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Document 62008TN0048
Case T-48/08: Action brought on 28 January 2008 — Fusco v OHIM — Fusco International (FUSCOLLECTION)
Asunto T-48/08: Recurso interpuesto el 28 de enero de 2008 — Fusco/OAMI — Fusco International (FUSCOLLECTION)
Asunto T-48/08: Recurso interpuesto el 28 de enero de 2008 — Fusco/OAMI — Fusco International (FUSCOLLECTION)
DO C 92 de 12.4.2008, p. 37–37
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
12.4.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 92/37 |
Recurso interpuesto el 28 de enero de 2008 — Fusco/OAMI — Fusco International (FUSCOLLECTION)
(Asunto T-48/08)
(2008/C 92/74)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: italiano
Partes
Demandante: Vincenzo Fusco (representante: B. Saguatti, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Antonio Fusco International SA Luxemburgo, Sucursal de Lugano (Lugano, Suiza)
Pretensiones de la parte demandante
— |
Que se anule la resolución de la Segunda Sala de Recurso, de 24 de octubre de 2007 y la modifique en el sentido de declarar fundado el recurso interpuesto por la recurrente ante la Sala de Recurso y, consiguientemente, estime la oposición. |
— |
Que se condene a la OAMI y a la eventual parte coadyuvante, Antonio Fusco International SA, al pago de las costas de este procedimiento y del procedimiento ante la Sala de Recurso y ante la División de Oposición. |
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: Antonio Fusco International SA, Luxemburgo, sucursal de Lugano
Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa FUScollection (solicitud no 1.503.366) para productos de las clases 9, 18 y 25
Titular de la marca o del signo invocados en oposición: El demandante
Marca o signo invocados en oposición: Marca comunitaria (no 727.375) e italiana (no 489.262) «ENZO FUSCO» para productos de la clase 25
Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposición
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso
Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 40/94 sobre la marca comunitaria.