Requisitos para la creación de una Entidad Fintech en Venezuela. ( Parte I)

Requisitos para la creación de una Entidad Fintech en Venezuela. ( Parte I)

Los #emprendimientos Financieros #Tecnológicos en #venezuela tienen sus comienzos desde aproximadamente el año 2013, como Aliados Estratégicos de la #banca, sin embargo, la realidad es que estas entidades no estaban siendo supervisadas por la Sudeban, como ente encargado de monitorear la actividades del #sistema #financiero .

La Resolución Nro.001-21, emita por este Ente Supervisor , da el inicio de una nueva temporada para el Sistema Financiero Venezolano, regularizando esta actividad. En este sentido, esta Resolución exige y establece requisitos que deben cumplir las compañías tecnológicas, que desean formar mantenerse (ya que algunas venían funcionando) ó formar parte de este Ecosistema.

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Requisitos a los Accionistas

Esta resolución tiene algunas particularidades, entre las cuales podemos mencionar las exigencias a los Accionistas o Junta Directiva que conforme la Compañía Tecnológica, entre las cuales podemos mencionar las siguientes:

  • Entre ellos, existen requisitos de cualidad personal de cada uno de los accionistas, conforme al ámbito legal en Venezuela, tales como, copia del Registro de Información Fiscal (RIF), copia de su identificación; así mismo, se le solicita un reporte del histórico de sus movimientos bancarios de los últimos 5 años, emitido por el Sistema de Información central de Riesgos ( mejor conocido como Sicri). Adicionalmente, se debe suministrar la información del Balance Personal, certificación de ingresos y declaración de impuesto sobre la renta.
  • Para efectos de cubrir otras formalidades de Ley, se les solicita a los accionistas que conforman dicho Emprendimiento Tecnológico, una declaración Jurada notariada, donde se manifieste no haber estado incurso en causales de inhabilitaciones y prohibiciones según lo menciona unos artículos relacionados al Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Instituciones del Sector Bancario.
  • Igualmente, debe informarse en esa declaración jurada, si algunos de los Accionistas han participado en cargos de dirección, administración, gestión ó control, de Instituciones Bancarias Intervenidas, estatizadas o liquidadas, el cual deberá manifestar sí estuvo incurso en cualquier proceso investigativo y finalmente su resolución.

La creación de la carpeta de información que arriba se menciona, se requiere de reuniones contantes con los accionistas y validar que la información a entregar este debidamente ordenada y validada. La experiencia nos indica, que sencillamente es necesario ser cuidadoso con la información a entregar.

En el próximo articulo mencionaremos los Requisitos para la Entidad Mercantil, como proyecto de Entidad tecnológica a solicitar la licencia ante la #Sudeban.

Randy Romero

Primer entrenador en CF PATACONA

1 año

Hola Robinson. Agradecido por el post. ¿Cómo podríamos contactarte para ahondar en el tema?

Cuanto cuesta desarrollo de una fintech para Venezuela?

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