Recomendaciones para evitar invitaciones del SAT por diferencias en retenciones de ISR e IVA
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Recomendaciones para evitar invitaciones del SAT por diferencias en retenciones de ISR e IVA

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha venido incrementando el envío de invitaciones a los contribuyentes por temas de retenciones de ISR o IVA.

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Ejemplo de invitación recibida por correo electrónico

Algunas de la razones principales son:

  • Durante X mes se recibió una factura  (CFDI tipo ingreso) con retenciones y con el método de pago: Pago en una sola exhibición (PUE), sin embargo se pagó hasta el mes siguiente. Consecuentemente la retención se hizo en un mes posterior a la fecha de timbrado del CFDI, de acuerdo a la fecha de pago.

Aquí la autoridad, considera la fecha en que timbró la factura y solicitará se le enteren las retenciones en el mes en que se timbró. Por más que se conteste a este tipo de invitaciones, no dejarán de seguir llegando.

  • Al contribuyente le timbraron por error una factura con retenciones y con el método de pago PUE, como tal, esta factura no la registrará en su contabilidad y mucho menos la pagará, por lo tanto, no enterará las retenciones que refieren los comprobantes fiscales.

En este otro caso, la autoridad presume que el CFDI se pagó, puesto que está como PUE y también continuará enviando las invitaciones sobre el tema.

Bueno, entonces ¿qué se puede hacer? Algunas recomendaciones prácticas para evitar las invitaciones de este tipo son:

  • Cuando se reciba una factura con retenciones y con método de pago PUE, pero que no se va a pagar en el mes, solicitar su cancelación y que se expida como PPD. Ya cuando se pague se emitirá el Recibo electrónico de pago correspondiente.
  • Realizar una revisión de facturas recibidas, y si se identifica algunas o algunas con retenciones y con método de pago PUE pero que no fue solicitado y por lo tanto no se pagará, pedirle al emisor su cancelación. 
  • Si el proveedor no acepta, recuerda que el SAT habilitó en su página un apartado para solicitudes de conciliación de facturas, que se puede usar en estos casos. Si esta conciliación no llega a funcionar, tendrás en tu poder un documento que te sirve para acreditar que esa factura no la pagaste tan es así, que solicitaste un servicio de conciliación con el proveedor a través de SAT y tienes la evidencia (captura de pantalla, acuse, etc.), esto puede ser utilizado en un procedimiento de aclaración a las invitaciones.

Como podrás observar estimado lector, las recomendaciones son prospectivas, para las correctivas podrías aplicar cancelación y re-facturación, siempre y cuando te encuentres dentro de los plazos establecidos.

¿Qué otras recomendaciones agregarías? te leo en los comentarios.

Juan Espinoza Garcia | Especialista en Impuestos

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