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Document 52001AE1493
Opinion of the Economic and Social Committee on the "Communication from the Commission to the Council, the European Parliament, the Economic and Social Committee and the Committee of the Regions entitled A new framework for cooperation on activities concerning the information and communication policy of the European Union"
Dictamen del Comité Económico y Social sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones relativa a un nuevo marco para la cooperación en actividades referentes a la política de información y comunicación de la Unión Europea"
Dictamen del Comité Económico y Social sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones relativa a un nuevo marco para la cooperación en actividades referentes a la política de información y comunicación de la Unión Europea"
DO C 48 de 21.2.2002, p. 109–112
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
Dictamen del Comité Económico y Social sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones relativa a un nuevo marco para la cooperación en actividades referentes a la política de información y comunicación de la Unión Europea"
Diario Oficial n° C 048 de 21/02/2002 p. 0109 - 0112
Dictamen del Comité Económico y Social sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones relativa a un nuevo marco para la cooperación en actividades referentes a la política de información y comunicación de la Unión Europea" (2002/C 48/25) El 29 de junio de 2001, de conformidad con el artículo 262 del Tratado CE, la Comisión decidió consultar al Comité Económico y Social sobre la comunicación mencionada. El Comité designó al Sr. Gafo Fernández como ponente general encargado de elaborar el dictamen. En su 386o Pleno de los días 28 y 29 de noviembre de 2001 (sesión del 29 de noviembre), el Comité Económico y Social ha aprobado por unanimidad el presente Dictamen. 1. Observaciones generales 1.1. El CES apoya el objetivo de la Comisión de crear un nuevo marco de cooperación en materia de información y comunicación, que permita definir y aplicar una estrategia común sobre este tema que tenga en cuenta el papel que debe desempeñar el conjunto de las instituciones y órganos de la Unión Europea. 1.2. Resulta evidente que para desarrollar un debate informado sobre el futuro de Europa, tal y como es, por ejemplo, el Libro Blanco sobre la Gobernanza, debe existir una cierta planificación previa que permita sensibilizar a la ciudadanía y asociarla de forma activa y positiva. Ello es aún más evidente en el caso de sucesos inesperados que afectan a políticas comunitarias, como ha podido ser el caso de las crisis alimentarias, donde la necesidad de información transparente y estructurada al ciudadano se hace aún más palpable. Lo cual exige el establecimiento previo de una estrategia de comunicación basada en una planificación de "objetivos individualizados" de comunicación, adaptando a los mismos los canales de comunicación y los mensajes a transmitir. Asimismo, ello permitirá una mayor capacidad de reacción ante situaciones inesperadas que requieran transmitir a la ciudadanía la dimensión de las políticas y de las actuaciones de la Unión Europea. 1.3. El CES está dispuesto a contribuir a ello, haciendo valer, además de su función consultiva ante las instituciones europeas, su especificidad y complementariedad con relación a las otras instituciones europeas. Al ser la única asamblea a escala europea que no está vinculada, directa o indirectamente, a los partidos políticos, el CES europeo está en condiciones de poner al servicio del objetivo buscado su capacidad de: - actuar como enlace de las organizaciones de la sociedad civil de los Estados miembros; - contribuir a la estructuración del diálogo entre las organizaciones de la sociedad civil ("institutional building") en los países y zonas extracomunitarios, dando prioridad a los países candidatos a la adhesión; - adaptar el mensaje que debe transmitirse, tal como lo concibe la Comunicación, en función de las especificidades de cada audiencia concreta y de la variedad de los interlocutores representados en el CES. Esta orientación se inscribe también en el marco del protocolo de cooperación recientemente firmado entre la Comisión y el Comité. 1.4. El CES señala que dispone de su propio plan estratégico de comunicación, que coincide en numerosos puntos con las orientaciones previstas en la Comunicación examinada. En particular, la cooperación interinstitucional que busca la Comisión es uno de los objetivos esenciales del citado plan estratégico de comunicación de CES. Así, el plan estratégico de comunicación, que el CES elaboró por iniciativa propia, constituye ya un medio operativo eficaz para responder a las expectativas de la Comunicación de la Comisión, siempre y cuando se asignen los medios financieros adecuados. 