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Document 52004AR0299
Opinion of the Committee of the Regions on the ‘Communication from the Commission to the Council, the European Parliament, the European Economic and Social committee and the Committee of the Regions — Flood risk management — Flood prevention, protection and mitigation’
Dictamen del Comité de las Regiones sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Gestión de los riesgos de inundación — Prevención, protección y mitigación de las inundaciones»
Dictamen del Comité de las Regiones sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Gestión de los riesgos de inundación — Prevención, protección y mitigación de las inundaciones»
DO C 164 de 5.7.2005, p. 1–3
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
5.7.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 164/1 |
Dictamen del Comité de las Regiones sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Gestión de los riesgos de inundación — Prevención, protección y mitigación de las inundaciones»
(2005/C 164/01)
EL COMITÉ DE LAS REGIONES,
Vista la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Gestión de los riesgos de inundación — Prevención, protección y mitigación de las inundaciones» (COM(2004) 472 final);
Vista la decisión de la Comisión Europea, de 12 de julio de 2004, de consultarle, de conformidad con el primer párrafo del artículo 265 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea;
Vista la decisión adoptada por su Presidente el 26 de mayo de 2004, de encargar a la Comisión de Desarrollo Sostenible la elaboración de un dictamen sobre este asunto;
Vistas las Conclusiones del Consejo relativas a la gestión de los riesgos de inundación aprobadas el 14 de octubre de 2004;
Visto su Dictamen sobre la «Propuesta de Directiva del Consejo por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas» (COM(1997) 49 final — CDR 171/97 fin (1));
Visto su Dictamen sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones sobre el Sexto Programa de Acción de la Comunidad Europea en materia de Medio Ambiente “Medio ambiente 2010: el futuro está en nuestras manos” — VI Programa de medio ambiente» y la «Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el Programa Comunitario de Acción en materia de Medio Ambiente para 2001-2010» (COM(2001) 31 final — CDR 36/2001 fin (2));
Vista su Resolución sobre las recientes inundaciones de carácter catastrófico que ha sufrido Europa y sobre la creación del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (CDR 294/2002 fin (3));
Visto su Dictamen de iniciativa sobre el tema «Gestión y consecuencias de las catástrofes naturales: cometidos de la política estructural europea» (CDR 104/2003 fin (4));
Visto su Dictamen sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la creación de una agrupación europea de cooperación transfronteriza (AECT)» (COM(2004) 496 final — CDR 62/2004 fin);
Visto su Dictamen sobre la: «Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo: Construir nuestro futuro común — Retos políticos y medios presupuestarios de la Unión ampliada (2007-2013)» (COM(2004) 101 final — CDR 162/2004 fin);
Visto su Dictamen (CDR 299/2004 rev.1) aprobado el 9 de diciembre de 2004 por la Comisión de Desarrollo Sostenible (ponente: Sr. AALDERINK, miembro del Ejecutivo de la Provincia de Gelderland (NL/ADLE));
CONSIDERANDO:
1) |
Que la gestión de los riesgos de inundación es una cuestión importante para las regiones y los municipios europeos. Que muchos entes regionales y locales han de gestionar los riesgos de inundación generados por los ríos o el mar para proteger y preservar la calidad de vida de sus ciudadanos. |
2) |
Que pueden identificarse distintos tipos de inundaciones debido a sus distintas características regionales. Que son necesarias distintas medidas para reducir la probabilidad y el impacto de las inundaciones. Que, por lo tanto, es necesario un planteamiento regional para la gestión de los riesgos de inundación. |
3) |
Que ni los ríos ni el mar respetan las fronteras. Que, por lo tanto, es necesario esforzarse en favor de la cooperación transfronteriza entre los ciudadanos y los administradores en las zonas costeras y en las cuencas hidrográficas. Que es indispensable crear una solidaridad entre los ciudadanos que no estén directamente amenazados por las inundaciones y aquellos que viven en las orillas del mar o de los ríos y que sí lo están. |
ha aprobado, en su 58o Pleno celebrado los días 23 y 24 de febrero de 2005 (sesión del 23 de febrero), el presente Dictamen.
