RGPD. ¿MI WEB CUMPLE?
Muchos correos, sms, etc estamos recibiendo en los últimos días de empresas que "informan" de cambios en sus políticas de privacidad, cookies, gestión de los datos personales, etc.
También muchas empresas, especialmente medianas y pequeñas están preocupados por cómo les afecta y que deben hacer para cumplir y no ser sancionados.
Aquí va un artículo bastante ilustrativo de los requisitos que debemos considerar para cumplir con el nuevo RGPD desde el punto de vista legal en lo que respecta a la información y gestión de esta información.
Este es un matiz muy importante porque estas premisas que se definen en este articulo no señala ni determina las medidas técnicas y organizativas que todas las empresas y administraciones deben adoptar obligatoriamente para proteger la información que manejan de terceros.
Nos encontramos con bastante confusión por parte de las empresas en este aspecto. Y es que se quedan solamente en la parte de cumplimento legal informado. Pero el RGPD va mucho más allá.
En su artículo 25 exige la adopción de este tipo de medidas técnicas y organizativas. Por lo que ante un incidente de seguridad si estas medidas no han sido adaptadas correctamente, nadie estará a salvo de la sanción además del perjuicio en imagen o económico por dicho incidente.
Fuente: GENBETA
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