Vaticano prohíbe esparcir cenizas de difuntos o guardarlos en casa
La cremación o incineración, sigue ganando terreno en la sociedad actual, en mayor parte, por las bondades que esta práctica ofrece. Los familiares manifiestan como una de ellas, el conservar consigo la cenizas o restos de sus seres queridos o tomar la decisión de esparcirlas en algún lugar determinado; sin embargo esto a ocasionado polémica, primeramente por parte de los psicólogos, quienes manifiestan que el decir dónde poner las cenizas crea conflicto interno entre los dolientes, una situación de dolor y tensión, por lo cual recomiendan determinar el destino final antes de la muerte del ser querido.
Sin embargo, el día 25 de octubre del 2016 el Vaticano anunció nuevas instrucciones acerca de la sepultura de los difuntos y la conservación de las cenizas en caso de cremación, donde la iglesia ha prohibido esparcir y guardar en casa los restos o cenizas de difuntos.
La Congregación para la Doctrina de la Fe, un órgano colegiado de la Santa Sede cuya función es custodiar la correcta doctrina católica en la Iglesia, ha redactado la instrucción “Ad resurgendum cum Cristo” cuya traducción es “Para resucitar con Cristo”, en lo que destaca que si se efectúa la cremación de un cuerpo, sus cenizas deben mantenerse en un lugar sagrado, ya sea un mausoleo o una iglesia.
Asi mismo se rechaza totalmente rituales que impliquen conceptos erróneos de la muerte, y el conservar pequeñas cantidades de cenizas en piezas en cualquier artículo, ya sea piezas de joyerías, artículos conmemorativos, etc.
Esta instrucción aclara que, mediante la sepultura de los cuerpos en los cementerios, en las iglesias o en las áreas a ellos dedicadas, la tradición cristiana ha custodiado la comunión entre los vivos y los muertos, y se ha opuesto a la tendencia a ocultar o privatizar el evento de la muerte y el significado que tiene para los cristianos.
(FUENTE: NOVUS FUNERARIO)