1. Observaciones del Comité de las Regiones
EL COMITÉ DE LAS REGIONES
1.1 |
acoge con satisfacción las características esenciales de la Comunicación de la Comisión y, en particular, el programa de acción concertada para la protección contra las inundaciones. Asimismo, señala que los mares y ríos son sistemas dinámicos que no pueden controlarse con medidas simples o sectoriales; |
1.2 |
observa que las medidas de protección contra las inundaciones en una región pueden afectar a las inundaciones en otras regiones situadas río arriba o río abajo. Por consiguiente, es importante que los efectos de las medidas se determinen para la totalidad de la cuenca hidrográfica. No obstante, este planteamiento no debería conducir a modelos prescritos, planes normalizados o una mayor burocracia, ya que los entes regionales y locales saben que están vinculados en la diversidad, y no en la uniformidad; |
1.3 |
es consciente, sin embargo, de que determinar los efectos de las medidas sobre toda una cuenca hidrográfica exige un número mínimo de indicadores estándar. Estos indicadores ofrecen la posibilidad de afinar y coordinar acciones a nivel internacional, nacional, regional y local. A fin de garantizar la flexibilidad, debería ser posible alterar el número de indicadores estándar en función de las circunstancias; |
1.4 |
señala que debería concienciarse a los ciudadanos sobre la importancia de adoptar medidas preventivas cuando no existe una amenaza perceptible. El compromiso de los ciudadanos es muy importante, ya que estos últimos son los auténticos abanderados del principio de solidaridad. Esto es especialmente importante para aquellos ciudadanos que residen en cuencas hidrográficas no sujetas a peligro grave o potencial de inundación, pero parte de las cuales puedan ser especialmente propensas a crear escorrentías; |
1.5 |
valora positivamente que el Consejo, en su reunión del 14 de octubre de 2004, haya decidido que, en el contexto de las reuniones periódicas de los responsables de la UE en materia de aguas, el programa de acción para la protección contra las inundaciones se elabore en colaboración con otras partes interesadas y relevantes, y hace hincapié en que los entes regionales y locales europeos deberían participar en esta elaboración; |
1.6 |
insta a los entes regionales y locales a que desarrollen planes antes de 2007, y expresa su deseo de participar activamente en los mismos, y que éstos se ajusten por anticipado a las nuevas posibilidades de la UE en materia de financiación, dado que la utilización de la ayuda financiera de la UE significa que es necesaria la participación financiera nacional, regional y local. |
2. Recomendaciones del Comité de las Regiones
EL COMITÉ DE LAS REGIONES
2.1 |
considera que la amenaza de inundación es un problema comunal y que debería abordarse en la totalidad de la cuenca hidrográfica. El objetivo general debería consistir en crear una responsabilidad y una solidaridad comunes en la cuenca hidrográfica para que se tenga en cuenta toda la zona a la hora de estudiar medidas eficaces para combatir la amenaza de inundación en una pequeña parte de la cuenca; |
2.2 |
considera que es fundamental aumentar la sensibilización de todas las partes interesadas en una cuenca hidrográfica y, sin duda, en las zonas situadas río arriba que no son propensas, o lo son en menor medida, a las inundaciones pero que contribuyen por el uso de sus tierras a crear escorrentías, y recomienda que se obligue a todos los entes regionales y locales de una cuenca hidrográfica a participar activamente en el proceso de planificación de las medidas preventivas; |
2.3 |
apoya el planteamiento de considerar a toda la cuenca hidrográfica como un método de trabajo integrado, sin excepciones sectoriales. Este método deberá practicarse a la hora de aplicar el principio de solidaridad, que también apoya; |
2.4 |
considera que el Centro de Control e Información de la Comisión para la Protección Civil podría desempeñar un papel importante junto con la difusión de información a las autoridades nacionales, regionales y locales, y recomienda que el Centro introduzca actividades destinadas a aumentar la sensibilización también entre las partes interesadas, tanto para el público en general como para la industria. A fin de aumentar la solidaridad en toda la cuenca hidrográfica, recomienda que el Centro establezca iniciativas de colaboración para hacer frente a las inundaciones; |
2.5 |
considera que sólo un planteamiento integrado amplio, que incluya varios ámbitos de política, podría tener el efecto deseado a más largo plazo, por lo que sugiere que el programa de acción en materia de protección contra las inundaciones abarque activamente la gama multidisciplinar de políticas relacionadas con el suelo; |
2.6 |
subraya la importancia de la aplicación del principio de solidaridad en una estrategia de tres fases: retención, embalsamiento y drenaje de agua. Un uso de la tierra y un sistema de gestión del agua adecuados pueden reducir las inundaciones en los grandes ríos y, en particular, en los ríos más pequeños. A título de ejemplo, puede utilizarse la capacidad de retención de agua del suelo, de los pequeños sistemas hidrográficos y las pequeñas cuencas, ya que el embalsamiento del agua de lluvia por estos elementos puede reducir las crecidas de los ríos; |
2.7 |
aconseja a la Comisión que establezca las actividades necesarias para reducir el impacto o la probabilidad de inundaciones en un programa de acción que requiera la cooperación de todos los niveles administrativos afectados. El desarrollo de planes de gestión de los riesgos de inundación no debería verse obstaculizado por la actitud evasiva de ningún Estado miembro; |
2.8 |
sugiere que, a la hora de diseñar y poner a punto las medidas de protección contra las inundaciones, deberían utilizarse los métodos de trabajo y los principios de la Directiva Marco del Agua, sin intentar modificar la Directiva; |
2.9 |
considera que a largo plazo el programa de acción para la protección contra las inundaciones debería adaptarse a todas las medidas resultantes de la Directiva Marco del Agua; |
2.10 |
considera positivo un programa de acción para la protección contra las inundaciones con objetivos a corto y largo plazo. A corto plazo, es absolutamente necesario que continúen las iniciativas existentes, en particular las destinadas a la aplicación de medidas estructurales. Los entes regionales y locales deberán esforzarse al máximo por realizar acciones concretas en materia de prevención de las inundaciones anticipándose al programa de acción; |
2.11 |
considera que el éxito del programa de acción en materia de protección contra las inundaciones está estrechamente vinculado a una financiación satisfactoria. Esta opinión se refleja en la propuesta de Perspectivas financieras para el periodo 2007-2013 y en las propuestas relativas al Fondo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión; |
2.12 |
defiende enérgicamente el método propuesto por la Comisión consistente en identificar, difundir y promover las buenas prácticas. A tal fin, es necesario que participen, además de los Estados miembros, los entes regionales y locales y todos los agentes interesados en los diferentes territorios. |
Bruselas, 23 de febrero de 2005.
El Presidente
del Comité de las Regiones
Peter STRAUB
(1) DO C 180 de 11.6.1998, p. 38.
(2) DO C 357 de 14.12.2001, p. 44.
(3) DO C 66, de 19.3.2003, p. 26.
(4) DO C 256 de 24.10.2003, p. 74.