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Document 62015TN0017
Case T-17/15: Action brought on 15 January 2015 — Italy v Commission
Asunto T-17/15: Recurso interpuesto el 15 de enero de 2015 — Italia/Comisión
Asunto T-17/15: Recurso interpuesto el 15 de enero de 2015 — Italia/Comisión
DO C 81 de 9.3.2015, p. 27–28
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
9.3.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 81/27 |
Recurso interpuesto el 15 de enero de 2015 — Italia/Comisión
(Asunto T-17/15)
(2015/C 081/35)
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: República Italiana (representantes: P. Gentili, avvocato dello Stato, y G. Palmieri, agente)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule la convocatoria de concurso EPSO/AD/294/14 — Administradores (AD 6) en el ámbito de la protección de datos. |
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Condene en costas a la Comisión. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca siete motivos.
1. |
Primer motivo, basado en la infracción de los artículos 263 TFUE, 264 TFUE y 266 TFUE.
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2. |
Segundo motivo, basado en la infracción del artículo 342 TFUE y de los artículos 1 y 6 del Reglamento no 1/58.
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3. |
Tercer motivo, basado en la infracción de los artículos 12 CE, actualmente 18 TFUE; 22 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión; 6 TUE, apartado 3; 1, apartado 2, y 3 del anexo III del Estatuto de los Funcionarios; 1 y 6 del Reglamento no 1/58; 1 quinquies, apartados 1 y 6, 27, párrafo segundo, y 28, letra f), del Estatuto de los Funcionarios.
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4. |
Cuarto motivo, basado en la infracción del artículo 6 TUE, apartado 3, en la medida en que establece el principio de protección de la confianza legítima como derecho fundamental emanado de las tradiciones constitucionales comunes a los Estados miembros.
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5. |
Quinto motivo, basado en la desviación de poder y en la infracción de las normas sustantivas inherentes a la naturaleza y la finalidad de las convocatorias de oposiciones, en particular de los artículos 1 quinquies, apartados 1 y 6; 28, letra f); 27, párrafo segundo; 34, apartado 3, y 45, apartado 1, del Estatuto de los Funcionarios, así como en la violación del principio de proporcionalidad.
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6. |
Sexto motivo, basado en la infracción de los artículos 18 TFUE y 24 TFUE, párrafo cuarto; 22 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea; 2 del Reglamento no 1/58 y 1 quinquies, apartados 1 y 6, del Estatuto de los Funcionarios.
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7. |
Séptimo motivo, basado en la infracción de los artículos 1 y 6 del Reglamento no 1/58; 1 quinquies, apartados 1 y 6, y 28, letra f), del Estatuto de los Funcionarios; 1, apartado 1, letra f), del anexo III del Estatuto de los Funcionarios y 296 TFUE, párrafo segundo (falta de motivación), así como en la violación del principio de proporcionalidad y en la distorsión de los hechos.
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