Reforma a las Normas sobre la Exoneración del IPVM

Reforma a las Normas sobre la Exoneración del IPVM

El Servicio de Rentas Internas, mediante la Resolución No. NAC-DGERCGC24-00000038, reforma la resolución No. NAC-DGERCGC23-00000030, la cual establece las normas aplicables al procedimiento de registro de la exoneración del Impuesto Anual sobre la Propiedad de Vehículos Motorizados (IPVM).

Principales reformas:

Entre las principales reformas, se incluyen disposiciones específicas sobre los requisitos necesarios para acceder a la reducción del 80% del IPVM aplicable a vehículos motorizados destinados al transporte terrestre de una tonelada o más, siempre que sean propiedad de personas naturales o jurídicas que los utilicen exclusivamente en actividades productivas o comerciales. Estableciendo lo siguiente: 

  • Autorización y comprobantes electrónicos: El sujeto pasivo debe contar con una autorización vigente y haber emitido comprobantes electrónicos en caso de contar con esta modalidad.
  • Verificación de requisitos: La Administración verificará el cumplimiento del requisito de emisión de comprobantes electrónicos a partir del período fiscal siguiente al momento en que se otorgó la autorización.

Disposición Transitoria Única 

Los registros de reducción del IPVM realizados entre el 1 de septiembre de 2024 y la fecha de entrada en vigencia de esta resolución serán validados automáticamente, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la nueva normativa.

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