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Document C2006/036/04
Judgment of the Court (First Chamber) of 24 November 2005 in Joined Cases C-138/03, C-324/03 and C-431/03: Italian Republic v Commission of the European Communities (Action for annulment — Structural funds — Co-financing — Regulations (EC) No 1260/1999 and No 1685/2000 — Conditions concerning the eligibility of payments on account made by national bodies within the framework of State aid schemes)
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera), de 24 de noviembre de 2005 , en los asuntos acumulados C-138/03, C-324/03 y C-431/03: República Italiana contra Comisión de las Comunidades Europeas ( Recurso de anulación — Fondos Estructurales — Cofinanciación — Reglamentos (CE) n os 1260/1999 y 1685/2000 — Requisitos para subvencionar anticipos pagados por organismos nacionales en el marco de regímenes de ayudas de Estado )
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera), de 24 de noviembre de 2005 , en los asuntos acumulados C-138/03, C-324/03 y C-431/03: República Italiana contra Comisión de las Comunidades Europeas ( Recurso de anulación — Fondos Estructurales — Cofinanciación — Reglamentos (CE) n os 1260/1999 y 1685/2000 — Requisitos para subvencionar anticipos pagados por organismos nacionales en el marco de regímenes de ayudas de Estado )
DO C 36 de 11.2.2006, p. 3–3
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
11.2.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 36/3 |
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA
(Sala Primera)
de 24 de noviembre de 2005
en los asuntos acumulados C-138/03, C-324/03 y C-431/03: República Italiana contra Comisión de las Comunidades Europeas (1)
(«Recurso de anulación - Fondos Estructurales - Cofinanciación - Reglamentos (CE) nos 1260/1999 y 1685/2000 - Requisitos para subvencionar anticipos pagados por organismos nacionales en el marco de regímenes de ayudas de Estado»)
(2006/C 36/04)
Lengua de procedimiento: italiano
En los asuntos acumulados C-138/03, C-324/03 y C-431/03, que tienen por objeto sendos recursos de anulación con arreglo al artículo 230 CE, interpuestos el 27 de marzo de 2003 (C-138/03), el 24 de julio de 2003 (C-324/03) y el 9 de octubre de 2003 (C-431/03), República Italiana (agente: Sr. I.M. Braguglia, asistido por el Sr. A. Cingolo), que designa domicilio en Luxemburgo, contra Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sres. E. De March y L. Flynn, asistidos por el Sr. A. Dal Ferro), el Tribunal de Justicia (Sala Primera), integrado por el Sr. P. Jann, Presidente de Sala, y el Sr. K. Schiemann, la Sra. N. Colneric, los Sres. J.N. Cunha Rodrigues (Ponente) y E. Levits, Jueces; Abogado General: Sra. J. Kokott; Secretaria: Sra. L. Hewlett, administradora principal, ha dictado el 24 de noviembre de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:
1) |
Sobreseer el recurso en el asunto C-138/03. |
2) |
Desestimar el recurso en el asunto C-324/03. |
3) |
Declarar la inadmisibilidad del recurso en el asunto C-431/03. |
4) |
Condenar a la Comisión de las Comunidades Europeas a cargar con las costas correspondientes al asunto C-138/03. |
5) |
Condenar a la República Italiana a pagar las costas correspondientes a los asuntos C-324/03 y C-431/03. |