1.5. El CES lamenta que la Comunicación, que va dirigida al conjunto de las Instituciones de la UE, solo tenga en cuenta, en lo fundamental, al Parlamento Europeo y a la Comisión, aunque, en sucesivas ocasiones, se haga mención de la integridad y la responsabilidad propios de cada Institución. Ahora bien "una auténtica revisión de la política de información" debería superar los esquemas en vigor desde hace tantos años, y cuyos resultados se reconoce que fueron decepcionantes, para conceder un más amplio lugar a las nuevas contribuciones, originales y complementarias que las otras Instituciones y órganos comunitarios, aunque más modestos, están en muchos casos en condiciones de aportar a la iniciativa propuesta por la Comisión. Esta reflexión puede también aplicarse al papel que debe desempeñar el Consejo Europeo. En este sentido el Comité, que participa de manera activa en todas las medidas de cooperación interinstitucional actualmente en curso de potenciación, pide participar, en particular, en todas las estructuras interinstitucionales previstas en la Comunicación y entrar a formar parte del Grupo de trabajo interinstitucional de información (GII). 2. Observaciones específicas 2.1. Una Europa más próxima a los ciudadanos El CES debe insistir en que se valore como un elemento esencial de la futura estrategia su vocación y capacidad de actuar como enlace o intermediario entre las instituciones europeas y las organizaciones de la sociedad civil de los Estados miembros, con las que ha establecido relaciones regulares y firmes con el fin de llegar, a través de ellas, al ciudadano. Este papel que el CES tiene derecho a destacar -con mayor fuerza tras la firma del Tratado de Niza- debería ser reconocido por las otras instituciones, y puesto de relieve y facilitado en la aplicación de una estrategia común en cuanto a información y comunicación. Además, sería necesario que esta estrategia identificara los diferentes colectivos de ciudadanos a los que se dirige la información, tratando de adaptar la misma a sus necesidades específicas. En este sentido, el Comité puede jugar asimismo un papel muy importante. 2.2. Responsabilidad e integridad de las instituciones La naturaleza misma de CES -más próximo al terreno económico y social y al ciudadano que ninguna otra institución europea- le permite añadir una plusvalía indispensable en un enfoque interinstitucional; el CES se propone dotarse de una identidad nueva y fuerte, explotando las sinergias que ofrece esta cooperación: se trata de combinar especificidad y complementariedad de los mensajes. 2.3. El Grupo de trabajo interinstitucional de información y al Organismo consultivo sobre información y comunicación No cabe duda de que es preciso ampliar la composición del Grupo de trabajo interinstitucional, por una parte porque ello redundará en beneficio de sus conocimientos técnicos, potenciando la capacidad de aproximar al ciudadano que el CES puede aportar, y por otra parte porque es poco probable que determinadas instituciones que no gocen de representación puedan comprender y asimilar con satisfacción la sugerencia de la Comunicación, según la cual "cada Institución toma nota de las decisiones del GII y de las recomendaciones hechas". Por estas razones, el CES debe ocupar un lugar en este Grupo de trabajo, así como por otra parte en el Organismo consultivo sobre información y comunicación previsto en el último párrafo del punto I.1.2. 2.4. Cooperación sobre el terreno - Representaciones y Oficinas Exteriores Aunque no dispone de ninguna estructura de este tipo, el CES ha desarrollado un diálogo fructífero y constante con las organizaciones de la sociedad civil en los países extracomunitarios, y, en particular estos últimos años, en los países candidatos a la ampliación (institutional building). Estas acciones del CES podrían merecer un interés y un apoyo mucho mayores por parte de las Representaciones y las Oficinas Exteriores de la Comisión y también del PE. Dado que la Comisión prevé revisar el contenido de los mandatos de estas oficinas, convendría proponer (y no solamente sugerir) que las citadas delegaciones se encarguen de: - difundir las publicaciones de CES; - colaborar activamente en las manifestaciones de CES en los países en cuestión; - acoger activamente a los miembros y funcionarios del CES en misión, con vistas a la preparación de estas manifestaciones; - designar a una persona de contacto para las actividades con el CES. 2.5. Otras Instituciones y órganos Los comentarios consagrados al CES (y al CDR) merecerían tener una mayor entidad. Cabe señalar también que el Protocolo de cooperación firmado el 24 de septiembre de 2001 por el CES y la Comisión pasa a ser en la Comunicación, en su punto 2, unas "declaraciones comunes". La Comunicación habla de aclarar el papel de cada institución. Es esencial que el papel de CES se precise por las otras instituciones a la hora de exponer el funcionamiento del proceso de decisión. En efecto, siquiera por su independencia y su proximidad natural con las realidades del terreno y del ciudadano, el CES puede contribuir a la aproximación entre los Europeos y las instituciones de la Unión tan deseada por la Comisión. 2.6. Estados miembros e Instituciones nacionales: Parlamentos y Consejos Económicos y Sociales El CES debería participar en "acciones comunes con organismos gubernamentales en los Estados miembros" (p. 11). El CES podría tomar la iniciativa de esas acciones, junto a los CES nacionales y regionales, en el marco de las relaciones de trabajo e intercambio que mantiene con éstos y, en particular, servir de enlace también con los Parlamentos nacionales. 