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Document 12006E249
Treaty establishing the European Community (consolidated version)#Part Five - Institutions of the Community#TITLE I - Provisions governing the institutions#Chapter 2 - Provisions common to several institutions#Article 249
Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (Versión consolidada)
Quinta parte. Instituciones de la Comunidad
TÍTULO I. Disposiciones institucionales
Capítulo 2. Disposiciones comunes a varias instituciones
Artículo 249
Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (Versión consolidada)
Quinta parte. Instituciones de la Comunidad
TÍTULO I. Disposiciones institucionales
Capítulo 2. Disposiciones comunes a varias instituciones
Artículo 249
DO C 321E de 29.12.2006, p. 153–153
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
In force
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Modified by | 12007L002 | 01/12/2009 |
Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (Versión consolidada) - Quinta parte. Instituciones de la Comunidad - TÍTULO I. Disposiciones institucionales - Capítulo 2. Disposiciones comunes a varias instituciones - Artículo 249
Diario Oficial n° C 321 E de 29/12/2006 p. 0153 - 0153
Diario Oficial n° C 325 de 24/12/2002 p. 0132 - Versión consolidada
Diario Oficial n° C 340 de 10/11/1997 p. 0278 - Versión consolidada
Diario Oficial n° C 224 de 31/08/1992 p. 0065 - Versión consolidada
(Tratado CEE - publicación oficial no disponible)
Artículo 249 Para el cumplimiento de su misión, el Parlamento Europeo y el Consejo conjuntamente, el Consejo y la Comisión adoptarán reglamentos y directivas, tomarán decisiones y formularán recomendaciones o emitirán dictámenes, en las condiciones previstas en el presente Tratado. El reglamento tendrá un alcance general. Será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. La directiva obligará al Estado miembro destinatario en cuanto al resultado que deba conseguirse, dejando, sin embargo, a las autoridades nacionales la elección de la forma y de los medios. La decisión será obligatoria en todos sus elementos para todos sus destinatarios. Las recomendaciones y los dictámenes no serán vinculantes. --------------------------------------------------