertirse en el catalizador de una guerra civil permanente.

Quizás, en la lógica del enfrentamiento y la polarización a la cual nos tiene acostumbrado el actual grupo gobernante, estemos asistiendo a un capítulo más de la mencionada lógica. Un peligroso capítulo, en el cual, bajo el supuesto de llevar la justicia hacia un modelo “nacional y popular”, nos encontremos en la antesala de uno de los más riesgosos peligros institucionales: la pérdida de una justicia imparcial e independiente, que proteja los derechos de las minorías y permita la coexistencia democrática de los ciudadanos.

Matías Lobos

 

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