2.7. Posibilidades de externalización La idea de crear a una Agencia de información interinstitucional es interesante en la medida en que podría constituir una fuente de recursos y competencias, manteniendo al mismo tiempo relaciones estrechas con las distintas instituciones, a fin de mantenerse totalmente al corriente de sus especificidades, abordando al mismo tiempo la cuestión de la comunicación y la información de una manera independiente y, sobre todo, de un modo tan profesional como sea posible, dándole al mismo tiempo una dimensión humana (simplicidad de las lenguas, claridad de los mensajes, escucha etc.) que tanto echan en falta los ciudadanos de Europa. El recurso a la externalización permite permanecer en contacto con las realidades del mercado y sus tendencias, y evitar limitarse a mensajes demasiado rígidos y administrativos en exceso. Esta opinión puede pues ser una garantía de creatividad y originalidad en la formulación de los mensajes o en la firma de las instituciones. El CES estima interesante esta iniciativa, y considera que debería participar en los trabajos para la eventual creación una agencia de este tipo. 2.8. Seguimiento En respuesta al llamamiento hecho por la Comisión (último apartado) el CES debería potenciar el papel que los Consejeros están en condiciones de desarrollar en los Estados miembros a través de las organizaciones a las que pertenecen. Ello irá en la dirección, deseada por la Comisión Europea, de actuar prioritariamente sobre los formadores y multiplicadores de opinión en cada Estado miembro. - Por ser ellos mismos multiplicadores, los Consejeros tienen también una función informativa hacia sus organizaciones, así como hacia todos los contactos que puedan mantener a todos los niveles; - las relaciones con los Consejos económicos y sociales nacionales y regionales son muy importantes por ser éstos a su vez multiplicadores que tampoco deben descuidarse. Es importante, con carácter general, no dejarse paralizar por consideraciones de tipo "coto vedado". 3. En relación con el anexo de la Comisión 3.1. Programa de actividades prioritarias PRINCE En su momento (1996/1997), el CES participó en actividades de información, en particular, sobre el euro y con la participación de Miembros del Parlamento Europeo. Si las actividades de este programa de acciones prioritarias continúan, el CES desearía reactivar su participación en PRINCE. 3.2. Redes y enlaces Centros de Información Europea (139), Centros de Información Rural (130) y Foros Urbanos (19): el Comité debería abastecer a estos centros de información de manera sistemática. No basta con limitarse a los contactos con los grandes centros, es necesario también garantizar que se utilizan los enlaces a nivel regional y local. Es decir, las redes no financiadas por la Comisión (bibliotecas públicas, autoridades locales, cámaras de comercio etc.) así como los Centros de Documentación Europea (CDE), la Federación internacional de las Casas de Europa (FIME) y los equipos de conferenciantes de Equipo Europa y Groupeuro. 3.3. El servidor EUROPA El CES está representado en el Comité Editorial Interinstitucional de Internet (Ceiii) y en su sede se han celebrado algunas de sus reuniones. El CES está en contacto directo con EUROPA (intercambios de información sobre una base de reciprocidad, actualización de la información y los enlaces). La evolución de EUROPA, que habrá de conducir a un servidor Europa II y unos conceptos como e-gobernanza o e-Comisión, debería también permitir que el CES participe en este proyecto de futuro, introduciendo -por qué no- el concepto de e-consulta, es decir, una presencia inevitable en la Web del CES Europeo en particular y también, en un sentido más general, de las instituciones consultivas similares. A este respecto, CESlink y AICESIS son unos fundamentos que merecen un verdadero apoyo. 3.4. Europa en Directo Con el fin de hacer frente al aumento del flujo de correo electrónico que se encamina a la dirección informativa del CES (info@esc.eu.int) es preciso crear una estrecha cooperación con Europa en Directo. n efecto, numerosas solicitudes van dirigidas a CES por error cuando su destino final es la Comisión. Por otra parte, este aumento de los contactos por correo electrónico requiere una reacción rápida y adecuada si se quiere respetar el código de conducta (netiquette) en el trámite de las solicitudes por vía electrónica: responsabilización de los servicios proveedores de informaciónes específicas, constitución de equipos de corresponsales que cubran todos los ámbitos y todas las lenguas, incluidas algunas lenguas de Europa Central y Oriental. 3.5. Visitas El CES, que dispone de un equipo de conferenciantes apoyados por algunos de los Consejeros, acoge cada año a aproximadamente 8000 visitantes, que son debidamente informados sobre sus actividades institucionales, su papel en la toma de decisiones comunitarias, etc. Es esencial que los oradores de todas las instituciones emitan el mismo mensaje, consensuado y orientado hacia la cooperación entre las instituciones, en aras de una construcción europea transparente, democrática y sólida, expuesta de forma clara y sencilla. Una información de estos oradores sobre la esencia misma del CES parece a veces necesaria. Nos preguntamos si existe un programa de formación de los conferenciantes. La cooperación con la Comisión y con el Programa de Visitantes de la Unión Europea (PVUE) es no obstante muy buena y merece profundizarse. Bruselas, 29 de noviembre de 2001. El Presidente del Comité Económico y Social Göke Frerichs