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Document 62010CB0476
Case C-476/10: Order of the Court of 24 June 2011 (reference for a preliminary ruling from the Unabhängiger Verwaltungssenat des Landes Vorarlberg (Austria)) — proceedings brought by projektart Errichtungsgesellschaft mbH, Eva Maria Pepic, Herbert Hilbe (First subparagraph of Article 104(3) of the Rules of Procedure — Free movement of capital — Article 40 of and Annex XII to the EEA Agreement — Purchase by nationals of the Principality of Liechtenstein of a secondary residence in the Land of Vorarlberg (Austria) — Procedure of prior authorisation — Admissibility)
Asunto C-476/10: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 24 de junio de 2011 (petición de decisión prejudicial planteada por el Unabhängiger Verwaltungssenat des Landes Vorarlberg — Austria) — procedimiento iniciado por projektart Errichtungsgesellschaft mbH, Eva Maria Pepic, Herbert Hilbe [Artículo 104, apartado 3, párrafo primero, del Reglamento de Procedimiento — Libre circulación de capitales — Artículo 40 y anexo XII del Acuerdo EEE — Adquisición por nacionales del Principado de Liechtenstein de una segunda residencia situada en el Land de Vorarlberg (Austria) — Procedimiento de autorización previa — Admisibilidad]
Asunto C-476/10: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 24 de junio de 2011 (petición de decisión prejudicial planteada por el Unabhängiger Verwaltungssenat des Landes Vorarlberg — Austria) — procedimiento iniciado por projektart Errichtungsgesellschaft mbH, Eva Maria Pepic, Herbert Hilbe [Artículo 104, apartado 3, párrafo primero, del Reglamento de Procedimiento — Libre circulación de capitales — Artículo 40 y anexo XII del Acuerdo EEE — Adquisición por nacionales del Principado de Liechtenstein de una segunda residencia situada en el Land de Vorarlberg (Austria) — Procedimiento de autorización previa — Admisibilidad]
DO C 252 de 27.8.2011, p. 11–12
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
27.8.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 252/11 |
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 24 de junio de 2011 (petición de decisión prejudicial planteada por el Unabhängiger Verwaltungssenat des Landes Vorarlberg — Austria) — procedimiento iniciado por projektart Errichtungsgesellschaft mbH, Eva Maria Pepic, Herbert Hilbe
(Asunto C-476/10) (1)
(Artículo 104, apartado 3, párrafo primero, del Reglamento de Procedimiento - Libre circulación de capitales - Artículo 40 y anexo XII del Acuerdo EEE - Adquisición por nacionales del Principado de Liechtenstein de una segunda residencia situada en el Land de Vorarlberg (Austria) - Procedimiento de autorización previa - Admisibilidad)
2011/C 252/22
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Unabhängiger Verwaltungssenat des Landes Vorarlberg
Partes
projektart Errichtungsgesellschaft mbH, Eva Maria Pepic, Herbert Hilbe
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Unabhängiger Verwaltungssenat des Landes Vorarlberg — Interpretación de artículo 6, apartado 4, de la Directiva 88/361/CEE del Consejo, de 24 de junio de 1988, para la aplicación del artículo 67 del Tratado (DO L 178, p. 5) — Compra de una segunda residencia situada en un Estado miembro de la Unión Europea por ciudadanos de un tercer Estado, parte en el Acuerdo del Espacio Económico Europeo (Liechtenstein) — Normativa nacional de dicho Estado miembro que supedita tales adquisiciones a un procedimiento de autorización.
Fallo
El artículo 40 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, de 2 de mayo de 1992, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional, como la que constituye el objeto del litigio principal, que, basándose en el artículo 6, apartado 4, de la Directiva 88/361/CEE del Consejo, de 24 de junio de 1988, para la aplicación del artículo 67 del Tratado (artículo derogado por el Tratado de Ámsterdam), prohíbe a un nacional del Principado de Liechtenstein la adquisición de una segunda residencia situada en un Estado miembro de la Unión, de forma que una autoridad nacional no debe aplicar dicha normativa nacional.