Voy a Bailar
Cuando vas a bailar según tu edad vas a poder entrar a algunos boliches y a otros no, tenés que respetar las condiciones para el ingreso pero no te pueden discriminar, tienen que tener servicio médico y si sos víctima de violencia denunciá
¿Puedo ir a un boliche si soy menor de edad?
Si estas en CABA y tenés entre 15 y 18 años, sólo podés ir a bailar a boliches en los que entra gente de esa edad. Funcionan entre las 16 y 24 horas.
Código de habilitaciones y verificaciones de la Ciudad de Buenos Aires, Ordenanza 33.266, Cap. 10, art. 10.2.10
¿Está bien que me pidan el documento para entrar a un boliche?
Sí. Te lo piden para saber cuántos años tenés y si tenés la edad para entrar al boliche.
Ley 26.370. Ley de control de acceso a boliches, Art. 9, inc. e.
¿Pueden venderme alcohol en el boliche si tengo menos de 18 años?
No, está prohibida la venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años en todo el país.
Ley 24.788. Ley de lucha contra el alcoholismo, Art 1.
¿Pueden prohibirme la entrada al boliche por la ropa que uso?
Si, te pueden negar la entrada a un boliche por la forma en que estás vestido siempre que no te discriminen.
Por ejemplo, si en el boliche sólo se permite entrar con pantalones largos y vos vas con pantalones cortos, no vas a ingresar. Pero para que esto no sea discriminatorio, nadie con pantalones cortos tiene que entrar.
Ley 26370. Ley de control de acceso a boliches, Art. 4.
¿Cómo me entero de las condiciones que me piden para entrar al boliche?
El organizador tiene la obligación de tener carteles en la entrada del boliche o donde se venden las entradas con las condiciones para el ingreso. Por ejemplo: no se puede entrar en traje de baño o con musculosa, solo pueden ingresar mayores de edad, etc.
También tiene que decir cuánto cuesta la entrada o la consumición.
Ley 26370. Ley de control de acceso a boliches, Art. 30.
¿Qué hago si en el boliche me discriminan?
Podés hacer la denuncia en:
La policía.
En el juzgado de turno.
En el RENCAP (Registro de empresas y trabajadores de control de admisión y permanencia) La denuncia la podés hacer por Internet. Formulario de denuncia
En el INADI (Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo)
Los boliches deben tener en la entrada un cartel con el texto del artículo 16 de la Constitución Nacional que habla de la igualdad ante la ley de todos los habitantes y esta frase: "Frente a cualquier acto discriminatorio, usted puede recurrir a la autoridad policial y/o juzgado civil de turno, quienes tienen la obligación de tomar su denuncia”. Este cartel es obligatorio y si no lo tienen, se los puede multar.
Ley 26.370. Ley de control de acceso a boliches, Art. 9, inc. l.
Constitución Nacional, Art. 16.
¿Pueden prohibirme entrar al boliche porque hay demasiada gente?
Sí. Por cuestiones de seguridad, no se puede dejar entrar más gente al boliche cuando se supera el máximo de su capacidad. Por ejemplo, si el boliche está habilitado para 500 personas y se llega a esa cantidad, no pueden entrar más personas.
Ley 26370. Ley de control de acceso a boliches, Art 11, inc. f.
DNU 2/2010. Condiciones de seguridad en actividades nocturnas, Art. 3 Anexo I.
¿Me pueden echar del boliche?
Sí. Te pueden echar del boliche si:
Te ponés violento o agresivo, provocás peleas o molestias.
Si consumiste drogas o alcohol y causás molestias a otros.
Portás armas, pirotecnia u otros objetos que ponen en peligro la seguridad.
Llevás símbolos racistas, de odio a extranjeros o que inciten a la violencia.
Ley 26370. Ley de control de acceso a boliches, Art. 11.
¿Cuándo puede entrar la policía al boliche?
La policía interviene en el boliche cuando hay peligro para las personas o las cosas.
Si no hay riesgos, el personal del boliche realiza la función de control siempre respetando la dignidad e integridad física de todos.
Ley 26.370. Ley de control de acceso a boliches, Art. 9, inc. l.
¿El boliche tiene la obligación de tener un médico?
Si. En CABA, mientras el boliche esté abierto, tiene que tener servicio médico de emergencias.
DNU 1/2005 de CABA, Art.5, inc.
¿Qué hago si el personal de control me pega?
Hacé la denuncia ante cualquiera de estos organismos:
La policía.
En el juzgado de turno.
En el RENCAP (Registro de empresas y trabajadores de control de admisión y permanencia) La denuncia la podés hacer por Internet. Formulario de denuncia
Ley 26.370. Ley de control de acceso a boliches, Art. 21, inc.c. y Arts. 23 al 25.
¿Qué requisitos tiene que reunir una persona para ser personal de control de un boliche?
Para que una persona pueda ser personal de control de un boliche, tiene que reunir estos requisitos:
Ser mayor de 18 años.
Tener 2 años de residencia en el país.
Haber cumplido la educación obligatoria.
Presentar certificados de antecedentes penales y reincidencia.
Presentar certificado de aptitud psicológica.
Aprobar la capacitación que se le pida para ejercer la función de controlador.
No prestar servicios activamente en ninguna fuerza de seguridad.
No haber sido separado o destituido de una fuerza de seguridad.
No tener condenas por delitos de lesa humanidad.
No tener condenas por delitos cometidos en la función de controlador.
Ley 26.370, Ley de control de acceso a boliches, Art. 8.
¿Puede usar armas el personal de control de boliches?
No. El personal de control de boliches tiene prohibido usar o portar armas de cualquier tipo.
También tienen prohibido estar alcoholizados o bajo el efecto de drogas durante la jornada laboral.
No pueden desempeñar su función sin la habilitación correspondiente.
Ley 26.370, Ley de control de acceso a boliches, Art. 10.
¿Cómo sé si un boliche está habilitado para funcionar?
Si estás en CABA, podés consultar el Registro Público de Locales Bailables ingresando a la página del Gobierno de la Ciudad. Ahí podes informarte sobre la habilitación y la capacidad máxima de personas permitidas.